“Nadie está obligado a cooperar en su propia pérdida ni en su propia esclavitud. La desobediencia civil es un derecho imprescriptible de todo ciudadano” (M. Gandhi).
Con esta breve reflexión del padre de la desobediencia civil, asumo mi derecho imprescriptible de opinar como ciudadano sobre el llamamiento de un acto por la dignidad y derechos negados en un Estado que se dice ser garante de la Constitución Política Nacional.
En la zoología de la política en esta república banana se armó todo un debate por la propuesta de convocatoria a la desobediencia civil, iniciativa presentada por uno de los senadores y principal líder de la oposición colombiana, Gustavo Petro Urrego.
El llamado generó toda una serie de reacciones en el mundillo de la política nacional, especialmente en el sector ultraconservador que representa el Centro Democrático.
Lo primero que debemos tener en cuenta es el significado de esta figura que causa escozor en los sectores más retardatarios del establecimiento:
“La desobediencia civil es una forma de desacuerdo político consistente y se define como el acto de no cumplir una norma de la que se tiene la obligación de cumplirse a sabiendas que va en contra vía de los derechos humanos”.
Con eso claro, la desobediencia civil es un acto pacifico no violento, muy distinto al acto de rebelión, que perversa y maquiavélicamente los contradictores políticos del senador Petro salieron a vociferar, además diciendo que este estaba promoviendo la anarquía y el caos.
Ahora, entendamos que la rebelión es “un rechazo a la autoridad de resistencia armada" y "el término se utiliza como sinónimo de sedición, motín, levantamiento o revuelta”.
Constituye rebelión el hecho de oponer resistencia violenta a una persona depositaria de la autoridad pública o encargada de una misión de servicio público que actúe en el ejercicio de sus funciones para la ejecución de las leyes, las órdenes de la autoridad pública, las resoluciones o los mandatos judiciales.
Aunque cada una de las definiciones tiene sus propias particularidades, son dos cosas totalmente distintas en sus métodos, aunque apunten a un mismo fin.
Una de las definiciones más concisas y acertadas de la desobediencia civil es la dada por el filósofo estadounidense John Rawls, padre de la teoría de la justicia. Él la define como “un acto público no violento, consciente y político, contrario a la ley, cometido habitualmente con el propósito de ocasionar un cambio en la ley o en los programas de gobiernos autoritarios".
Sabiendo esto, puede decirse que Gustavo Petro no está llamando a incendiar las instituciones del Estado, nooo, simplemente lo hace a desconocer un gobierno ilegítimo que presuntamente fue elegido con los dineros del narcotráfico, hechos señalados por los mismos organismos de inteligencia del Estado.
Entonces, la desobediencia civil es un llamamiento a la dignidad humana y a desconocer las leyes que vayan en contravía de las libertades y garantía de los derechos humanos. Se evidenció en el siglo XX con Martin Luther King (1929-1968), en su lucha contra la discriminación racial en Estados Unidos; con Gandhi (1869-1948), en su lucha por la libertad del pueblo indio contra los vejámenes de los ingleses; y con Nelson Mandela (1918-2013), en sus luchas contra el Apartheid. Tres ejemplos, tres grandes líderes mundiales, solo para citar actos de desobediencia civil.
Además, el impulso de la séptima papeleta, en 1990, para cambiar la retrógrada y autoritaria Constitución de Rafael Núñez, 1886, por una más garantista, la del 1991, fue un acto de desobediencia civil.
Por otro lado, en Colombia sobran las razones para declarar la desobediencia civil. Acá algunas de ellas:
Contra la Ley 100 de 1993 que menoscaba los derechos a la salud; contra la corrupción que campea en todas las esferas del Estado (corrupción que atenta contra los derechos básicos fundamentales); contra los falsos positivos; contra los asesinatos de líderes y lideresas Sociales; contra la violencia de género; contra la discriminación racial; contra la xenofobia de las comunidades diversas; contra el hambre y la miseria en campos y ciudades; contra la presencia de tropas extranjeras en nuestro territorio (atentando contra nuestra soberanía nacional); contra la vinculación de niños y niñas al conflicto armado utilizándolos como botín de guerra; contra la miseria en que viven nuestros campesinos (quienes ni si quiera gozan de una pensión de vejez); contra las violaciones de mujeres indígenas, campesinas y afros en los territorios arraigados en la violencia (por todos los actores del conflicto, sean legales o ilegales); contra la usura de la banca nacional; contra el fracking; contra la violación de los derechos de la madre naturaleza; contra las privatizaciones de las empresas pública del Estado.
Es por estas y muchas razones que nos debemos declarar en desobediencia civil, ¡si algún asomo de dignidad nos queda! De hecho, la figura de la desobediencia civil nos debe llevar a exigir el cumplimiento del preámbulo de nuestra Constitución Política Nacional, que desafortunadamente este gobierno se empeña en violar: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la Ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica”.
Pregunto: cuando el señor Álvaro Uribe Vélez convocó a los colombianos en el 2016 a la resistencia civil para rechazar los acuerdos de paz y deslegitimar el gobierno de Juan Manuel Santos, ¿sí era válida la desobediencia civil? La que propone Gustavo Petro, que no deja ser más que simbólica, ¿esa sí es ilegítima? No sean tan mezquinos con lo que nos corresponde defender: ¡la dignidad!
¡Es preferible morir como ciudadanos y no como esclavos en una “democracia” pútrida y mezquina!