No importa si se es creyente, agnóstico o ateo. A todos nos llega la muerte aunque no sepamos cuándo, cómo ni dónde. Como dice el actor británico Anthony Hopkins, “de ésta no salimos vivos”. Podemos morirnos de repente, de un paro cardíaco o en un accidente. Hay mil maneras.
También podemos, porque así es la lotería de la vida, quedar atrapados en una enfermedad degenerativa o en un cáncer que gradualmente mina nuestras facultades físicas y mentales, nuestras capacidades de valernos por nosotros mismos, quitándonos la posibilidad de vivir dignamente. De ahí las batallas que muchos han librado por el derecho a la vida digna... y también a una muerte digna.
Aún antes de la película canadiense Las invasiones bárbaras, en el 2003, en la que un hombre que sufre de un cáncer mortal convoca a una rumba a sus parientes cercanos, examantes y amigos y que concluye con la muerte asistida del protagonista, en Colombia la Corte Constitucional, en el 97, dejaba claro el asunto: el derecho a la vida no se puede traducir en la mera subsistencia biológica. Si el estado protege la vida, decía la Corte, debe hacerlo reconociendo la dignidad de las personas, su autonomía y la facultad para tomar decisiones cuando se padece de intenso sufrimiento. La novedad de la CC, en 2021, ha consistido en que el derecho a la muerte asistida no se circunscribe a las enfermedades terminales; incluye las incurables, aquellas en las que podríamos subsistir biológicamente durante años pero que nos impiden llevar una vida digna en medio de intenso dolor.
(Otras películas que recuerdo fueron la de Mi vida es mía, del 81, con Richard Dreyfuss, cuyo personaje, después de arduas peleas, obtiene el derecho a morir y de quien se enamora la médica que lo atiende en el hospital, y una más reciente, MarAdentro, del 2004, con Javier Bardem, que gira alrededor de la lucha por el derecho a la muerte digna).
La batalla por tal derecho ha sido también el caso de la señora Martha Sepúlveda, afectada por una enfermedad degenerativa (ELA, esclerosis lateral amiotrófica) y a quien, como supo toda Colombia, le iba a ser aplicado el procedimiento de muerte asistida ayer 10 de octubre a las 7:30 a. m. y que finalmente, la entidad médica (Instituto Colombiano del Dolor) suspendió. Doña Martha y su hijo, con certeza, seguirán insistiendo y, quizás, como en el caso del padre del caricaturista Matador en el 2015, puedan vencer más adelante.
Como a cualquiera nos puede ocurrir, hay que aprender un par de cosas de este caso si se desea salir airoso.
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En primer lugar, no deben concederse entrevistas durante el proceso, excepto que sean publicadas de forma póstuma
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En primer lugar, no deben concederse entrevistas durante el proceso, excepto que sean publicadas de forma póstuma. Aunque el reportaje realizado por el periodista Juan David Laverde (Caracol) a la señora Sepúlveda hace unos días fue extraordinario por poner un tema tabú sobre la mesa a través de su ejemplo, que se volvió viral en las redes, también fue la oportunidad para que los enemigos del derecho a la muerte digna enfilaran sus baterías en contra de los medios y, por supuesto, de la decisión de la señora. La forma sencilla de referirse a su caso, su reconocimiento a la vida y a la muerte dignas, fueron, para algunos sectores, una provocación. Reacción a nombre de Dios, por supuesto, en este país en el que mueren asesinados líderes sociales, ambientales y exguerrilleros que suscribieron el Acuerdo de Paz a diario y en el que las muertes por limpieza social y las resultantes de atracos callejeros ocurren sin que muchos creyentes se pellizquen.
Segundo, algo más difícil, hay que procurar saber si las entidades y los profesionales vinculados a ellas que, eventualmente, aplicarán el procedimiento de la muerte asistida, son entes e individuos para quienes la ley está por encima de sus creencias religiosas… o al revés. (Es extraño el cambio de opinión en 180 grados de los profesionales de la entidad a cargo del caso de la señora Sepúlveda, que habían dado luz verde pocos días antes).
Es cierto: hay casos notables de personas que, pese a situaciones de discapacidad permanente, encuentran la manera de ser productivos, de llevar una vida social y laboral destacadas. Los juegos paralímpicos de Tokyo son una muestra de las inmensas posibilidades de superación que existen.
Aquí, sin embargo, me refiero a otro ámbito: el de enfermedades progresivas que anulan las posibilidades físicas y, eventualmente también sicológicas, de llevar una vida digna. En tales casos, como lo afirma la CC, tenemos el derecho a decidirnos, de forma voluntaria, por una muerte asistida.