Sobre la crisis del modelo de protección en Colombia

Sobre la crisis del modelo de protección en Colombia

Aunque la voluntad política del presidente configura una oportunidad de oro para repensar el tema, eso no genera automáticamente la voluntad política de un Estado

Por: Betty Pedraza López
julio 26, 2023
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Sobre la crisis del modelo de protección en Colombia

Desde finales del año 2022, se iniciaron reflexiones en torno a los necesarios cambios y ajustes que requieren los programas de protección estatal para los Defensores de Derechos Humanos y líderes sociales.

El pasado 13 y 14 de julio también se realizó el Foro “¿Como protege el Estado a las personas defensoras de derechos humanos en Colombia?”, convocado por las plataformas nacionales de Derechos Humanos. Allí se escucharon las voces de alrededor de 35 organizaciones sociales que finalmente produjeron un llamamiento público en el que se precisa el sentido general de los cambios que se requieren y desean[1].

Es importante empezar precisando que lo que está en crisis es la protección de los Defensores de Derechos Humanos y líderes sociales, pues la protección de los servidores y exservidores públicos parecen enfrentar dificultades mayoritariamente de tipo operativo. Algunos de los temas de preocupación mencionados han sido los viáticos de sus escoltas, la no prestación del servicio cuando el funcionario se traslada de ciudad y el número o tipo de vehículos.

En cambio, las y los Defensores de Derechos Humanos y los y las lideresas sociales, mayoritariamente rurales, enfrentan las preocupantes cifras de ataques contra ellos y ellas, sus organizaciones y comunidades y, el más grave de todos, su asesinato, de manera sostenida en el tiempo e incluso con críticos aumentos, por lo menos durante los dos últimos años.

En Colombia la oferta estatal en protección está centrada en los programas de protección individual y colectiva, operados por la Unidad Nacional de Protección-UNP- y bajo la dirección del Ministerio del Interior y de Justicia. Solo para el año en curso, el presupuesto de esta entidad es de 1 billón 644 mil millones de pesos aproximadamente, sin embargo, cifras de Codhes (2022), nos permiten presentar la siguiente radiografía sobre la situación de las y los defensores y líderes y lideresas sociales:

  • “el 37,3 % de los municipios donde ocurrieron homicidios de defensores de DD. HH. no registran beneficiarios de la UNP”
  • “El 72 % de los líderes que cuentan con medidas de protección individual de la UNP están ubicados en ciudades y aglomeraciones urbanas cuando las “agresiones se concentran en municipios catalogados como zona rural o zona rural dispersa””.
  • En las “zonas dispersas de alto riesgo hay apenas un 7 % de beneficiarios. “Resulta evidente que los esfuerzos de protección no llegan a los lugares donde es más necesaria la intervención del Estado”.
  • Reciben protección en razón del cargo 10% de las personas, pero concentran el 12% de los esquemas duros y el 30% de los vehículos blindados.
  • En el 35 % de los casos (de homicidio de líderes) el Sistema de Alertas Tempranas (SAT) no tuvo la capacidad de identificar ni advertir el riesgo.
  • Entre 2016 y 2018, la Ciprat[2] dio seguimiento a un porcentaje menor al 18 % de las alertas (tempranas). “Si el Estado no resuelve temas de carácter estructural, pensar en garantías para las personas defensoras de derechos humanos va a ser imposible”
  • “Las políticas públicas se han enfocado en lo ‘fácil’ del problema, que es proteger, pero ese enfoque está colapsado porque otorgar un carro blindado o un chaleco antibalas no hace que el riesgo desaparezca, solo lo mitiga.

Complementan el panorama otras voces:

  • La protección ha avanzado de manera permanente pero la prevención se ha estancado. (Lourdes Castro Programa Somos Defensores, 2023)
  • 77% de los ataques contra los DDHH, son responsabilidad de los grupos armados” (Human Rights Watch, 2023), lo cual antes que eximir al Estado de responsabilidad, habla de la urgencia de contrarrestar y resolver los problemas estructurales que generan los riesgos.
  • En un contexto donde los riesgos se multiplican, la demanda de protección crece. “La UNP recibe entre 50.000 y 60.000 solicitudes al año y responde 8.500” (Alirio Uribe- Representante a la Cámara, 2023).
  • Los y las defensoras de Derechos Humanos, nacen como resultado de las violaciones de derechos, por tanto, a mayores violaciones de derechos, mayor cantidad de defensores surgirán y viceversa. (Pensamiento y Acción Social – PAS, 2018).
  • Este modelo de protección a largo plazo es presupuestalmente insostenible (Fernando Carrillo –Exprocurador General de la Nación, 2020).
  • Este modelo de protección individual, material y militarista elimina al defensor, ya que, si bien ocasionalmente puede salvarle la vida, le impone un conjunto de restricciones que finalmente desestimulan en el protegido el ejercicio de esta labor. (Pensamiento y Acción Socia - PAS, 2018)

Mientras para algunas voces faltan evaluaciones sobre la eficacia del modelo de protección de la UNP, para otros pareciera ya haber suficiente ilustración y se demanda ahora pasar a la acción ya que la ventana de oportunidad es breve.

