Y es que bajo la excusa que dio un reconocido asesor en materia tributaria; o para ser más exactos el actual director de Impuestos, de que Colombia era un país en zozobra hasta hace algunos meses y por eso los grandes tenedores de activos en el exterior no los habían declarado, entonces viene a lanzar un salvavidas asombroso que sin duda beneficia a gran parte de sus otrora clientes.
Si bien el tema central del debate de la ley de financiamiento ha sido el gravar con IVA los productos de la canasta familiar, no es menos preocupante que el proyecto abra de nuevo la puerta, y en forma más generosa, a aquellos que habiendo tenido la oportunidad de someterse a la “justicia tributaria” entre los años 2015 y 2017 no lo hicieron.
En efecto, la ley 1739 de 2014 introdujo el impuesto a la normalización tributaria, bajo el cual, entre otras condiciones, quienes tuvieran activos omitidos o pasivos inexistentes podrían sanear su situación, contribuyendo con una tarifa incremental que iniciaba en el 10% y terminaba para el 2017 en el 13% del valor del bien o del pasivo. Incluso la ley estableció un tipo penal para aquellos cuyos activos omitidos fueran de un valor cercano a los 5000 millones de pesos.
No fue poco el debate que suscitó en su momento cual debía ser el valor de reporte de los activos, el que a su vez serviría de base para las cargas tributarias asociadas al incremento en el patrimonio para los años subsiguientes, como es el cálculo de la renta presuntiva; debate en el que hubo posturas razonables y otras bien creativas. Dentro de estas últimas imperó la tesis de considerar creíble el sanear grandes cifras tomando como referente el valor nominal de una escritura pública de papel otorgada en Panamá, léase 10 000 o 50 000 dólares.
Tan débil fue el argumento de la normalización a valor nominal, que hoy el proyecto de ley de financiamiento en su artículo 45 les permite a esos mismos creativos, que burlando francamente la intención de la norma declararon sus activos por cifras irrisorias, “sanearlos” ajustándolos a valor de mercado.
Tenían la razón quienes afirmaban con ocasión de la pasada “amnistía”
que para qué acogerse en ese momento,
si seguramente vendría otra y mejor
Bien tenían la razón quienes afirmaban con ocasión de la pasada “amnistía” que para qué acogerse en ese momento, si seguramente vendría otra y mejor. Pues sí. Porque además de poder ajustar el valor de sus activos ya declarados, sin sanción, pueden hacerlo a la misma tarifa de quienes se acojan voluntariamente a la normalización como omisos primerizos, y de quienes lo hicieron con ocasión de la anterior ley, esto es, al 13 %.
Sin tener que ser un doctor en finanzas, es evidente el ahorro de pagar el 13 % en el 2019 comparado con haber pagado el 10 % en el 2015, el 11.5 % en el 2016 o el 13 % en el 2017 más los impuestos derivados de haber ajustado los respectivos patrimonios y sus rentas asociadas desde dichos años.
Pero como la feria de beneficios para los más pudientes no puede ser tan pobre, entonces a renglón seguido ahora se les permitiría pagar solo el 50 % del impuesto. Eso sí, la condición es serísima, deben repatriar los recursos con “vocación de permanencia”, concepto que se traduce en que deben dejar las inversiones en el país por dos años. Salta de inmediato a la vista la pregunta, ¿vocación de permanencia de una inversión es monetizar las sumas, invertirlas en una sociedad nacional, cuya tasa efectiva de tributación también baja con el proyecto, para que esta compañía a su vez invierta el mismo valor en un portafolio u otros activos en el exterior?
De otra parte, no hay que pasar por alto la tasa de cambio. Valor de mercado es un término sutil para hacer efectiva una inversión a pesos con un dólar revaluado a una escasa tarifa de tributación del 6.5 %. Y de la mano nos encontramos a los fondos de pensiones y a las entidades comisionistas ofreciendo mecanismos para que dichos movimientos queden por fuera del conocido cuatro por mil.
En los foros especializados se debate la conveniencia o no de conservar este tipo de amnistías disfrazadas de legalidad. Asumamos que desde lo académico e incluso desde lo práctico proceden. Lo que carece de toda presentación es que el diseño normativo del proyecto de amnistía contenga en sí mismo lo que el gobierno quiere controlar, el abuso de las formas tributarias para obtener aminoraciones. Es como si el hasta hace poco asesor tributario ahora convertido en director de impuestos hubiera diseñado a propósito y sin el menor reato, la estrategia de bondades en espiral para sus antiguos clientes.
Mientras tanto se compromete el menú diario de la canasta de los más pobres, bajo la promesa de una devolución de IVA, que como en la mayor parte de temas de esta naturaleza, acabará con un cartel de delincuentes aprovechando la generosidad de las normas y su al parecer intencional vaguedad.
La corrupción también está en las entidades financieras que reciben los dineros de coimas o que idean mecanismos para que sus mayores clientes puedan pasar por encima de cargas como el GMF. No hay mucha diferencia; a escala local, estos incentivos perversos en beneficio de quienes más tienen, son solo un reflejo de las escandalosas cifras que financieros como el Deutche Bank en Europa han ayudado a pasar por años a sus clientes por debajo del radar de la fiscalización.
Lo único que le falta al festín es que la zanahoria quede sin IVA. Los demás, que sigan soportando la indolencia de un embudo del cual al parecer no es posible escapar.