Todo parece indicar que los esposos Janeth Guzmán y Pedro Vásquez habían discutido y no se hablaban. Caía la tarde helada del domingo 28 de febrero de 1993 en Bogotá y la pequeña Sandra Catalina Vásquez Guzmán le había insistido a su mamá para que la llevara a saludar a su papá. Pedro era policía y al parecer se encontraba de servicio en la estación tercera de Germanía. La niña de nueve años se había puesto su mejor vestido, pidió que le hicieran un par de trenzas porque quería pasar a abrazar y darle un beso a su progenitor. Paradas frente a la estación, Janeth le dijo a su hija que la esperaría en la tienda del frente, mientras la pequeña estaba un rato con el papá.
Transcurrida más de media hora, a Janeth le empezó a extrañar que su hija no hubiera salido en todo ese largo tiempo. Eran épocas en las que no había celular y aquella joven madre no tenía la disposición de ir a buscar a su hija porque se encontraría con su esposo. Estaban de pelea. Pero minutos más tarde y sin razón de lo que estaba pasando, a Janeth le entró el mal palpito, así que atravesó la calle, entró a la estación, pero en el lugar no estaba ni su hija ni su esposo. Desesperada la madre comenzó a llamar por su nombre a Sandra y a Pedro. Nadie contestó. Con un acelere apabullante inició la búsqueda y se le atravesó una escena que para su mala dicha, jamás se le olvidará: en el baño de la estación encontró a su pequeña en estado preagónico, tenía un cordón en el cuello y un hilo de sangre le recorría sus delgadas piernitas.
De inmediato salió gritando por ayuda. Personas difíciles de recordar las socorrieron y las llevaron al centro de salud más cercano; pero ya era muy tarde, la pequeña Sandra en el camino falleció. Ante los hechos, las autoridades no se demoraron en encontrar al padre de la niña a quien apresaron al instante acusado de acceso carnal abusivo y homicidio en primer grado. Desde que le pusieron las esposas el hombre no paró de llorar y de decir que él no había sido, que él jamás hubiera hecho algo parecido, que él no estaba en la estación, que como carajos se les ocurría. Lloraba y se daba golpes como un loco sin remedio.
En la cárcel, Pedro decía lo mismo, pero era imposible creerle. Entonces comenzó el juicio. El policía comenzó a aportar pruebas y pruebas que trataban de demostrar que él no había estado en el lugar de los hechos. Que de estarlo: “Habría matado con sevicia al hijo de puta que le puso las manos encima a la niña”. Pero quién le iba a creer. Los argumentos fueron pareciendo más verídicos, los acusadores no los podían echar abajo y la delación iba perdiendo fuerza. Pasaron apenas cuatro meses para que el 11 de junio de 1993 la Fiscalía determinara que ante la falta de pruebas, el agente Pedro Vásquez debía quedar en libertad de inmediato. En las siguientes audiencias de aquel proceso, delante de sus familiares, en las citas con el psicólogo y con el psiquiatra, Vásquez lloraba y seguía sosteniendo lo mismo: “Yo no violé ni maté a mi hija, ¡créanme por favor!”.
Los investigadores siguieron su trabajo, pero no encontraron ni un pelo en el expediente para culpar al papá de la niña. Tras dos años de ires y venires, de hipótesis y teorías, de acusaciones y llantos, en octubre de 1994 la Fiscalía 31 debió ordenar la preclusión del caso. El agente Pedro Vásquez quedó absuelto de todo delito. Ipso facto, la defensa de Vásquez puso una demanda administrativa a la Nación por los daños y perjuicios cometidos en su contra y contra su hija. Sin embargo, la historia tomó un giro inesperado. Con ese piano de culpas encima. Esas penas que no lo dejaban dormir, ni caminar tranquilo, ni mucho menos respirar, en octubre de 1995 a la Fiscalía se presentaría “el hijo de puta”. El culpable. Vásquez siempre había dicho la verdad. Él no había sido el bastardo que violó y mató a la pequeña Sandra. El criminal había sido un colega suyo: el agente de policía Fernando Valencia Blandón. Ante la inefable confesión se hicieron las pruebas de ADN y el 13 de mayo de 1996 el Juzgado Cincuenta condenó a 45 años de cárcel al verdadero homicida, decisión que confirmó la sala penal del Tribunal Superior de Bogotá ese mismo año.
El luto y dolor habían seguido durante esos tres años para Janeth Guzmán y su familia, pero tras descubrir al verdadero asesino sintieron un alivio, aunque no el perdón. Teniendo en cuenta que desde febrero de 1993 hasta mayo de 1996 no hubo culpable alguno, la madre no tuvo poder legal para demandar a la Nación de un hecho que había ocurrido dentro de instalaciones policiales y como si fuera poco por un funcionario público. Aconsejada por sus más cercanos, en agosto de 1997 Janeth instauró una demanda de reparación directa contra la Nación para que le respondieran por la muerte de su niña.
Desde 1997 empezó otro karma para la madre quién comenzó un litigio que duró cerca de dos décadas. Por el contrario, el Estado no se demoró en indemnizar al papá de la niña, el agente Pedro Vásquez, por los perjuicios morales que se desencadenaron con la violación y asesinato de la pequeña Sandra. Entonces inició el debate jurídico.
Tuvieron que pasar casi dos décadas en las cuales peleó en todas las instancias. El 16 de mayo del año 2012, Janeth radicó una Tutela en la Corte Constitucional quien entró en juego. El magistrado Alberto Rojas Ríos, advirtió que se tenía que indemnizar a la familia porque el delito, el brutal crimen, se había consumado en la fecha que el asesino había confesado y a partir de esa fecha se debía empezar a contar la caducidad del caso.
De hecho la familia de Janeth pensó que el violador y asesino había sido el padre de la niña, porque aunque estaban casados, la relación venía muy mal y quizá pensaron que el hombre había tenido un momento de locura. No realizaron la demanda en aquella época porque no había un culpable. Fue un alivio para ellos saber que el agente Vásquez no tuvo nada que ver con la muerte de su propia hija. La Corte Constitucional acaba de ordenar que se repare de inmediato a la familia; una indemnización que no les devolverá a la pequeña Sandra quien hoy tendría 31 años, pero quien quizá pueda ver, desde donde esté, que por fin se hizo justicia en Colombia. Esta decisión crea jurisprudencia en todos los casos similares donde no se había podido determinar con exactitud quienes eran los victimarios de hechos tan atroces como la violación y crimen de la pequeña Sandra.
Referencia: Expediente T-3.795.843
Por: @PachoEscobar