Elkin Elpidio Agudelo no olvidará la madrugada del 5 de mayo de 1996 cuando un miliciano con un revólver le apuntó en su cabeza, diciéndole que debía abandonar su vivienda con su grupo familiar de cinco personas, en ese mismo instante, y bajo la lluvia a las 3:45 a.m., en el barrio la Divisa de la comuna trece (San Javier).
Doce años estuvieron rodando por todos lados, e incluso un tiempo Elkin tuvo que vivir y trabajar en Villavicencio. En unas partes les ayudaban y en otras no, se desintegró el grupo familiar y hasta tuvieron que dormir en la calle.
Cuando regresó a su vivienda en el año 2009 le llegaron las cuentas de los servicios de todos estos años y los impuestos por todo el periodo en que padeció el desplazamiento forzado.
“Cuando yo empecé a voltear para que me entregaran la casa, yo no quería volver a la vivienda y me dijeron que no me podían reubicar en ningún lado (la Administración Municipal), que tenía que ser ahí. Entonces viendo mi situación económica para pagar arriendo me tocó recurrir de nuevo a la casa. Y ahora que estoy bregando a tener mi casa limpia me resultan todas estas cuentas de impuesto predial y lo de los servicios”, relató Agudelo.
Elkin Agudelo le presentó a la Secretaría de Hacienda del Municipio de Medellín una solicitud de exoneración de pago de impuestos desde el día que fue desplazado en 1996 hasta el año 2008 en que volvió a ocupar su bien.
Sin embargo, esta fue la respuesta de la secretaría de Hacienda: “No existe en la actualidad en nuestro territorio municipal, normatividad alguna que contemple la figura de la condonación de los valores adeudados por el pago del impuesto predial unificado, incluso desde la misma Constitución Política Colombiana, en su artículo 294 prohíbe lo solicitado por usted”.
“La Secretaría de Hacienda es inoperante y no conoce bien las normas de las que tiene derecho la población víctima del conflicto armado, porque el artículo 121 de la ley 1448 de 2011 dice que la persona que es desplazada incluida en el Registro Único de Víctimas (como está Elkin Agudelo) ya sea a nivel municipal o nacional tienen las autoridades el deber de exonerarlos del pago de impuestos”, aseguró Orlando Giraldo, quien ha venido asesorando a Agudelo.
El día 26 de julio de 2017 mediante una acción de tutela que falló a favor de Elkin Agudelo del Juzgado Diecisiete Civil Municipal, le ordenó a la Secretaría de Hacienda abstenerse de cobrar impuestos a Elkin Agudelo desde que fue desplazado hasta que cesó la condición de desplazamiento. Pero debe pagar desde el 2009 hasta el día hoy que volvió a habitar su vivienda y aunque no tenga empleo y recurra a la informalidad con trabajos de albañilería, aún tiene una deuda de once millones de pesos que espera llegar a un acuerdo de pago con el municipio de Medellín para que no le embarguen su vivienda.