El pasado jueves 20 de julio, en su discurso de instalación de la legislatura del Congreso de la República 2017-2018, el presidente incluyó en su discurso la siguiente declaración: “Señores congresistas: lo que está en juego frente a la nación y la comunidad internacional –cuando se habla del cumplimiento del Acuerdo de Paz–, no es mi nombre ni el compromiso de mi gobierno. Lo que está de por medio es la responsabilidad internacional del Estado. Para la comunidad internacional el Estado no está dividido en compartimientos. El Estado es uno; la política de paz es una. Por eso, cumplir el Acuerdo de Paz en todas sus partes –como lo estamos haciendo y lo debemos seguir haciendo– es una responsabilidad –es una obligación moral, política y legal– que asumimos ante el mundo entero y, particularmente, ante su máxima instancia, que es el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas”.
Según informes de prensa, el escritor bogotano de 53 años, Juan Carlos Torres, lidera un equipo de 15 personas encargado de escribir los discursos que Juan Manuel Santos lee en el teleprónter tanto en escenarios en vivo, tipo la instalación de las sesiones del Congreso, o frente a las cámaras de televisión. Por lo tanto, se debe deducir que el discurso ante el Congreso, aunque leído por el presidente, fue realmente redactada por el señor Torres y su equipo. De ser así, es buena hora que el distinguido escritor cum panfletista en nómina de la Casa de Nariño y acompañado por los 15 miembros de su equipo, regrese a las aulas y aprenda un poco de derecho constitucional, porque como lo han planteado varios especialistas, entre ellos Rafael Nieto Loaiza y Miguel Ceballos Arévalo, lo dicho por Santos en ese discurso es una barbaridad de principio a fin, de la A a la Z.
- Santos está diciendo que, si el Congreso y las Cortes no están de acuerdo con la implementación de lo pactado, Colombia estaría incumpliendo con una obligación de carácter internacional. Esta afirmación rompe con la Constitución, con el derecho internacional y con el orden institucional interno, pues implicaría que lo firmado por el ejecutivo terminaría siendo obligatorio en su cumplimiento para los otros dos poderes públicos.
- El acuerdo con las Farc no es un tratado internacional. Para que un acuerdo sea un tratado internacional es indispensable que los firmantes sean, primero, sujetos del derecho internacional público y, segundo, que además tengan capacidad de celebrar tratados.
- En el caso del pacto firmado con las Farc apenas algunas consideraciones relacionadas con, por ejemplo, la devolución de los menores reclutados o lo relacionado con el desminado, tienen un propósito humanitario. El resto, la inmensa mayoría, tiene contenido político y no humanitario. Por tanto, el acuerdo con las Farc no es un acuerdo especial del DIH y los acuerdos especiales del DIH no son tratados internacionales
- Enviar un pacto con un grupo guerrillero a Naciones Unidas o al Consejo Federal Helvético no altera en nada su naturaleza ni, mucho menos, lo hace un tratado internacional o un acuerdo especial del DIH. Es un gesto sin ninguna implicación en materia de derecho internacional. Es un pacto político que, por definición, no genera ningún tipo de responsabilidad internacional.
- El pacto no genera por sí mismo ninguna obligación interna. Las afectaciones al orden jurídico político que se han hecho en el marco de las negociaciones con las Farc se producen no por el pacto sino por las reformas constitucionales y las leyes que se han hecho por el Congreso y el Gobierno en estos años, que es cosa muy distinta.
Es por lo tanto claro que el señor Torres y su equipo han dejado al presidente Santos como un zapato. Deben regresar todos de inmediato a un lugar de enseñanza y manchar, aunque sea con unas pocas gotas, su prístina ignorancia en el campo constitucional.