Senado dijo que no a las 16 curules para víctimas

Senado dijo que no a las 16 curules para víctimas

"Esto deja el proyecto político del gobierno en el limbo y todo el mecanismo de justicia transicional en la parálisis"

Por: Martin Eduardo Botero
diciembre 07, 2017
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Senado dijo que no a las 16 curules para víctimas

Se dice que una mayoría es absoluta (en el caso, por ejemplo, de 102 senadores) cuando la votación sobre un asunto sometido a su consideración requiere, para su aprobación, una mayoría igual o superior a la mitad más uno del número total de miembros del órgano en cuestión (es decir, 52 votantes), sean o no estos asistentes a la sesión del mismo. En este caso, no se tiene en cuenta el número de miembros presentes (en el caso, por ejemplo, de 99 votantes), de tal suerte que la mayoría de miembros presentes, si no representa la mayoría absoluta de miembros totales (102), no da lugar a la aprobación de la reforma Constitucional. Igualmente, se tiene en cuenta como miembros en el cómputo, no solo a quienes puedan ejercer en ese momento su derecho (99), sino también a aquellos que, por diversos motivos, no puedan (en el caso, por ejemplo, de 3 senadores que no votaron) —bien por encontrarse ausentes, en la cárcel, enfermos o haber cesado— si el relevo de los mismos no se ha producido. El Senado no adoptó reforma alguna porque no se obtuvo la mayoría requerida de votos en el Senado (52). De esta manera, se cerraba el paso a las 16 curules para las víctimas. La práctica habitual de todas las Asambleas Parlamentarias en Europa es interpretar las palabras mayoría absoluta en el sentido de mayoría de todos los miembros que lo componen (electores), es decir del número total de miembros, tanto si votan o se les permite votar como en caso contrario, y en la que la decisión se toma con más del 50% de votos.

Con las atribuciones formales que le da su alta magistratura, el presidente del Senado anunció de que en su cámara legislativa no se obtuvo la mayoría requerida para la aprobación de la reforma constitucional que creaba las 16 circunscripciones adicionales en la Cámara de Representantes. Esto deja el proyecto político del gobierno en el limbo y todo el mecanismo de justicia transicional en la parálisis: un proceso de paz que cada vez se cuenta peor y resulta más inverosímil. Sin lugar a duda se trata de un hecho sorprendente. En efecto, el alma de la justicia transicional era el proyecto que creaba las curules especiales de paz para las víctimas del conflicto armado.

Leal a su estilo, de una temeridad inquietante, el presidente de la República (y su Gobierno débil) desconoce y desafía con medidas extremas la decisión democrática del Senado de la República, arroja más combustible a la guerra entre la desgastada mayoría y la oposición, no escucha a los ciudadanos (opinión pública) que lo critican y a los comentaristas que lo cuestionan. Esto genera un enorme daño al ya debilitado equilibrio institucional y político del país.

Permítame recordar, señor presidente, que la Constitución no es cualquier ley. La Constitución no es de derecha ni de izquierda, la Constitución es de todos nosotros, la Constitución es nuestra raíz, nuestra historia, nuestro presente y nuestro futuro. La Constitución es el pacto fundamental que apoya y equilibra nuestra convivencia social, política e institucional. Debe recordar también que, las reformas constitucionales son asuntos parlamentarios y de que era inapropiado que el Gobierno planteara y respaldara proyectos de ley que reformen la Constitución: los ministros de este gobierno, de hecho, participaron en el debate, apoyando públicamente los Acuerdos de Paz y comprometiendo el consentimiento previo, libre e informado de los legisladores. Este es un problema aún sin resolver.

El Gobierno envía mensajes contradictorios cuando negocia y llega a compromisos con los victimarios (10 curules) y revictimiza de nuevo las víctimas (cero curules).

La pelota está en el terreno del presidente. Le toca aclararse. Explicar qué significado les da a palabras como Estado de Derecho, democracia, plebiscito, constitución, ley. Se solicita aclaración respecto del significado de las siguientes expresiones y derechos que fueron los principios definidos por las partes: el reconocimiento de las víctimas, la responsabilidad con los afectados por el conflicto, la satisfacción de los derechos de las víctimas, su participación, el esclarecimiento de la verdad, la reparación, garantías de protección y seguridad, garantías de no repetición y reconciliación. De tanto adoptar políticas desde un estado de emergencia permanente se terminó por atribuirse una legitimidad política "constituyente". Gracias

 

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