Se aproximan las elecciones territoriales, donde los colombianos elegiremos a los mandatarios locales que regirán los destinos de nuestros departamentos y municipios. Como siempre, la Registraduría Nacional del Estado Civil realiza un proceso minucioso y detallado para garantizar el éxito de estas elecciones.
En el proceso de programación y planeación, basada en la sentencia T-15 del 16 de diciembre de 1996 de la honorable Corte Constitucional y la Ley 1350 del 6 de agosto de 2009, la entidad ha resuelto trasladar sus registradores con el objetivo de “atender de manera eficiente y garantizar transparencia en el proceso electoral".
Estos traslados son convenientes y en muchos casos necesarios debido al tiempo, relaciones familiares y amistades que llegan a tener los registradores en sus respectivos municipios, lo que puede influir en posibles casos de imparcialidad o desconfianza por los diferentes candidatos a los distintos cargos de elección natural.
Por lo anterior, los traslados son un mecanismo de transmitir confianza a los diferentes actores de las próximas elecciones, pero lo preocupante, neurálgico e inaudito es cómo se están realizando, toda vez que en muchos casos los funcionarios son enviados a departamentos, regiones y municipios apartados. Para citar un ejemplo, se trasladó el registrador (a) de Providencia (San Andrés) a Norosí, Bolívar.
Con estos traslados se les está vulnerando a los señores registradores un sinnúmero de derechos laborales, puesto que les son causados perjuicios graves e irremediables de orden personal, familiar, económico y social.
Además, con esta situación los funcionarios ven afectada su unidad familiar, toda vez que deben abandonar a sus familias para trasladarse a sitios lejanos y recónditos, perdiendo su arraigo familiar, lo que les imposibilita el cuidado y el afecto permanente como la guía y orientación que todo padre debe brindar a sus hijos, más en estos momentos donde la sociedad se ha degradado y perdido el norte.
Pero eso no es todo, fuera de causar un daño y detrimento económico al funcionario, puesto que lo obligan asumir otros gastos adicionales (comida, estadía) que no le son reconocidos, la entidad solo les brinda una prima de traslado que representa medio salario percibido, lo que no alcanza a cubrir los costos que deben sufragar por los 5, 6 o 7 meses que dura el traslado.
Somos conscientes de la necesidad de los traslados y estamos de acuerdo con ellos, pero también es cierto que los mismos se deben hacer en su inmensa mayoría entre municipios del mismo departamento, o en su defecto entre departamentos cercanos que garanticen a los funcionarios poder visitar a sus familiar, además de brindarles un mejor apoyo económico para que puedan sufragar sus gastos.
De esta manera estaremos garantizando unas condiciones dignas, adecuadas e idóneas a los funcionarios para que su ámbito laboral, económico, social y familiar no se vea afectado, lo que se vería reflejado en un mal desempeño, perjudicando de sobremanera su labor, afectando con ello que se atienda de manera eficiente y transparente el proceso electoral, razón de ser de sus traslados.