Un ‘Estatuto de Oposición’ para acabar con la oposición
Opinión

Un ‘Estatuto de Oposición’ para acabar con la oposición

El estatuto parece haberse tramitado como un requisito para salir del paso, y textualmente para ‘volver trizas’ la oposición

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julio 11, 2018
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Tardó 27 años en salir (lo ordenó la Constitución del 91) y dejó una maraña inviable.

La historia del tratamiento que se ha buscado darle a la oposición ha pasado por tres etapas. En la primera el propósito fue acabar con ella; el gobierno o el poder no contemplaba como lógico que existiera una corriente contraria a lo que él representaba. La vivimos nosotros como ‘la violencia’.

Un avance fue cuando se entendió que era necesario intentar modos de convivencia entre grupos que antes se consideraban excluyentes; en vez de eliminar al adversario la solución fue cooptarlo; nosotros lo conocimos en su forma más extrema cuando a la propuesta de López Pumarejo de acordar un principio de estatuto de oposición acabando con el ‘que tiemblen los porteros’ (porque el que ganaba las elecciones acaparaba todos los puestos), lo remplazó Alberto Lleras por el monopolio del poder compartido entre los dirigentes de los dos partidos con el argumento de que éramos ‘un país aún subdesarrollado para regirnos bajo las reglas de una democracia completa’.

Infortunadamente 20 años bajo ese régimen ‘imprimen carácter’ y los colombianos nos acostumbramos a vivir bajo el principio de buscar consensos -hoy bajo la modalidad del unanimismo-, lo que ha llevado a acabar con la confrontación ideológica y remplazarla por el clientelismo, la mermelada, y eventualmente la promoción de la corrupción.

Virgilio Barco intentó forzar un esquema de gobierno y oposición pero no logró vender esa idea, y el poquito éxito que pudo tener le costó que lo vieran como un ser extraño y perdido porque no respondía a las reglas con las que los otros (principalmente los medios) jugaban.

Y terminamos en que el Estatuto ordenado desde 1991, el cual no se había considerado necesario para nuestro sistema político, acabó siendo forzado por los pactos con la guerrilla, convirtiéndose en una especie de triunfo de ella lo que es simplemente el cumplimiento de los deberes que fija la Constitución (en realidad prácticamente todo lo acordado en La Habana exceptuando la Justicia Especial Transitoria son solo obligaciones del Estado).

El punto es que el resultante parece haberse tramitado como un requisito para salir del paso, produciendo un código del cual bien podría repetirse que solo podría aplicarse entre ángeles.

Se habla principalmente de los cupos para los candidatos perdedores cuando esto es lo de menos peso.

Se olvidó que entre nosotros la oposición nunca ha sido contemplada con el propósito de presentarse como alternativa, como una función constructiva, sino, según de que lado del poder esté cada uno, simplemente como un obstáculo y un elemento negativo o como un camino para extraer prebendas. En eso se insertaría la novedad de la ‘oposición en las calles’ de Petro, a la cual solo Dios sabe como se aplicaría este Estatuto.

Porque la oposición tiene que tener una coherencia que la caracterice como el posible remplazo de un gobierno. ¿Cómo será que se define quién la lidera entre quienes comparten esa función? ¿Entre 5 o 6 grupos con diferentes propuestas como se acoge cuál prevalece? ¿En un caso como el actual en que todos los partidos están divididos y se reconoce el derecho a disentir, cómo se define el tratamiento a darle a quienes no aceptan clasificarse así? ¿Comó funcionarán las coaliciones de múltiples movimientos?

Será un rompecabezas la división a cada nivel entre los beneficios que se otorgan a los grupos, desde la financiación entre sectores de representatividad completamente diferente hasta los derechos de uso de los medios de comunicación.

 

El llamado ‘día de la oposición’ parece una broma:
consiste en que el ‘orden del día’ lo establecen los grupos de oposición
‘según sus prioridades y de común de acuerdo entre ellos’,

 

Puntos como el de Equidad de Género, donde se declara como principio absoluto y universal que el ejercicio de los derechos se compartirán de manera paritaria entre hombres y mujeres es claro que será incontrolable, o peor aún, motivo de controversias y debates infinitos. Basta imaginar que cada uno de los diferentes grupos de oposición e independientes, a todos los niveles tendría que organizarse de forma que por cada hombre que interviniera o participara lo hiciera también una mujer (o la inversa).

Nada bueno presagia que todo el poder se delega en la ‘Autoridad Electoral’, es decir en el Consejo Nacional Electoral, que es probablemente el órgano oficial más desprestigiado y más cuestionado.

El llamado ‘día de la oposición’ parece una broma: consiste en que el ‘orden del día’ lo establecen los grupos de oposición ‘según sus prioridades y de común de acuerdo entre ellos’, pero funcionará bajo las mismas reglas que cualquier día ordinario.

Qué decir de quienes se declaren ‘independientes’ que, como parias, lo único que quedó reglamentado es su exclusión de cualquier posibilidad de acceder a cargos públicos.

Oposición para ejercer la critica se puede bajo las libertades contempladas en nuestra normatividad (de opinión, de expresión, etc). Pero lo que se montó con la multiplicidad de personerías a grupos y movimientos de oposición e independientes que pueden tener esos derechos solo puede convertirse en una Torre de Babel.

Se puede decir que textualmente es un reglamento para ‘volver trizas’ la oposición.

 

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