En materia de las propuestas que se presentan hoy para corregir y/o prevenir estas dificultades, se han escuchado opciones como cerrar la UNP, o hacer de la protección colectiva el eje central, convirtiendo la protección individual en un complemento. Afirmaciones en caliente que dejan ver que la complejidad del tema amerita más que un foro, un proceso de juiciosa y rigurosa consulta y revisión, que asegure una participación ciudadana, además de la representación de las plataformas de Derechos Humanos que tienen asiento en esta discusión, por derecho propio, ganado en más de tres décadas de defensa de derechos en Colombia.

También resulta necesario beber de los valiosos aportes ya hechos sobre la materia bien  conocidos, como “Garantías de papel”, donde Codhes aporta tanto un diagnóstico como propuestas de reorientación de la protección hacia la oferta y varios ajustes institucionales; así mismo el juicioso trabajo de Carlos Medina Gallego que en su compilación “La Seguridad Humana en el Contexto de la Paz total”, nos reta a encuadrar cualquier nuevo paradigma de protección, en el nuevo marco de la seguridad humana, mostrándonos la magnitud del desafío.

No menos importante resulta, acudir a la experiencia vivida por las comunidades que han puesto sus esfuerzos en la construcción de Rutas o Programas propios de protección y autoprotección, muchas de ellas con éxitos meritorios, algunas de las cuales, ya documentadas, han pedido insistentemente al Estado ser escuchadas, sin que hasta ahora lo hayan logrado.

Una aproximación a algunas de estas experiencias deja ver que su noción, comprensión o definición de protección, dista mucho de la definida técnicamente por la Corte Constitucional y por la CIDH. Mientras para estas instituciones la protección busca preservar tres derechos fundamentales -la vida, la integridad y la libertad, que por definición son derechos individuales que cobijan a toda persona colombiana, por el mero hecho de existir, para las comunidades campesinas, indígenas y afro, el objeto a proteger, en primer lugar, y en el contexto colombiano actual, es el derecho a existir como comunidades y como pueblos étnicos en sus territorios.

La protección de este derecho implica, para estos grupos poblacionales, el respeto a los territorios que históricamente han ocupado y al derecho de permanecer en él, así como a preservar su ambiente, además, para el caso de los pueblos étnicos, el derecho a preservar su cultura y sus propios sistemas de justicia y de protección. La naturaleza de los sujetos, los derechos y asuntos a proteger, implica, en esta noción, la unidad de pensamiento y acción entre la prevención y la protección, acorde con enfoque de Seguridad Humana, hoy en boga

Está claro también que no es solamente cambiando las normas relacionadas con la oferta estatal como se logrará una mejor o más eficaz protección de los defensores y líderes sociales; el desafío está en lograr respuestas de Estado y no solo de gobierno o de instituciones que operan con lógicas sectoriales; a las que solo les resulta posible realizar aquello que expresamente encaja en sus competencias, funciones y presupuestos, con lo cual todo asunto integral que busque su concreción territorial, se escapa; tal y como lo enseñó la experiencia de las medidas cautelares a favor del Consejo Comunitario de Renacer Negro en Timbiquí, Cauca.

Si bien la voluntad política del presidente de hoy y de su gobierno, configura una oportunidad de oro para repensar el tema, ya hemos aprendido que ello no genera automáticamente la voluntad política de un Estado, ni la de un sector de la sociedad, que, en un porcentaje importante, continúa validando las acciones de fuerza como las más efectivas, las únicas posibles o más pertinentes.

Sin duda estamos llamados a un cambio de paradigma, centrado en una prevención que atienda los factores de riesgo y, que, en materia de protección, dialogue con las comunidades y sus organizaciones y aprenda de aquellas que han sobrevivido a más de 50 años de conflicto armado interno y le siguen apostando a contar con el apoyo del Estado para seguir haciéndolo.

[1] Llamamiento de organizaciones de la sociedad civil sobre el modelo de protección en Colombia. Julio de 2023

[2] Comisión Intersectorial para la Respuesta Rápida a las Alertas Tempranas.

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