La declaración de renta es una obligación para todas las personas naturales que mantienen residencia fiscal en Colombia, es decir aquellas que permanecen en el país por 183 días o más durante el año calendario. Además de este requisito temporal, también deben cumplir con los umbrales económicos establecidos por la ley, que determinan quiénes están obligados a presentar la declaración en función de sus ingresos, patrimonio y otras variables financieras.
Para el año 2023, los topes de declaración determinados en función de las Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir la medida de valor creada por el Gobierno de Colombia y calculada anualmente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN con el fin de simplificar los cálculos y obligaciones tributarias, están valorizados en $42,412 y para este año 2024 se incrementó en $47,065.
Según Alexander Hernández Fuentes, experto en consultoría financiera corporativa, “los umbrales establecidos para el patrimonio corresponden a 4,500 UVT, que equivalen a $190.854.000, y para ingresos brutos, compras con tarjeta de crédito, consumos y consignaciones bancarias de 1,400 UVT, o $59.376.800. Al alcanzar o superar estos montos, es necesario presentar la declaración de renta”.
En cuanto al tiempo límite para realizar la declaración es con vencimientos que van del 12 de agosto al 24 de octubre de 2024, y es según el último dígito de la cédula del contribuyente o NIT, “en primer lugar se debe verificar si se tiene o no que declarar renta, para ello tenga presente que declarar no implica necesariamente pagar; y en el caso de tener que cumplir con la declaración, consulte en el calendario tributario publicado en el sitio web de la Dian para no exceder el tiempo permitido”, explica Hernández. Aquí se presentan las fechas correspondientes para las personas naturales.
Para quienes deban realizar la declaración, se requieren diversos documentos; para el patrimonio, se deben presentar certificados de saldos de cuentas bancarias, inversiones, escrituras de bienes inmuebles, documentos de adquisición de vehículos, entre otros. En cuanto a ingresos laborales, se necesita el certificado de ingresos y retenciones, certificados de salarios, honorarios y dividendos, estos documentos son emitidos por la entidad que realizó el pago. Las deducciones permitidas incluyen certificados de pagos de salud prepagada, educación, intereses de préstamos para vivienda y donaciones, con un límite del 35 % de los ingresos. Además, es crucial contar con el RUT actualizado.
Ahora bien, Hernández aclara que “si debe pagar impuesto de renta recuerde que para calcularlo se tiene en cuenta la renta líquida gravable, que se calcula depurando los ingresos brutos (esto incluye salarios, honorarios, ingresos por alquileres y cualquier otro tipo de ingreso) al restar devoluciones, costos y deducciones, y sobre este resultado se aplican las tarifas del impuesto de renta”.
La importancia de presentar la declaración de renta según el experto, radica en que constituye una de las principales fuentes de recaudo para financiar servicios públicos y el desarrollo del país, por ello las sanciones en caso de no presentarla a tiempo incluyen una multa por extemporaneidad de hasta el 5 % del impuesto a cargo, sin exceder el 100 % del impuesto, y una multa del 20 % de los ingresos o consignaciones totales en caso de omisión.
Finalmente, uno de los cambios más importantes para este año, es que se ha reducido el porcentaje de deducciones permitidas. “Anteriormente, los contribuyentes podían deducirse hasta el 40 % o 5,040 UVT, mientras que para este año la reducción se limita a 1,340 UVT; no obstante, se mantiene el límite del 25 % para deducir rentas exentas, cesantías e indemnizaciones, sin superar los 790 UVT. Estos cambios implican un incremento en los impuestos a pagar para muchos contribuyentes” puntualiza Hernández.