¿Por qué los profesores colombianos no llegan a viejos?

¿Por qué los profesores colombianos no llegan a viejos?

"Los docentes oficiales del país, no son esquivos a sufrir patologías que en zonas azotadas por el estrés de la violencia y la pobreza, suelen ser más graves"

Por: Ariel Alberto Quiroga Vides
enero 24, 2020
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¿Por qué los profesores colombianos no llegan a viejos?
Foto: Facebook Fecode

Somos testigos del alcance que poseen los docentes oficiales del país y sus distintos sindicatos, literalmente, pueden paralizar esta nación cada vez que detienen sus labores por un periodo prolongado, y en contra posición a lo que le gustaría a este gobierno de lictores y faces (el que entendió entendió), sus movilizaciones poseen el apoyo mayoritario de gremios y sociedad civil.

Que pasaría, si a los trabajadores de las minas del Cerrejón, se les envía a esos agujeros enormes invadidos del mortal polvo negro, sin los elementos materiales de protección, sin botas, sin tapabocas, sin cascos, sin capacitación sobre medidas de seguridad ocupacional, y lo peor, sin la protección legal que les garantice que los daños y perjuicios sufridos por la exposición permanente a los riesgos laborales ligados a su trabajo, serán reparados.

Toda labor productiva o servicio prestado tiene un riesgo inherente a ella, a un nuestro presidente podría sufrir una enfermedad o accidente laboral, por más improbable que eso parezca. Los docentes oficiales del país, no son esquivos a sufrir patologías, cuyo origen,  puede ser la prolongada exposición a factores de riesgos profesionales, que en algunos casos, como en zonas de difícil acceso azotadas por el estrés de la guerra, suelen ser más graves.

Imaginemos a un docente joven, vinculado en el año 1985 en Fundación Magdalena, este maestro entraba a un salón con capacidad para veinte personas, pero que en realidad ocupaban cincuenta, luego, tomaba una tiza hecha de cal, cuyas partículas de polvo, día a día hasta el inicio del uso del tablero acrílico, le impregnaron las vías respiratorias. Nuestro profesor se sentaba en una silla de madera rígida, subía la voz por encima de lo recomendado, para que esa horda de morenitos inquietos,  pudiese, por el tono de la autoridad más cercana, atender a la enseñanza. El calor insoportable del caribe colombiano nunca detuvo a nuestro párvulo maestro, menos,  el ruido y movimiento aparatoso pero inútil de aquel ventilador destartalado, cuyo único fin, era inquirir  en la imaginación de los niños, sobre quien sería el primero al que le volaría la cabeza cuando se desprendiera del techo.

Posteriormente, el profe con una voz cansada, con el estrés en los cielos y con los problemas de sus muchachos a cuestas, se iba a su hogar con aquella “catapila”, y no de las que confecciona Ana del Castillo, sino con una cargada de tareas, talleres y exámenes para calificar. A eso, había que adicionarle que el maestro debía tener cuidado con lo que enseñaba, porque en la década de los 90 y 2000, si sus palabras eran muy capitalistas, podía ganar la enemistad de las impopulares guerrillas, y si eran muy revoltosas, entonces, la cabeza que volaría seria la suya, y no por el amenazante ventilador.

La escena anterior, fue un invento revestido de recuerdos personales, tomado de   aquella época que data desde los años 1996 en adelante, primero en un colegio situado en una loma  del Difícil Magdalena, otro en Bosconia Cesar y otro en la Paz Cesar, lo único que cambió, fue que del tablero de tiza pasamos al acrílico, que el ventilador lo atornillaban de vez en cuando y que ahora, no solo tenía que ser cuidadoso el profesor por lo que decía, sino también  los alumnos que ya teníamos cierta conciencia del país balcanizado en el que vivíamos.

Pero ¿saben que no cambió? Las condiciones de trabajo de los profesores;  porque a estos, si los mandaron a enseñar sin botas, sin tapabocas, sin casco, ni capacitación alguna, que les señalara por lo menos como pararse durante horas, lo que habría evitado que miles de ellos anden con la columna llena de hernias, con las cuerdas bucales distorsionadas y la mente afectada.

En 1979 se emitió la Ley 9na, que entre otras cosas, trae consigo las obligaciones en materia de salud ocupacional que poseen los empleadores privados y públicos, lo que al parecer fue ignorado por el ejecutivo colombiano, pues, vaya usted a preguntar a algún colegio oficial del país, si en este existió antes del año 2015, un programa de salud ocupacional, el comité paritario de salud ocupacional, los diferentes sub programas, estadísticas sobre las enfermedades y accidentes laborales recurrentes en ese plantel y medidas de mitigación de los riesgos laborales entre otra cuestiones sensibles a la materia, y verá, que la respuesta será un rotundo ¡no!

El año 1979 fue una fecha que ahora nos parece lejana, y Colombia se asemejaba a una gran parcela de tierra improductiva con un atraso institucional y administrativo monumental, pero posterior a la Ley 9na, las cosas no se quedaron estancadas en materia de salud ocupacional, pues surgieron Decretos y Resoluciones del Ministerio del Trabajo y otros, que regulaban diferentes detalles del cuidado preventivo en los puestos de trabajo, reitero, de los empleadores públicos y privados.

