El Presidente expidió el pasado 28 de Mayo el Decreto 749 mediante el cual se ordena el aislamiento preventivo obligatorio a todas las personas habitantes de la Republica de Colombia, a partir de las 00 horas del 01 de Junio y hasta las 00 horas del 01 de Julio de 2020, estableciendo en el mismo 43 excepciones, la mayoría ya conocidas y algunas nuevas.
Llama poderosamente la atención la excepción contemplada en el numeral 42: “Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general “, que se traduce en que prácticamente todo el sector productivo de la nación, iniciara actividades el próximo lunes, sin que medie en el horizonte una claridad frente a la vigilancia del gobierno nacional y entidades territoriales en la implementación de protocolos de bioseguridad al interior de las empresas, ni que las mismas estén preparadas para hacer cumplir tales medidas, básicamente porque la relación empleador-empleado, así como el diseño de los espacios físicos, no están preparados para enfrentar la pandemia actual.
En el ordenamiento jurídico contemporáneo se tiene como uno de los principales deberes de los pacientes, el del autocuidado, de hecho tanto en la Ley 1751 de 2015 como en la reciente Resolución 00229 del 20 de Febrero de 2020, se ha dispuesto que “Son deberes de las personas relacionados con el servicio de salud, los siguientes: a). Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad”. La palabra Autocuidado, etimológicamente esta conformada por dos palabras: auto que proviene del griego αὐτο que significa "propio" o "por uno mismo", y cuidado que viene del latín cogitātus que significa "pensamiento”, es decir que se concibe el autocuidado como esa conducta que hace que el individuo propenda por regular los factores que afectan su propio desarrollo, el de su familia y su comunidad, en beneficio tanto de la vida, como de la salud y la integridad física.
El deber de autocuidado en épocas de pandemia no es menor, cobra especial importancia y es tal vez el mayor deber de corresponsabilidad que tenemos en la actualidad, pues según cifras de la OMS los cinco (5) riesgos globales principales de mortalidad en el mundo son: -la hipertensión arterial, -el consumo de tabaco, -el alto nivel de glucosa en la sangre, -la inactividad física, y -la obesidad y sobrepeso, factores que se encuentran dentro de las correlaciones de mortalidad del nuevo coronavirus, como bien se ha documentado a nivel mundial.
Entonces ya decidido el gobierno a reabrir la gran mayoría de los sectores productivos del país, el único camino que nos queda es el del autocuidado, pero uno a conciencia, serio, responsable con nosotros y nuestro entorno, aplicando para ello las medidas de protección, el distanciamiento, el lavado de manos, el uso de tapabocas, el proceso de desinfección de elementos, equipos y superficies de uso habitual, el manejo de residuos, el uso de Elementos de Protección Personal (EPP), la ventilación, y el cumplimiento de condiciones higiénico sanitarias, todo ello a la luz del “Protocolo de Bioseguridad para la prevención de la transmisión de la COVID19 contenido en la Resolución 666 que expidió el pasado 24 de Abril el Ministerio de Salud y Protección Social.