Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): ¿cómo van sus resultados?, ¿cuáles son sus limitaciones?

Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): ¿cómo van sus resultados?, ¿cuáles son sus limitaciones?

La JEP ha abierto 11 macrocasos con miles de declaraciones de víctimas, imputando a responsables: FARC, FF. MM., Policía y agentes del Estado asociados con paras

Por: Fernando Santacruz Caicedo
septiembre 06, 2023
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Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): ¿cómo van sus resultados?, ¿cuáles son sus limitaciones?

El Acuerdo del Colón (26/8/16) estableció el sistema integral de “verdad, justicia, reparación y no repetición”, con la finalidad de contribuir a la construcción de la Paz y el desagravio de las víctimas del conflicto armado en Colombia.

El proceso de “Justicia Transicional con enfoque restaurativo” es un mecanismo extraordinario, sui géneris en el mundo, que articula los empeños de tres entidades que lo integran –Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas (UBPD), Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad (CEV)-, cuya médula son las VÍCTIMAS y SOBREVIVIENTES de la confrontación guerrerista.

La JEP es el componente que investiga/juzga/sanciona los victimarios de la agresión bélica, siendo sus prioridades: a) juzgar/castigar los responsables de crímenes de guerra/lesa humanidad y resarcir las víctimas; y, b) administrar justicia y asegurar la paz permanente.

El Estado asumió medidas institucionales, políticas y judiciales a fin de reparar graves transgresiones a los DD.HH. que, la Justicia Ordinaria, NO podía resolver apropiada ni oportunamente, lo cual llevó a sus “defensores” a afirmar que la justicia de la JEP es “simbólica”, inoperante y alienta la IMPUNIDAD.

La Comisión de la Verdad –CEV- cumplió su cometido rindiendo su “informe final”(28/06/2022) y probando las causas de la confrontación, modalidades, intereses de sus promotores y sectores sociales afectados. Demostró que los “falsos positivos” obedecieron a políticas sistemáticas prohijadas desde y por el Estado, mediante acciones y omisiones del Gobierno/Ejército Nacional, estimación ratificada por la JEP –Caso 03, auto 305 de 14/07/2023-, que evidenció “tácticas operativas criminales articuladas sistemáticamente por un aparato delictivo incrustado dentro del Ejército”.

A paso de quelonio, la JEP ha abierto 11 “macrocasos” que agrupan miles de declaraciones de víctimas sobre los “hechos criminales”, imputando a sus máximos responsables -miembros de las FARC/EP, FF.MM., policía, agentes del Estado asociados a grupos paramilitares y terceros civiles-, por diversos delitos contra la humanidad –secuestro, desplazamiento/reclutamiento forzados, “asesinatos extrajudiciales”, violencia sexual/género, genocidios contra etnias/territorios, crímenes NO amnistiables-. Culminada la instrucción de los “macroprocesos”, la JEP emitirá sentencias individualizadas.

El mesías Uribe y su partido -Centro antiDemocrático-, crearon las ficciones “seguridad democrática” y “héroes de la patria” para justificar sus tropelías contra el pueblo, trocando la primera en homicida “carnicería humana”, confirmada por organizaciones de DD. HH. nacionales y extranjeras; y, los segundos, en ejecutores de múltiples masacres, asesinatos, desapariciones/desplazamientos forzados, expropiaciones, etc., y su culmen: ¡LA DESMESURADA CONCENTRACIÓN ILÍCITA DE LA PROPIEDAD TERRITORIAL!, causa causorum para que Uribe/secuaces se opusieran férreamente a la creación de la JEP, ente que ha revelado ya algunas identidades de los instigadores del ciclo criminógeno más cruento de la historia colombiana reciente. ¡Uribe sabía que los artífices de sus crímenes lo delatarían en el corto plazo!, iluminando la verdad, denunciando sus fechorías y reconociendo sus responsabilidades.

La Sala de reconocimiento de la JEP imputó al general (r) Mario Montoya-Uribe el asesinato y desaparición forzada de 130 personas, ocurridos en la Cuarta Brigada –Medellín-, “héroe” que mediante órdenes directas, exigió a sus tropas presentar bajas operacionales, priorizando muertes sobre capturas –“body count”, conteo de cuerpos-; creó condiciones para ejecutarlas, arropándolas con falsa legalidad; instigó la competencia homicida entre unidades militares y sancionó a las que obtenían menos “neutralizados”; ocultó las “muertes extrajudiciales” y trabajó mancomunadamente con grupos paramilitares.

¡LO ANTEDICHO CONSTITUYE UN AVANCE INNEGABLE! Pero la JEP erró inaceptablemente porque NO IMPLICÓ al estado mayor, ni a los oficiales del B2/B3, como lo exhorta la CPI, por tratarse de crímenes internacionales, vale decir contrarió su obligación moral con las víctimas/sociedad colombiana.

La UBPD pretende establecer el “paradero” de más de 120 mil “evaporados” –en 7 años ha encontrado 1000, aproximadamente-. El apoyo financiero/político de la Comunidad Internacional –CI-, durante la activación de la Justicia Transicional, ha sido factor determinante para penar infractores, compensar víctimas y avanzar en la instauración de la PAZ, demostrando irrefutablemente que es una creación FUNCIONAL, GARANTISTA e IMPARCIAL.

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