Lamentablemente, dichas normativas no fueron aplicadas a los planteles educativos, ya sean de carácter nacional o departamental. Tal vez, ese silencioso desprecio de la oficialidad a los maestros de Colombia, nace por la creencia muy criolla de que el trabajo que hace daño al cuerpo y la mente, solo es aquel que es realizado con fuerza bruta, y que no está precedido por un gremio tan contestatario como el de los docentes, o, la otra hipótesis, era que se buscaba ocasionar un debilitamiento de la salud de los profesores a lo largo de los años, objetivo que ha sido cumplido parcialmente, porque en las marchas o paros del magisterio, es más fácil observar a los maestros de mediana y mayor edad, quienes con orgullo, se dañan la garganta con consignas y se pigmentan la piel con el implacable sol.

Pero la omisión de protección a los docentes en sus puestos de trabajo, no es lo peor de toda esta historia, pues desde 1979 hasta 1989, el cuerpo magisterial tenía normativas que exigían la aplicación de medidas de salud ocupacional en los planteles educativos, otra cosa es, que el Ejecutivo se pasara por la faja esas obligaciones. Ya se partía de que las cosas estaban mal, existían mandatos legales pero no se cumplían, no obstante, lo impensable sucedió.

Con la Ley 91 de 1989 se creó el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y se facultó a una fiduciaria (Fiduprevisora SA) para que administrara los dineros contenidos en el mencionado fondo, todo esto con la finalidad de que los docentes pudiesen seguir gozando del régimen pensional y salarial resguardado en los Decretos 2277 de 1979, 3135 de 1968 y 1848 de 1969. Además de que la misma Ley 91 de 1989, sirvió como medida de protección de la posterior entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, la cual “respetó” y excluyó de sus negativos efectos a los profesores oficiales.

Hasta ahí parece que el Magisterio había ganado la pugna por continuar con su beneficioso régimen prestacional, sin embargo, el golazo a la salud de los docentes fue monumental. La Ley 100 de 1993 excluyó de sus efectos a los docentes oficiales, recuerden que esta norma, creó el Sistema General de Seguridad Social Integral, el cual está compuesto por el Sistema de Pensiones, el Sistema de Riesgos Profesionales y el Sistema de Salud, principalmente. En cuanto al Sistema de Riesgos Profesionales, este fue regulado por el Decreto 1295 de 1994, que también excluyó de sus efectos al Magisterio, pues en su artículo 01, dejó claro que todas las normativas en salud ocupacional hacían parte de su campo de acción, y en el artículo 03, sentenció que los regímenes excluidos de la Ley 100, también estaban excluidos de su campo de aplicación. La salud y el bienestar del profesorado fueron arrojados a la basura, con la misma siniestra gracia con la que un basquetbolista anota una canasta. La solución justa, era que los maestros continuaran con su régimen pensional, pero recibieran protección ocupacional, pero las lumbreras del Congreso que expidió la Ley 100 de 1993, se lucieron.

En síntesis, ya había el fundamento legal para decirle a un docente en su cara, que ellos no tenían derecho a un sistema de salud ocupacional, ni comités paritarios, ni análisis de puestos de trabajo, ni panoramas de riesgos ni nada de eso, porque sencilla y llanamente, esos derechos estaban reservados a aquellos funcionarios y trabajadores que no habían sido excluidos de la Ley 100 de 1993.

En algunos pronunciamientos, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional, manifestaron que la exclusión que creó la Ley 100 de 1993, se debía entender positivamente a favor de los docentes, pues, al ser un régimen excepcional, este debía poseer mejores derechos prestacionales y asistenciales que los trabajadores comunes del país, partiendo desde el estándar general de los derechos mínimos laborales. Toda vez, que no es entendible, que un empleado de un almacén que labora por un SMLMV, pudiera obtener una indemnización por incapacidad permanente parcial por sufrir un accidente de trabajo, y un docente oficial no, o que el primero pueda gozar de un sistema de gestión para la seguridad y salud en el trabajo y el maestro no,  todo un tratamiento absurdo  por virtud de la Ley 100 de 1993 y el Decreto 1295 de 1994.

Entonces, nuestros docentes se montaban en el corcel de su profesión pero sin montura, sino “a pelo”, porque las normas manifestaban que ellos no tenían derecho a una. Esto, ha generado que los profesores de Colombia se hayan enfermado y accidentado en abundancia por ocasión de sus labores, porque nada los protegía frente a los riesgos profesionales.

Alguien podría decir, bueno pero este abogado que escribe desde Santa Marta es una sola golondrina que no hará verano, sin embargo, antes hubo otras golondrinas de mayor peso que el suscrito, como el fallecido Consejero de Estado, Gerardo Arenas Monsalve y la senadora (para el momento) Gloria Inés Ramírez del Polo Democrático Alternativo, quien el 04 de agosto de 2010, presentó un proyecto de Ley para modificar el sistema de riesgos profesionales en Colombia, en dicho proyecto se contempló aplicar las normas de salud ocupacional para el sector docente sin quebrantar su régimen de excepción, el mencionado proyecto nominado como el 067 de 2010 en el Senado, se convertiría en la Ley 1562 de 2012. (Recomiendo leer la exposición de motivos del proyecto de ley).

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