En la vida cotidiana interpretamos nuestras acciones personales o colectivas como legítimas, en la medida en que responden a normas jurídicas. El calificativo o evaluación que le realizamos a nuestros comportamientos, y por supuesto su contexto, obedece a lo definido por la administración judicial. Esto es lo legal.
Las preguntas fundamentales ante estos dos (2) conceptos son: ¿lo legal sí responde a un acto legítimo? ¿En el acto o actos, existe una clara relación entre la razón y la justicia?
Aquí se presenta un enfrentamiento entre lo racional y lo jurídico. De esto podemos afirmar que toda acción puede ser legal pero no legítima; o toda acción, puede ser legítima pero no legal. Por lo anterior vemos que estos dos (2) conceptos no tienen una relación conceptual (semántica).
Hasta ahora se puede deducir que lo legal viene de las entidades legislativas y la legitimidad de la valoración, aceptación y consenso de cada uno de los miembros de la comunidad. Aquí lo que se observa es una intersubjetividad. Es decir, la comunidad le otorga autoridad y permite que el acto se materialice y respete. En caso contrario conlleva una rebeldía, no aceptación de las formas de actuar y en consecuencia se pide, se exige, un cambio, modificación o eliminación de esas normas, leyes.
Desde otra mirada, la diferencia entre estos dos (2) conceptos es dada por la ética y la moral de los que elaboran las leyes, la aplican y la obedecen.
Casos se pueden observar donde las leyes no son claras, confiables, válidas, públicas, justas y su aplicación es diferencial, discriminatoria. Son elaboradas para proteger intereses de organizaciones nacionales e internacionales, excluyendo a la sociedad civil o para reprimir ciertas organizaciones sociales. Las fuerzas de seguridad del Estado no cumplen con sus protocolos de seguridad y servicio social, crean escenarios (retenes sin requisitos[1] de montaje) no para educar, sino para encontrar las vulnerabilidades de los transeúntes o conductores (escudriñadores).
Por beneficios económicos, descansos, condecoraciones, cursos en el exterior, permisos, etcétera, se les exige equis (x) número de comparendos, retenciones, decomisos. Las personas retenidas o capturadas, sin argumentaciones jurídicas (detenciones arbitrarias) en escenarios normales o de protesta, no se les lee sus derechos ni se les explica la razón o hechos que sustentan su detención, son mal conducidas, son maltratados físicamente (golpes, choques eléctricos, torturas, ataduras) y verbalmente (groserías, improperios, amenazas); en otros casos forman parte de actos delictivos, como el de permitir o facilitar el actuar de los delincuentes o extorsionar. Estos comportamientos y otros más son filmados y reportados en los medios abiertos y redes sociales.
Desde la visión de Max Weber (La idea de legitimidad), podemos decir que las formas de actuar o comportarse la población civil frente a los actos de la policía nacional se halla el concepto de legitimidad. Este término se encuentra involucrado con los conceptos de dominación, que se refiere a la probabilidad de encontrar obediencia, acción arbitraria, unilateral (control de la voluntad individual); poder, probabilidad de imponer la propia voluntad, “sobre” (dominación) o “para” (materializar algo); y relación o acción social, que no es otra cosa que el contexto intersubjetivo, donde los comportamientos de la comunidad se materializan con arreglo a fines o valores. Son aceptados o rechazados.
Por otro lado, y complementariamente, dice que los tipos de dominación son: el legal-racional (burocrática), el carismática (devoción afectiva) y el tradicional (patriarcal).
A su vez, Habermas entiende la legitimidad como “el hecho de merecimiento de reconocimiento por parte de un orden político”. Es decir, la legitimidad es la evidencia para convencer a los ciudadanos de que lo que se aplica garantiza la estabilidad social, el equilibrio, la equidad, justicia, no discriminación, igualdad en el tratamiento social.
Enriqueciendo este contenido, le sumamos, no se puede dejar de lado a Carl Schmitt, en el sentido que para él existe una relación de opuestos entre los conceptos de legalidad y legitimidad. Esta oposición, pues es cierto, tiene que ver con los contenidos de las normas. Las leyes en Colombia cambian, mutan, se traslapan. Están sometidas a intereses particulares, sectarios, negando la accesibilidad a diversas formas de pensamiento. La legalidad tiene fuerza y valor cuando los contenidos de las normas son razonables, justas y las circunstancias de tiempo, modo y lugar justifican su elaboración.
Teniendo en cuenta estas posturas, se quiere decir que los actos se ejecutan de acuerdo con los valores, donde los medios (reglas), como los fines (objetivos-metas) son respetados. En consecuencia, las valoraciones del entorno estatal (instituciones burocráticas), el social, y su carácter de verdad jurídico-social son factores que fortalecen la estabilidad y le dan credibilidad a la gobernanza del Estado.
