Es un hecho de la mayor importancia el que la Corte Constitucional haya quedado empatada en la discusión sobre la constitucionalidad de un tratado de libre comercio. No había ocurrido con los otros TLC, que fueron aprobados casi unánimemente; pero el de Corea es un punto de quiebre en la defensa de los intereses nacionales. En efecto, este acuerdo ya se había hundido en la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes en junio de 2014, pero el gobierno de Santos lo hizo votar a “pupitrazo” en diciembre del mismo año.
Cuando pasó a revisión de constitucionalidad, se radicaron en la Corte al menos seis conceptos que prueban la afectación a los intereses nacionales que se desprenden de este tipo de acuerdos. Entre ellos está la violación del artículo 333 de la Constitución Política de Colombia, que establece el modelo de competencia en la economía, basado en la interacción entre oferta y demanda; y el 334 que encarga al Estado de la dirección económica, es decir, de velar por su estabilidad.
Pero en los TLC se desconoció la importancia de la capacidad de ofrecer mercancías producidas en Colombia, con la idea engañosa de que comprarlas en otros países beneficia a los consumidores. Así se desprende de la forma deliberada como los gobiernos de Uribe y Santos ignoraron en las negociaciones de los acuerdos las amplias asimetrías entre la economía colombiana y la de países desarrollados como Estados Unidos, la Unión Europea, Canadá y Corea del Sur. También del discurso de la ministra Cecilia Álvarez, al afirmar que el acuerdo con Corea permitirá a los colombianos que quieran tener celulares Samsung “comprarlos con aranceles cero”, aunque ella sepa que un trabajador de alguna de las cientos de fábricas cerradas en el país pierde su capacidad de compra.
Realizar un negocio para la nación en donde la defensa del consumidor ocurre sobre la base de la ruina del productor, carece de sustento jurídico y rompe el equilibrio necesario en la economía. Además viola el artículo 2 de la Constitución que confiere al Gobierno Nacional la responsabilidad de “promover la prosperidad nacional”. Al someter la producción a una competencia imposible de ganar, también viola el artículo 58 de la Constitución, porque desconoce y vulnera la propiedad privada, lo que en la práctica es una expropiación de los derechos económicos.
La insistencia del Presidente Santos y la Ministra Álvarez en aprobar el TLC con Corea nada tiene que ver con la defensa del bolsillo de los colombianos, sino con favorecer a reconocidos importadores de vehículos que financiaron las campañas presidenciales. Por fortuna, el empate 4 a 4 en la votación por constitucionalidad de este acuerdo, parece indicar un debate a fondo en la Corte sobre la inconveniencia de esa forma de relacionarse con el mundo.
Coletilla: La cacería en contra de los productores nacionales parece ensañarse con más fuerza en el Valle del Cauca. La nueva víctima es Andina de Herramientas, que se suma a las desmanteladas fábricas de Cadbury Adams, Gillette, Facome, Eveready, Bayer, Goodyear, Jabón Varela, Kraft, Wyeth, Quaker, BDF, Disa, entre muchas otras. ¿Será que el presidente Santos y la ministra Álvarez se atreven a dar una charla de motivación personal en los semáforos de Cali atiborrados de rebuscadores?
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