Nada ha despertado más polémica en el Acuerdo de paz firmado entre el gobierno Santos y la guerrilla de las Farc que el tema de la justicia y las sanciones que deberán tener los actores armados que participaron en el conflicto. De todos los bandos. Los guerrilleros tendrán que acogerse pero son muchos los militares y de algo rango, asi como personas naturales quienes han perdido ser aceptados en el Tribunal de paz. Incluso los paramilitares quienes ya se sometieron en su momento a Justicia paz, han pedido comparecer para buscar, si aportan verdad, rebajas de penas.
¿Qué es realmente este tribunal de justicia JEP? ¿Cuál es el alcance de las penas y las sanciones para quienes confiesen los crímenes? ¿Por qué es considerado en el mundo ejemplar como formula de cierre jurídico del conflicto colombiano en el mundo y en Colombia levanta tanta ampolla? Todo estoy y mucho más explica el jurista Rodrigo Umprimmy, quien además de profesor de la Universidad Nacional, fundador de DeJusticia y miembro del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, en conversación con Juan Manuel Ospina.
Juan Manuel Ospina: Vamos a hablar de la JEP, Rodrigo conoce la JEP y nos da unas luces a los que intentamos entender la Justicia Especial para la Paz. Bienvenido y ayúdanos a poner nuestras ideas en orden
Rodrigo Uprimmy: El tema fundamental para entender la JEP es el dilema de Justicia y Paz, de cómo lograr una paz negociada con un actor armado con vocación política y que no había sido derrotado como las FARC; cómo lograr un Acuerdo con esa guerrilla que honre los derechos de las víctimas. Es algo muy difícil.
El caso colombiano fue el primero en el mundo en hacer esto, es que cuando el actor armado está derrotado le impone la justicia del vencedor, cuando hay una rendición. Como pasó con los Nazis en la Segunda Guerra Mundial. Aunque en Nuremberg sólo pagaron los alemanes, nadie, de los aliados, pagaron por bombardeos tan terribles sobre ciudades alemanes como Dresde. Este fue el primer modelo, el segundo modelo era el clásico, la de queremos hacer la paz y la hacemos a través de una amnistía.
Era el modelo clásico de resolución de conflictos. Había que reconocer que las FARC no habían sido derrotados; no podía ser el modelo de la amnistía, ni imponer el modelo surafricano, el modelo de verdad por justicia, se decían las personas que habían cometido crímenes atroces que si iban a la comisión verdad y reconocía que participó en la desaparición en una persona, y entonces le daban amnistía. Entonces no puede ser la justicia ordinaria, ni la amnistía, sería inaceptable. Había que inventarse un nuevo modelo, por eso duraron 18 meses para acordarlo. Trajeron incluso expertos de otras partes del mundo para cambiarle además el chip a las FARC, de que “nosotros somos unos rebeldes que ejercimos el derecho a la rebelión” . Tocaba convencerlos de que no, de que si había ejercido el derecho a la rebelión esta tiene límites y había que hacer justicia. Este no era un Estado impoluto contra una guerrilla que había cometido atrocidades, lo mágico es que se dio
JMO: ¿Cuál fue el secreto?
R.U: Habían varias cosas para resolver. ¿Quién había que hacer esa justicia? Las Farc decían que ellos no estaban derrotadas y había que acogerse a esa justicia. En Colombia la justicia no ha colapsado y en ese contexto la sociedad colombiana no va a admitir una comisión internacional. Si no es la justicia del enemigo y tampoco un tribunal internacional, había que hacer otra, era una justicia que emerge del acuerdo y a la cual se somete todo el mundo. Era una juridiscción colombiana que surge del acuerdo. Es una justicia que juzga a todos, no contra las FARC. Las FARC dicen listo, nosotros no somos los únicos malos, hay que ver los derechos de las víctimas de la Fuerza Pública.
JMO:Aparece un elemento que es central que es una justicia que se estructura alrededor no del castigo sino la verdad y la defensa de las víctimas
Eso es clave en dos sentidos: con eso se honró lo que Santos dijo, que las víctimas iban a estar en el centro de la búsqueda de paz y lo segundo, destrabó aquello de que las FARC habían cometido muchos crímenes pero con pretensiones políticas que merecia no ser calificarnos de delincuentes comunes. El tema del delito político es una vieja tradición colombiana, la idea de que hay unos delitos motivados por razones políticas, la idea de que eran delincuentes políticos, rebeldes, fue clave para simplificar algunas elementos políticos.
Se podían amnistiar crímenes que no fuera universales. Se estaba negociando con un actor político que había tenido en su interior algunas atrocidades. Si las FARC fuera un actor delincuencial la negociación hubiera sido más fácil, sin negociar reformas económicas y políticas. Para alguien que es un criminal no le quita el sueño ser tratado como un criminal, como cuando mandaron a Pablo Escobar a la cárcel, para alguien alzado en armas es más difícil. Lo segundo es qué tipo de política es asumir esa justicia que no sea una humillación que le impida su tránsito a la política, la fórmula que se logró fue combinar elementos de justicia restaurativa y retributiva.
La primera es una justicia donde, más importante que el castigo, reconozca y restaure a su víctima. La segunda se podía hacer como por ejemplo poner a desminar, de manera humanitaria, un terreno. No pueden salir de una zona mientras se hace el favor a la víctima. El desminado es un ejemplo de justicia restaurativa.
La JEP combinó la sanción para el que cumple plenamente, quien no va a la cárcel, ni pierde los derechos políticos. Lo quisieron descalificar creyendo que se ponía a cultivar lechuga y no salir de Colombia.
Los que incumplan con lo acordado pueden tener sanciones alternativas que van entre 5 y 8 años de cárcel. U otros que no reconocen, como el General Montoya con los Falsos Positivos. Ese es el modelo, combinar elementos de justicia restaurativa y retributiva para los que hacen un mínimo aporte a la paz, con penas de 20 años, es el compromiso de no repetición. Los que incurren en repetición, como Santrich o Iván Márquez quedan en la justicia penal de castigo. Ese es el modelo, quedó en una negociación.