Por los derechos de los reincorporados de las Farc

Por los derechos de los reincorporados de las Farc

Muchos de ellos se debaten en situaciones dramáticas de orden social, salud, educación, trabajo y político

Por: Horacio Duque
octubre 28, 2019
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Por los derechos de los reincorporados de las Farc
Foto: Twitter @CNRFARC

Tan accidentado y desigual como el proceso de implementación de los acuerdos y la construcción de la paz ha sido la ruta de reincorporación de los integrantes de las Farc a la vida constitucional, legal y política en los términos de los consensos alcanzados en el año 2016.

Si al término del gobierno del señor Santos los vacíos y contradicciones en materia de paz fueron frecuentes e intencionales en la conducta del Estado, las cosas empeoraron con el nuevo gobierno de Iván Duque, presionado por el uribismo para hacer trizas los acuerdos argumentando el triunfo del no en el plebiscito de octubre del 2016.

En los catorce meses del actual gobierno el sabotaje a la paz ha sido algo sistemático y deliberado no obstante la retórica internacional del presidente sobre la implementación de los pactos firmados en La Habana y Bogotá. Tanto así que un sector muy importante de las Farc, liderado por Iván Márquez, El Paisa, Romaña y Santrich, debieron regresar a la lucha armada argumentando el incumplimiento del Estado, el asesinato de los guerrilleros, el exterminio de los líderes sociales y la presión de los montajes judiciales orquestados por la Fiscalía en contubernio con la DEA.

Regreso a la acción armada que en su nuevo ciclo ha de interpretarse en los escenarios de la geopolítica regional reconfigurada por la estrategia norteamericana y bogotana de destruir a todo trance el gobierno socialista y contra neoliberal del presidente Nicolás Maduro. Están fuera de foco quienes interpretan el rearme de las Farc con los escenarios de su constitución agraria en Marquetalia en 1964; sin querer decir que los elementos del programa contra el latifundio y la gran hacienda no pesen en las plataformas programáticas de la resistencia del siglo XXI.

La parte más complicada del bloqueo actual a la paz es aquella que hace relación con el desconocimiento de los derechos de los integrantes de las Farc que se acogieron de buena fe a lo previsto en los textos de los pactos.

El pasado fin de semana (18 y 19 de octubre) participamos en varias reuniones en la ciudad de Montería en la que intervinieron excomandantes farianos de columna, de frente e integrantes de Estado mayor de los bloques. Escuchamos de primera mano la trágica y difícil experiencia de los procesos de reincorporación, plagados de atropellos, injusticias y arbitrariedades, las mismas que se reparten las instituciones del gobierno y los flamantes directivos del Partido de la Rosa (Timochenko, Lozada, Alape, Granda y compañía).

Patética la conducta de estos directivos gobiernistas (prouribistas) que se han volcado a despojar bienes de su organización, a realizar negocios en beneficio propio y a favorecer roscas empecinadas en la trepadera social a toda costa, como reflejo de su degradación ética, política y revolucionaria, pues su línea de base procuro eliminar el marxismo, el leninismo y la teoría crítica revolucionaria en esta fase de acomodamiento sistémico al neoliberalismo y al régimen político de la parapolítica dominante en el Estado.

El encuentro de Montería, con el liderazgo de Fabián Ramírez, Andrés Paris, Julio Rincón, Gadafi, Mojoso y otros destacados miembros de los reincorporados, sirvió para determinar una hoja de ruta democrática y constitucional del reclamo de los derechos de los mismos, para el efecto se adelantó un segundo encuentro (el primero se hizo en Neiva) con los funcionarios del gobierno encargados de la gestión de la implementación de los acuerdos y de atender los aspectos de la integración de las Farc, me refiero a los señores Emilio Archila y Rafael Sarmiento.

Desde luego, una hoja de ruta de demanda de tales derechos implica retomar inicialmente los principales elementos de la acción legal prevista en los acuerdos.

En efecto como resultado del acuerdo general para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera firmado en agosto del 2016 se determinó un horizonte del fin del conflicto que se previó como un proceso integral y simultáneo que implicaba:

1. Cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo.

2. Dejación de las armas. Reincorporación de las Farc-Ep a la vida civil, en lo económico, lo social y lo político , de acuerdo con sus intereses.

