Tal vez por conocerse al dedillo la afición del exmagistrado Jorge Pretelt por el vallenato, la investigación penal contra el grupo Español Inassa, del cual es filial la empresa Recaudos y Tributos, fue denominada con el nombre de Operación Acordeón. Había trascendido la intervención de la Fiscalía General por los hechos filtrados a la opinión con las dudas del contrato entre la firma filial y el Distrito de Santa Marta, pero solo ahora se conocieron los primeros resultados y salieron a la luz otras maniobras con el sello personal del señor Pretelt Chaljub.
Volvió a relucir el término soborno, reaparecieron en el nuevo affaire los nombres de Rodrigo Escobar Gil y Víctor Pacheco. Todo porque, como en otras ocasiones, el exmagistrado Pretelt echó a la gaveta de su escritorio la tutela que Recaudos y Tributos presentó contra la terminación del contrato decretada por el exalcalde samario Carlos Caicedo, en vista, tal vez, de que el acto de gestión no se cumplía con la transparencia debida. Un juzgado y el tribunal del Magdalena fallaron a favor de la empresa. ¿En derecho? Parecería que no.
La tutela fue seleccionada en la Corte Constitucional y le correspondió como ponente al exmagistrado Pretelt. Según El Tiempo del pasado miércoles, se tomó unos buenos meses de meditaciones y cuando la Sala de Revisión quedó integrada por él, un magistrado auxiliar encargado del despacho de su jefe y el exmagistrado Luis Ernesto Vargas, blandió la ponencia que había redactado favoreciendo los intereses de la firma recaudadora e hicieron mayoría Pretelt y el auxiliar encargado. Vargas salvó el voto. Mientras tanto, y según el exalcalde Caicedo, la engavetada de la tutela forzó el pago irregular de $20.000 millones. Una cifra atractiva.
Igual que sucedió con Fidupetrol (¿coincidencia o hecho planeado?), el apoderado de Recaudos y Tributos fue el exmagistrado de la Corte Constitucional Rodrigo Escobar Gil, un constitucionalista de quilates y autor de un libro voluminoso sobre contratos.
Igual que sucedió con Fidupetrol (¿coincidencia o hecho planeado?),
el apoderado de Recaudos y Tributos
fue el exmagistrado de la Corte Constitucional Rodrigo Escobar Gil
A juzgar por la nulidad que después profirió la Corte por unanimidad a petición del Distrito de Santa Marta, y acogiendo el salvamento de voto del exmagistrado Vargas, la balanza se ha inclinado por el hecho planeado y se ha alejado de modo indubitable de la coincidencia. Hay binomios siniestros en la Justicia que, tarde o temprano, suben a la superficie y pasan dramáticamente del rumor a la evidencia. Por suerte, en este pretelazo II, la colaboración de las autoridades españolas movió una pesquisa que acá podía dormir el sueño de los justos. Esa mala calidad de ciertas magistraturas es la que hay que erradicar de los altos tribunales y de la Rama Judicial en conjunto.
Tanto o más que un cuerpo de normas que dispongan y reglamenten funciones jurisdiccionales, es indispensable un juzgamiento estricto y acertado de los jueces altos, medianos y bajos que cometen infracciones dolosas que desdibujan la misión de la Justicia. Las oportunidades están servidas en casos concretos y con nombres propios, a veces con un descaro fundado en que nada grave les pasaría si se les iban las manos y los bolsillos con el monto de la coima.
Qué mal momento para la Corte Constitucional, y qué oportunidad tan hermosa para el pluralismo informativo. Colombia y los colombianos no pensamos jamás que las sentencias pudieran pagarse como objetos de comercio y por medio de contratos ficticios, como lo dijo la Fiscalía en su comunicado. Pero sí, la corrupción llegó con agentes arrojados y con tipología definida, en desarrollo de un fenómeno que el profesor Manuel Jiménez de Parga llama “la tiranía de los contravalores”.
Que a un magistrado lo tildaran de estar enredado en un caso de soborno, hasta hace pocos años, era un deshonor, un baldón que obligaba al encierro. Hoy la picardía es una hazaña y el pícaro un héroe digno de biografía. Por eso ostentan, hablan duro y exhiben el atuendo que llevan puesto con ademanes desafiantes. La verdad es que, haciendo a un lado los prejuicios y el moralismo, clasifica como buen emprendedor alguien que, en nombre de la República y por autoridad de la ley, descubre en la aplicación del artículo 86 de la Constitución, sobre la tutela judicial efectiva, una mina de utilidades superiores al megasueldo que devengaba.