Ante la polémica que se generó por el hundimiento del proyecto de acto legislativo sobre un régimen especial para la Amazonia, es necesario explicar qué fue lo que realmente pasó la semana pasada en la plenaria de la Cámara, porque lo que se ha difundido en los medios de comunicación —especialmente en las redes sociales— solo refleja un parte de la discusión, pero no cuenta totalmente lo acontecido en su contexto, hasta tal punto que quienes votaron a favor de la iniciativa fueron señalados injustamente como los que estaban en contra de la Amazonía, mientras que los que hundieron el proyecto —incluida la Alianza Verde— fueron exaltados como defensores del ecosistema en esta región del país.
El proyecto contaba con un consenso entre el gobierno y el Congreso, nadie estaba en contra de su aprobación —un aspecto bien difícil para un proyecto de reforma constitucional— y se daba por descontado que antes de terminar esta legislatura —solo le faltaban tres debates— se elevaría a rango constitucional “un enfoque diferencial y una mejor calidad de vida” en esta región del país, como lo ha explicado una y otra vez Yénica Acosta —representante de Amazonas y autora de la iniciativa—, que, entre otras cosas, es miembro del Centro Democrático y había logrado un acuerdo sobre el tema no solo con esta colectividad sino con las demás bancadas del Congreso. A pesar de lo ocurrido, ella no se dará por vencida en esta lucha y ha anunciado que el próximo 20 julio volverá a radicar esta iniciativa.
Ahora bien, la discordia se generó cuando una de las dos ponencias para segundo debate en la plenaria —segunda vuelta— incluyó un parágrafo para que se prohibiera la explotación de hidrocarburos en la Amazonia, en donde la ponente de Alianza Verde (Juanita Goebertus) adviertió que la reforma no tendría ningún sentido sin este parágrafo —una posición tan radical que cerró cualquier posibilidad de negociación y que sienta a la reflexión de cómo la ortodoxia ideológica puede acabar con una excepcional iniciativa legislativa—, cuando era claro que esta disposición había sido negada en la primera vuelta y la Ley 5 de 1992 (Estatuto del Congreso) establece que una proposición no puede ser “revivida” en otro debate, porque corre el riesgo de que por vicios de trámite el proyecto sea declarado inexequible por la Corte Constitucional.
Y otro aspecto para tener en cuenta es que el objeto del proyecto no era prohibir la explotación de hidrocarburos —lo que en ningún momento quiere decir que lo estaba autorizando— sino que estaba centrado en un régimen especial “para la organización, funcionamiento, protección cultural, étnica y ambiental de los departamentos de Amazonas, Caquetá, Guaviare, Guainía, Putumayo y Vaupés”, que a lo largo de estos dos años ha venido siendo discutido y concertado con los diferentes sectores sociales de estos departamentos —incluidas las comunidades indígenas—, especialmente en Amazonas con Yénica Acosta, quien ha trabajado día y noche, sin tregua alguna, ganándose a pulso el respaldo de su comunidad para llevar esta iniciativa al Congreso, por lo que no tenía ningún sentido “atravesar” esta prohibición y echar al cesto de la basura el proyecto con la disculpa del “todo o nada”.
En las dos últimas décadas, la Constitución Política ha sido víctima de un sinfín de reformas extensas y confusas, con miles de especificaciones o incluso con porcentajes y fórmulas matemáticas, colgando cuanta arandela se les ocurre para salvaguardar un determinada interés, que más parece el decreto reglamentario de una reforma tributaria o una insoportable resolución de la CREG —remitirse a las diferentes reformas al Sistema General de Participaciones (SGP) y el Sistema General de Regalías (SGR)—, desconociendo que la norma de normas es inicialmente un conjunto de principios y derechos —escritos de manera breve y doctrinal— que posteriormente se reglamentan de manera más específica y especializada, como ocurre con la extraordinariamente corta pero efectiva constitución de Estados Unidos.
Es cuestionable entonces la insistencia de incluir de manera literal “la no explotación de hidrocarburos” en la Constitución, cuando el enunciado de la reforma constitucional establece intrínsecamente esa prohibición, sin necesidad de meter específicamente una disposición taxativa. ¿Es que acaso a la oposición le parece de poca monta “la organización, funcionamiento, protección cultural, étnica y ambiental” —incluido el fortalecimiento de la autonomía de los pueblos indígenas—?, ¿o es que elevar a rango constitucional ese régimen especial para la Amazonia no permitiera posteriormente un proceso de reglamentación en el Congreso —con la activa participación de los diferentes sectores sociales de la región—, incluso quedando plasmado en el mismo control posterior que pueda ejercer la Corte Constitucional al mencionado acto legislativo?
Al no ser aprobada la ponencia que tenía ese parágrafo para prohibir la explotación de hidrocarburos en la Amazonia, se puso entonces en consideración la otra ponencia que omitía esa disposición —que fue votada a favor por todas aquellas personas que injustamente ahora son señaladas en las redes sociales por estar en contra del proyecto— y que lamentablemente no alcanzó la mayoría absoluta requerida para ser aprobada, lo que ocasionó de inmediato el hundimiento de este proyecto de acto legislativo, atribuido entonces al radicalismo de una oposición que logró convencer de manera errónea que sin su propuesta la iniciativa no valía absolutamente nada. ¡Por Dios santo!
Coletilla. Al certificar el secretario general de la Cámara la no aprobación de esta ponencia, el sector de la oposición —encabezada por la Alianza Verde— estalló en júbilo y con aplausos celebró lo que consideró un gran triunfo, desconociendo la enorme expectativa de los pueblos del Amazonas con esta iniciativa. Esto me hizo recordar la indiferencia inicial de esta colectividad con el proyecto de acto legislativo que nos devolvió una parte de las regalías a los municipios y departamentos productores de hidrocarburos, en donde uno de sus miembros en la Cámara no firmó la ponencia —la suscribió a última hora— y se oponía a que la conciliación se aprobara en el primer orden del día, más otro en el Senado que pidió el aplazamiento de la iniciativa, o incluso el insistente rumor de que inicialmente la mayoría querría votar totalmente en contra de esta reforma.