El pasado 15 de abril, el gobierno nacional expidió el Decreto 558, con el cual se establece un alivio para los empleadores o patronos al autorizar que durante abril y mayo no coticen el valor correspondiente a pensiones, bien sea al régimen público o privado.
Si bien esta norma hace parte de un conjunto de medidas orientadas a aliviar la presión financiera sobre las empresas, en ese caso particular, el trasfondo es bastante diferente y oculta los efectos reales de la misma y sus implicaciones diferenciales según el régimen de pensiones al que se aplique.
La economía funciona como un conjunto implacable de interrelaciones, donde a la larga lo que uno no paga lo paga alguien más. Esto es algo que hasta el más ingenuo de los estudiantes de economía conoce.
Para los trabajadores vinculados al régimen privado de pensiones, es decir, a los fondos privados, la pensión se construye con los aportes mensuales que entre ellos y los empleadores realizan mensualmente, y a partir de ahí con los rendimientos que en el largo tiempo se logren acumular, hasta formar la masa de capital con la cual se pensionarán. Por lo tanto, en este caso suspender los aportes a pensiones afecta directamente a la pensión que a futuro podrán alcanzar esos pensionados. Esto no ocurre para los trabajadores vinculados al régimen público de Colpensiones, pues, en este caso, la pensión depende del número de semanas cotizadas y del ingreso base de cotización promedio, variables que el Decreto 558 mantiene sin afectación a pesar de suspender los aportes.
Es un hecho entonces que el gobierno nacional a través de su decreto ha aplicado de manera calamitosa el principio económico enunciado: lo que no paguen los empresarios lo pagarán a la larga los trabajadores de régimen privado en sus pensiones. Se trata de un alivio impuesto por el gobierno de manera unilateral en beneficio de los empleadores, pero a costa de los recursos futuros de los salariados de uno de los regímenes pensionales, quienes además no tienen ni voz ni voto en esta decisión. Así son estos ciudadanos quienes a la postre terminarán financiando al sector empresarial, lo cual se constituye en una condonación forzosa.
Este es a todas luces un decreto abusivo del gobierno en cuanto decide otorgar unos beneficios a un grupo económico, pero no con sus propios recursos sino con los de terceros. Otra cosa sería si el gobierno de presupuesto nacional transfiriera los recursos a las cuentas individuales de los futuros pensionados.
Más aún, es un decreto cargado de inequidad, pues favorece solamente a los trabajadores vinculados al régimen público de pensiones al no tener afectación en sus pensiones, en detrimento de aquellos los vinculados al régimen privado. Desconozco si nuestro estamento jurídico permite la emisión de este tipo de normativas desde una perspectiva legal, pero estoy seguro que desde la perspectiva de igualdad y de justicia resultan completamente inaceptables.
Ya desde tiempo atrás este gobierno ha dado muestras más que fehacientes de desconocer intencionalmente la existencia y problemáticas del régimen privado de pensiones y adoptar medidas y proponer proyectos de reforma sesgados que solo buscan beneficiar a ciertos grupos económicos poderosos.
En este momento esperamos y confiamos en que las cortes ejerzan su rol fundamental de salvaguardar la justicia para todos, revisen este tipo de normativas y así impidan que el Ejecutivo continúe con su desaforada carrera legislativa amparado en una emergencia que, más que actuaciones imprudentes e intempestivas, demanda sensatez y calma.