¿Quién pagará los platos rotos por las afiliaciones engañosas a las AFP?

¿Quién pagará los platos rotos por las afiliaciones engañosas a las AFP?

Una reflexión sobre el proyecto de ley 050 de 2019

Por: María del Rosario Vázquez Piñeros
junio 17, 2020
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¿Quién pagará los platos rotos por las afiliaciones engañosas a las AFP?

Son miles los colombianos que se quejan por haber sido afiliados a una AFP a través de engaños. Cabe preguntarse, entonces, cuál es la legislación que, en teoría, defendería al ciudadano de este tipo de atropellos. Por ejemplo, el artículo 20 de la Constitución establece el derecho a recibir “información clara y veraz”; y el 78, el control sobre la calidad de los bienes, servicios e información suministrada al público en su comercialización.

Asimismo, el estatuto del consumidor, define la publicidad engañosa como: “…aquella cuyo mensaje no corresponda a la realidad o sea insuficiente, de manera que induzca o pueda inducir a error, engaño o confusión”. Y el Código Civil y Comercial hace referencia al abuso de la posición dominante en el mercado cuando viola la buena fe y existe un abuso de derecho. Igualmente, la legislación prohíbe el pánico financiero. Y son delitos la falsificación de firmas y la estafa, esta última, cuando se obtiene “provecho ilícito para sí o para un tercero, con perjuicio (se entiende que económico) ajeno, induciendo o manteniendo a otro en error por medio de artificios o engaños”.

Además, es importante recordar que, de acuerdo al artículo 48 de la Constitución, no se pueden utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella. Y la Ley 100, por su parte, prescribe el derecho a la libre elección de la seguridad social. Teniendo en cuenta la existencia de este tipo de legislación, presenté una queja en 2018 ante la Defensoría del Pueblo, y esta la remitió a la Fiscalía, la Procuraduría y organismos de control. No ha habido pronunciamiento alguno, que yo conozca, al respecto.

Las quejas son las siguientes: presiones por parte del empleador para recibir la asesoría de una AFP o para afiliarse, vinculaciones sin consentimiento, información incompleta, y, o falsa sobre las condiciones del régimen privado, y falsificación de firmas. Porvenir ofreció bonos de promoción de almacenes a estudiantes universitarios, sin advertir que los estaban afiliando a dicha AFP. Asimismo, las AFP ofrecieron pensiones con montos mayores que las del régimen público, e infundieron pánico afirmando que los ahorros de los cotizantes estaban en peligro porque el ISS se iba a acabar. En cambio, no avisaron que el dinero destinado a su seguridad social —cuya naturaleza no es mercantil— en las AFP se destinaría a otros propósitos, al ser puesto en riesgo en operaciones financieras.

A pesar de lo anterior, muchos ciudadanos siguen recibiendo fallos de la justicia que les impiden retornar a Colpensiones. Y esto ocurre, a pesar de que la Corte Suprema de Justicia se pronunció públicamente y ante los medios de comunicación para sostener que las sentencias debían ser favorables a los demandantes, a menos que las AFP probaran que habían brindado información veraz.

Actualmente, en el Congreso, se está discutiendo el proyecto de ley 050 de 2019 que permitiría el retorno a Colpensiones de personas afectadas por estos engaños, al tener la posibilidad de tomar una decisión informada tras una doble asesoría. Sin embargo, eepresentantes del Centro Democrático —con el apoyo de miembros de otras bancadas— pretendieron infructuosamente archivarlo, hecho que no debe extrañar, puesto que el jefe político de ese partido, Álvaro Uribe Vélez, como senador defendió la Ley 100 que benefició al sector financiero con la creación de las AFP; y luego, como presidente, sancionó la ley 797 de 2003, que impide el retorno a Colpensiones diez años antes de cumplir la edad de jubilación (en la página Víctimas de los Fondos Privados en Colombia se presenta cual muro de la infamia la lista de los representantes que votaron a favor de archivar el proyecto de ley 050 de 2019 en la última sesión).

Los argumentos de estos congresistas en contra del proyecto son los siguientes: según ellos, su aprobación aumentaría las inequidades del régimen pensional. Pero resulta que esta iniciativa no está encaminada a definir el tipo de régimen en esta materia, sino a subsanar el daño causado por el sector financiero como resultado de afiliaciones dolosas. Sostienen, en tono populista, que las víctimas de este engaño no deben regresar a Colpensiones porque tienen altos ingresos salariales. Pero no es así. Los afectados presentan diversos rangos salariales: desde niveles técnicos hasta los más altos de la formación y el ejercicio profesional. Además, este argumento esconde una falacia inaceptable: si el ciudadano devenga más de un salario mínimo, y lo engaña el sector financiero, no tiene derecho a que el Estado lo proteja. Con lo cual, estos legisladores pretenden que se desconozca el más básico y esencial principio del derecho, desde la Revolución Francesa: la igualdad ante la ley. A lo anterior, agregan que la aprobación repercutiría en el presupuesto nacional. Por lo visto, su curioso sentido de la justicia no les permite pensar que no son las víctimas de las AFP ni la sociedad colombiana quienes deberían asumir esta carga, puesto que son inocentes. Deben ser los responsables: las AFP.

La intención de dichos congresistas es abandonar a su suerte a los afectados por este terrible engaño y con eso exonerar a los responsables. Por lo visto, aquí, como en otros conocidos casos, los culpables pasan de agache, y terminan siendo los colombianos honestos quienes acaban por pagar los platos rotos. La inoperancia de las instituciones ya permite contemplar una demanda contra el Estado y ante instancias internacionales. Por lo pronto, esperemos a ver si en el Congreso continúa imponiéndose la valiente posición de quienes no se someten al lobby del sector financiero ni le siguen el juego al partido de gobierno, el Centro Democrático.

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