El gobierno de Iván Duque abrió una caja de Pandora al autorizar el ingreso de tropas extranjeras al territorio nacional con consecuencias aun indeterminadas en distintos ámbitos (geopolítico, jurídico, político y diplomático).
Lo anterior si se tiene en cuenta que su actuación nos hizo parte directa del conflicto geopolítico que tiene Estados Unidos con las tres potencias económicas y nucleares (Irán, China y Rusia) por el control comercial de las reservas probadas de petróleo más grandes del mundo, ubicadas en Venezuela. Es decir, reservas que permiten su extracción a un bajo costo, lo cual aumenta la rentabilidad en la negociación del crudo frente a los demás Estados productores, que deben invertir la mayor parte del costo final del barril en técnicas de explotación más costosas o riesgosas como el fracking.
No obstante, el ejecutivo también se enfrenta a las consecuencias jurídicas propias de la eventual comisión de un delito de responsabilidad. Lo anterior por atribuirse funciones que le corresponden al Congreso de la República, como la autorización de ingreso de tropas extranjeras. Por este hecho el presidente debería ser investigado y acusado por la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes. Además, señalado ante el Senado y si está última considera que incurrió en un delito debe ser remitido ante la Corte Suprema de Justicia para que emita sentencia; circunstancia que resultaría poco probable, si se tiene en cuenta que el Congreso en su mayoría es afín a al partido de gobierno (prueba de ello es que a la fecha solo 50 de 280 congresistas han presentado al gobierno reclamación formal al respecto).
Frente a estos hechos también se ha emitido un requerimiento a la presidencia por parte del Honorable Consejo de Estado, que funcionalmente está llamado a ejercer control de legalidad sobre las actuaciones administrativas y tiene capacidad, dado el caso, de declarar de la nulidad de los actos administrativos emitidos incluso por el poder ejecutivo; es decir, dejarlos sin efectos cuando estos vulneren normas de carácter sustantivo o procesal (como la contenida en el artículo 237, numeral 3o, de la Constitución Política de Colombia de 1991, que establece que para la autorización de tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional se debe obtener concepto previo de esa corporación; actuación que a simple vista se puede establecer no surtida).
De producirse la anterior orden judicial por parte del Consejo de Estado, el gobierno Duque tendría que asumir un alto precio político en la relación diplomática con el hobierno de Trump, pues traduciría la obligación de retiro inmediato del territorio colombiano de las tropas estadounidenses pertenecientes al controversial "Comando Sur", reconocido por su participación activa en la desestabilización de gobiernos en Centroamérica como Panamá, Guatemala, Nicaragua y Salvador durante el siglo XX.
Ante el absoluto hermetismo del gobierno frente al tema, la pregunta del millón hoy en día es: ¿qué motivó al gobierno a saltarse las ramas del poder judicial y legislativo?, ¿a inobservar abiertamente normas de carácter constitucional con tal de satisfacer un pedido del gobierno Trump?, ¿a incumplir los protocolos mínimos de comunicación de su decisión, lo cual significó conocer la existencia de una autorización de ingreso de tropas extranjeras por pronunciamiento de la embajada de Estados Unidos?
Mientras tanto, se espera que se sumen otros pronunciamientos oficiales como el de la Corte Constitucional y el del Congreso de la República, que hasta el momento han mantenido silencio frente a la trascendental decisión del gobierno de solicitar apoyo militar a otro Estado bajo el argumento de enfrentar las bandas del narcotráfico; lo cual también se podría traducir en el recrudecimiento del conflicto armado, dado el número de organizaciones ilegales e irregulares que convergen dentro del país en el negocio del tráfico de drogas.