Sangre homosexual ¡a la hoguera!

Sangre homosexual ¡a la hoguera!

El Ministerio de Salud mantiene la prohibición del siglo pasado. Aún cree que todos los homosexuales son enfermos y sidosos

Por: Nicolás Mantilla N
septiembre 08, 2015
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Sangre homosexual ¡a la hoguera!
Foto: tomada de internet

Hasta la expedición del Código Penal de 1980, la homosexualidad era considerada un delito que implicaba que todo homosexual fuera a parar a la cárcel por dos a cuatro años. Después, con la Constitución Política de 1991 y con sus numerosas interpretaciones por parte de la Corte Constitucional, se han protegido los derechos fundamentales de las personas homosexuales. Y aunque en la actualidad ser homosexual ya no es un delito, sí es una conducta que sigue siendo condenada, no solo por la sociedad sino también por algunas entidades estatales. La Procuraduría es un perfecto ejemplo de ello, pero también lo es el Ministerio de Salud que en su resolución 901 de 1996 –y contrariando a la sentencia T-248 de 2012– indica que para proteger a los receptores de la sangre del VIH, los hombres homosexuales y bisexuales no pueden donar sangre.

En efecto, la Corte Constitucional en el año 2012 revisó el caso de un hombre homosexual al que no le dejaron donar sangre por su orientación sexual. La Corte aclaró que los bancos de sangre no pueden tener en cuenta la orientación sexual para excluir a los futuros donantes, y que por el contrario, la exclusión se debe realizar cuando se identifiquen prácticas sexuales de riesgo, como tener relaciones sexuales sin condón o con múltiples personas. De esta manera, la Corte Constitucional, recordó que tanto los homosexuales como los heterosexuales pueden contraer el VIH, pues esta enfermedad no está asociada a la orientación sexual per se, sino a prácticas sexuales de riesgo.

Ahora bien, debido al conflicto normativo que existe entre la sentencia y la Resolución del Ministerio, los hombres homosexuales se ven discriminados a la hora de donar sangre. En el mes de julio del 2015 se visitaron todos los bancos de sangre de Bogotá, dejando claro tres hechos: 1. La orientación homosexual del futuro donante. 2. Qué éste tenía una pareja estable por un lapso superior a un año, y 3. Qué al momento de tener relaciones sexuales con su compañero sexual siempre hacía uso del condón. A pesar de que el futuro donante tenía pocas probabilidades de tener VIH y de esta manera su sangre no implicaba ningún riesgo para el receptor, en el 74% de los bancos de sangre fue discriminado abiertamente por su orientación sexual, no pudiendo donar sangre.

Lo anterior implica que en el 74% de los bancos de sangre no tienen en cuenta las prácticas sexuales de los donantes (uso del condón, número de parejas sexuales o sexo con trabajadora/es sexuales), sino únicamente la orientación sexual de éstos. Por ejemplo, en el Banco de Sangre referente en Bogotá, el Hemocentro Distrital, se permite que un hombre heterosexual que tiene dos parejas sexuales y que no hace uso del condón done sangre, mientras que a un hombre homosexual que tiene una pareja estable y que hace uso del condón le prohíben la donación. Lo preocupante de este panorama, no sólo es la discriminación, sino que en últimas no se protege al receptor de la sangre el virus del VIH, pues un hombre heterosexual que no usa condón y que tiene sexo con dos mujeres, tiene muchísimas más probabilidad de tener VIH que un hombre homosexual que usa condón con su novio o esposo.

Entonces, hay que hablar claro: la prohibición a la que se ven enfrentados los hombres homosexuales a la hora de donar sangre no se da para proteger a los receptores, se da porque se siguen utilizando criterios discriminatorios provenientes del siglo pasado. El problema de la prohibición no solo es la discriminación per sé, sino que genera que la sociedad siga pensando, actuando y discriminando a los homosexuales como se hacía antes de 1980. De hecho, la prohibición transmite la idea de que el sexo heterosexual es seguro, mientras que el sexo homosexual involucra e implica graves riesgos para la salud. Es decir, la prohibición de donar sangre por parte de hombres homosexuales lo que genera es que se sigan reproduciendo prejuicios sobre estos, ya que se les asocia directamente con la promiscuidad y el VIH.

Ante este panorama, se podría pensar que la mejor alternativa para que un hombre homosexual que quiera donar sangre pueda hacerlo, es que interponga una tutela para que un juez le ordene al banco que permita la donación. Sin embargo, lo anterior sería perder el tiempo, pues lo que hacen los bancos de sangre – por lo menos el Hemocentro Distrital-, luego de extraer la sangre de un hombre homosexual por la orden directa de un juez, es quemarla. Sí, los bancos de sangre queman la sangre de hombres homosexuales como si se trataran de seres enfermos y anormales.

Es necesario que el Ministerio de Salud de una vez por todas acate lo que le ordenó la Corte Constitucional hace más de tres años: revisar y modificar la resolución 901 de 1996, porque lo ha que ha realizado hasta el momento es contrariar directamente la sentencia. Tanto así que el Ministerio expidió la Resolución No. 201524000258781 del 25 de febrero de 2015, en donde manifestó que la prohibición de donar sangre por parte de personas con orientación sexual diversa, se da para proteger al receptor potencial de sangre de enfermedades de transmisión sexual como el VIH. En otras palabras, el Ministerio de Salud mantiene la prohibición del siglo pasado, porque contrario a lo que ha dicho la comunidad médica, aún cree que todos los homosexuales son enfermos y sidosos.

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