Triunfo de Galán sobre el presidente de la Fedemunicipios que no logró quedarse con el 10% de las multas

Triunfo de Galán sobre el presidente de la Fedemunicipios que no logró quedarse con el 10% de las multas

Gilberto Toro Giraldo, con 20 años como director, pretendía llevarse una buena tajada de recursos y ahora tendrá que darle la mala noticia a sus afiliados

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septiembre 11, 2024
Triunfo de Galán sobre el presidente de la Fedemunicipios que no logró quedarse con el 10% de las multas

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó las pretensiones a la Federación de Municipios, que buscaba que el Distrito de Bogotá les entregara el 10% del recaudo de las multas y comparendos que se habían recogido en la ciudad desde 2002 hasta 2017 y con intereses, cifra que llegaba hasta los $360 mil millones. Todo como parte de un pleito legal que mantenían desde hace una década.

En la demanda, la Federación de Municipios manifestó que cuando se implementó el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit) en todo el territorio Nacional se acordó en el artículo 10 de la Ley 769 de 2002 que ellos recibirían la décima parte de lo recaudado por los entes territoriales donde funcionara el acuerdo. Asimismo, se indicaba que Bogotá no había justificado legalmente la no transferencia del 10% de los recursos, ni lo que ha hecho con ellos.

Sin embargo, la defensa del Distrito conjuntamente entre la Secretaría de Hacienda, Movilidad y la secretaría General, logró demostrar que las multas y sanciones de tránsito que los municipios recaudan directamente como es el caso de Bogotá, no pueden ser objeto de un gravamen por parte de la federación de Municipios, teniendo en cuenta que ellos no están prestando ningún servicio.

Cabe anotar qué según el Tribunal el periodo comprendido entre 2002 al 25 de agosto de 2015 fue en el que Simit prestó sus servicios a Bogotá y dejó claro que allí operó la caducidad, por lo que ya habría pasado el tiempo que otorga la Ley para la reclamación judicial de la reparación, en tal sentido, sentenció que no se probó el daño antijurídico teniendo en cuenta que la Alcaldía de Bogotá ha venido recaudando los recursos sin la ayuda ni la cooperación del sistema.

La decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca favoreció a Bogotá, que desde hacía varios años había iniciado un proceso judicial para demostrarle a la Federación que no está obligada a transferirles recursos producto de las multas e infracciones de tránsito que se recaudan de forma directa, con lo cual se ahorró una cantidad importante para las arcas del Distrito.

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