3. El gobierno nacional coordinará la revisión de la situación de las personas privadas de la libertad, procesadas o condenadas, por pertenecer o colaborar con las Farc-Ep.

4. En forma paralela el gobierno nacional intensificará el combate para acabar con las organizaciones criminales y sus redes de apoyo, incluyendo la lucha contra la corrupción y la impunidad, en particular contra cualquier organización responsable de homicidios y masacre o que atente contra defensores de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos.

5. El gobierno nacional revisará y hará las reformas y los ajustes institucionales necesarios para hacer frente a los retos de la construcción de la paz.

6. Garantías de seguridad.

7. En el marco de lo establecido en el punto 5 (víctimas) de este acuerdo se esclarecerá, entre otros, el fenómeno del paramilitarismo.

La firma del acuerdo final inicia este proceso, el cual debe desarrollarse en un tiempo prudencial acordado por las partes.

Sin duda, este esquema acogía en sus elementos fundamentales el DDR de la ONU que derivaron en los conceptos empleados por Naciones Unidas: desarme, desmovilización y reintegración.

Previsto así ocurrió la entrega exprés de las armas por la guerrilla, la localización en unos espacios territoriales de transición, la amnistía, el indulto, la normalización judicial, la entrega de incentivos salariales y la gestión de algunas actividades institucionales y de promoción productiva.

Al tiempo se dio la reincorporación política con la constitución del Partido de la Rosa (de orientación social cristiana y bíblica), la asignación de 10 curules parlamentarias, la entrega de una personería jurídica, la asignación de unos recursos financieros, igualmente la reincorporación económica y social que proyectó la constitución de una cooperativa (E común), la creación del Consejo Nacional de Reincorporación (en el que intervienen dos delegados de Timochenko) y la organización de un centro de pensamiento y de formación política, que es administrado a discreción por Granda y Estrada.

Todo este dispositivo institucional y político ha sido gravemente distorsionado y deformado por la mezquindad de la actual camarilla del Partido de la Rosa, en cabeza del señor Timochenko, con una muy grave afectación de los derechos de miles de exintegrantes de las Farc que se debaten en situaciones dramáticas de orden social, de salud, de ingresos, de educación, de trabajo y político, pues casi 200 exguerrilleros han sido asesinados, otros padecen delicados estados emocionales y daños estructurales en su salud individual.

Colocados en semejante situación es explicable la decisión tomada por este grueso grupo de excombatientes de actuar por cuenta propia y de manera organizada para exigir del gobierno con sus instituciones el cumplimiento de las obligaciones en los términos en que está consagrado en las normas constitucionales, legales y gubernamentales. El gobierno está en la obligación de cumplir los pactos y para el efecto debe atender directamente la vibrante demanda de los excombatientes reincorporados sin la nefasta y dañina intermediación de los directivos de la Rosa con asiento en el Consejo de Reincorporación.

Una acción organizada de este importante núcleo debe considerar con juicio toda la infraestructura legal alcanzada con su aporte y sacrificio. Me refiero a los Decretos 899 del 2017 , al Decreto 897 del 2017, al Documento Conpes 3931 del 2018 y al decreto que reglamentará el artículo 283 del Plan Nacional de Desarrollo, el cual se refiere a la administración y destinación de bienes. Adicionar un parágrafo al artículo 91 de la Ley 1708 de 2017, modificada por el artículo 22 de la Ley 1849 de 2017, así:

Parágrafo 4°. Los predios rurales donde se desarrollen o vayan a desarrollar proyectos productivos por parte de la población en proceso de reincorporación serán transferidos directamente por la Sociedad de Activos Especiales (SAE) a los beneficiarios de estos proyectos que indique la Agencia Nacional de Reincorporación, en los plazos que defina el Go­bierno Nacional. En estos casos se configurará una excepción frente a la obligación de transferir todos los bienes rurales a la Agencia Nacional de Tierras. Se excluyen de esta previsión los bienes a que se refiere el artículo 144 de la presente ley. 

Todo lo anterior es parte de una estrategia política que permita reorientar en términos progresistas y revolucionarios la implementación de los acuerdos de paz.

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