Por efecto, la legitimidad no es otra cosa que la coherencia y buen funcionamiento de las instituciones políticas (Fuerzas Armadas), para el caso que estamos interpretando; que en su accionar, esos comportamientos son justos, válidos, confiables, razonables, con una aplicación de simetría en su tratamiento o accionar, con las personas involucradas y que la ciudadanía y los afectados la evalúan y califican tal cual.
Reforzando lo dicho, la legitimidad es un factor fundamental para que en las sociedades se alimenten de paz, justicia, convivencia social (donde los intereses individuales están armonizados, no reprimidos), estabilidad, cohesión social, confianza y credibilidad.
A los policiales se les está tratando mal, con palabras, símbolos, imágenes y agresiones, todo por consecuencia a que la institución se volvió disfuncional, no está cumpliendo su visión, misión, políticas, metas, objetivos, estrategias, procedimientos, actividades, planes de acción; propuestas direccionadas a materializar su función o razón de ser. Esta disfuncionalidad la hace ser una entidad ilegítima. (ver la reestructuración de la Policía I y II, las2orillas)
Nuestros policías han olvidado:
- La procedencia y lugar de vivienda. Son de estrato 1, 2, o 3. Lo paradójico, es que de día combaten la delincuencia y de noche duermen con ellos. Mismos barrios, vecinos o aledaños.
- Han olvidado que en la toma de decisiones se debe comparar y valorar el peso, entre los costos y los beneficios de su actuación. No todo lo legal es legítimo. Ejemplo, detener a alguien por robar un medicamento necesario para evitar la muerte de un familiar y esta persona no tiene antecedentes. Policía paga alimento para niños que un hombre robo, pues no podía alimentar a sus hijos.
- Jamás olvidar que las ordenes se agotan cuando entran en conflicto con el ordenamiento jurídico (legal) y los derechos humanos (legitimidad). No todo se debe cumplir. Ejemplo: Patrullero de la policía, se niega participar en un desalojo de un grupo de familias asentadas en inmediaciones del rio Pence, del departamento del Valle del Cuaca (¿será que continua en la institución?).
- El comportamiento policial no necesariamente, debe ser reactivo. Debe ser más proactivo y con su institución, tornarse prospectivo.
- Los protocolos establecidos, para la convivencia (relaciones sociales), seguridad (protección de los derechos y libertades), tranquilidad (ejercer los derechos y libertades), ambiente (protección recursos naturales) y salud pública (mejorar las condiciones de bienestar y calidad de vida), se han olvidado.
Frente a esta disfuncionalidad e ilegitimidad, elementos que materializan el mal desempeño, de los actos policiales, son los que los han llevado a perder credibilidad y respeto ante la ciudadanía.
La comunidad, de forma individual como colectiva, ha reaccionado de la siguiente manera:
- Ataques físicos a los policiales, mediante golpes, usando las manos, los pies (patadas), armas contundentes, blancas, de fuego, arrojadizas, etc.
- La manera de actuar de la población, es masiva frente a los procedimientos policiales.
- Destruyen los Centros de Atención Inmediata (CAI), como sus vehículos.
- Los medios de comunicación, dicen que los lesionados (2020) superan los 1.715 casos (El Tiempo 09 agosto).
- Las veedurías ciudadanas, están filmando, los malos procedimientos de la policía, las formas de maltrato ciudadano y hacen viral esas actuaciones.
A manera de síntesis, se usará una tabla recurriendo a la lógica proposicional, donde las sentencias lógicas, están representados en lo “legal” y lo “legítimo”; y sus implicaciones o evaluaciones de verdad son la “acción policial” y la “acción social”.
LEGAL | LEGÍTIMO | ACCIÓN POLICIAL | ACCIÓN SOCIAL |
V | V | Legal - Racional | Apoyo – Aceptación - Credibilidad |
V | F | Impuesta | Protesta – Perdida Credibilidad |
F | V | Racional / Ilegal | Apoyo / Irrespeto - Protesta |
F | F | Anárquica | Reactiva – Defensa - Revolución |
Para finalizar, las acciones tomadas por los gobernantes frente a los efectos de enfrentamiento entre la comunidad y la policía son: adelantar consejos de seguridad, proponer el incremento del pie de fuerza; ofrecer recompensas, para ubicar los autores, hacer uso de cámaras de seguridad, etcétera. Son sofismas de distracción. Su tarea se debe enfocar a volver a la institución funcional y legítima.
[1] Cantidad de policiales (mínimo seis -6-), cada uno con diferente función, debidamente uniformados e identificables, ubicación del retén (línea recta, lugar caracterizado por su accidentalidad, infracciones, quejas), tiempo de servicio (no mayor de tres -3- horas), equipo de señalización (conos, paletas pare–siga)