Inicialmente los mensajes con acuerdos de voluntad eran enviados por telégrafo conocidos como telegramas, marconigramas o cablegramas, invento de Samuel Morse a base de señales eléctricas de puntos y rayas transmitida por primera vez el 24 de mayo de 1844 a lo largo de una línea eléctrica de 37 millas entre Baltimore y Boston con el mensaje: "¿Qué nos ha enviado Dios?"
Estos documentos eran de pocas palabras pero concretaban ideas completas, como hoy un Twitter, todos ellos con implicaciones jurídicas y de responsabilidad.
Más adelante, los documentos completos serían enviados por Télex, luego por Fax, usando la red telefónica (TPBC), hasta llegar hoy al correo electrónico y al video, de uso masivo, que hizo necesario expedir leyes de comercio electrónico.
Debido al desarrollo de las nuevas tecnologías, los servicios de Western Union, la compañía de telégrafos dominante en los Estados Unidos desde su fundación en 1856, tuvo que convertirse en 1988 como Western Union Corporation enfocada en el negocio de las transferencias de dinero y servicios conexos.
Estos medios de comunicación y manifestaciones de la voluntad o de la ocurrencia de hechos han sido considerados plena prueba en los negocios, con la misma validez y solidez jurídica que tienen los documentos escritos directos.
Todos los acuerdos de voluntad realizados por cualquier medio electrónico pueden ser sometidos al ARBITRAJE, un método alterno de solución de conflictos, cuya única condición es que las partes acuerden (por una Clausula Compromisoria) someter su disputa a este, que garantiza una solución rápida, eficiente, económica, transparente, por árbitros especializados en las materias objeto de la disputa y donde las partes pueden escoger su juez.
(Este es un aparte de mi conferencia sobre Arbitraje en Telecomunicaciones que dictaré el viernes 23 de julio en la Cámara de Comercio Chapinero 5:00 p.m. 9:00 p.m. Si desea una copia de la presentación favor escribir a [email protected])