Todos conocimos la iniciativa innovadora de la Gobernación de Antioquia que desde el pasado 23 de marzo invita a todos los ciudadanos a donar o aportar dinero para culminar el denominado proyecto de las vías 4G: túnel del Toyo, conexión Bolombolo, conexión Primavera, conexión a Puerto Antioquia, conexión Subregión Occidente- Embalses- Norte.
A los pocos días de iniciarse el recaudo se hizo viral una consignación por valor de diez millones de pesos que se realizó desde Turbo Antioquia a nombre del grupo delictivo Clan del Golfo. Tal depósito fue hecho supuestamente para apoyar la vaca propuesta por la gobernación. Ahí empezó a enredarse todo, pues al conocerse la noticia, de inmediato el presidente Petro vía X le preguntó al gobernador de Antioquia si cumpliría o no la ley penal, haciendo referencia al Art. 316 del código penal, Captación masiva y habitual de dinero.
Casi de inmediato, el actual gobernador de Antioquia Julián Rendón Cardona, haciendo malabares jurídicos, contradigo la crítica presidencial, que terminó siendo premonitoria; indicando que la vaca por las 4G, no son una captación masiva de dinero, sino, una donación.
Paralelamente, aprovechando la situación, salieron a escena los senadores Miguel Uribe Turbay, Paloma Susana Valencia Laserna, Esteban Quintero Cardona, Andrés Felipe Guerra Hoyos, Paola Andrea Holguín Moreno, María Fernanda Cabal Molina y los representantes a la Cámara Juan Fernando Espinal Ramírez, Hernán Cadavid Martínez, John Jairo Berrío López y Julián Peinado Ramírez.
Ellos, copartícipes de la iniciativa, aportaron sus propios recursos económicos, y así, públicamente, decidieron colaborar, promover y ayudar a financiar la dichosa colecta, a pesar inclusive, de conocer que las vías no están bajo el control de la gobernación y el tema sin resolver de la supuesta “donación” del Clan del Golfo.
Volviendo a las respuestas del gobernador, las donaciones a las que hizo referencia para esquivar la crítica del presidente Petro están reguladas en el código civil, en el Articulo 1446, que las define como la transmisión, gratuita e irrevocable que una persona hace sobre uno de sus bienes o activos, en este caso dinero; a otra persona que la acepta, en este caso la Gobernación de Antioquia. Es decir, es un acto bilateral, que depende de la voluntad de las partes, es un contrato.
Ahora resulta que, los honorables congresistas que donaron y que orgullosamente expusieron ese acto desprendido, creo yo, para dar apariencia de legalidad y confianza a los ciudadanos aportantes que estaban inquietos por las advertencias del presidente, terminaron enredados por las palabras del gobernador contestatario y, sobre todo, por la configuración del contrato de donación que se exhibe aún en la página de la gobernación, pues ello resulta en un acto prohibido para los congresistas.
Al verse en una encrucijada legal adobada con sus propias palabras, para desviar la atención respecto a la captación masiva e ilegal de dineros del público señalada por el presidente, terminó el autor de la iniciativa encerrado en el concepto de donación, por lo que, ahora, viéndose obligado a desinstalar afanosamente la “donación” que alardearon los congresistas, el gobernador decidió salir al Congreso de la República y anunciar públicamente que va a devolver los aportes de los congresistas para no generar una discusión juridica ya que, según él, la Gobernación no acepto tales emolumentos aún. Otro malabar jurídico más.
Esta nueva pirueta la realiza el señor Gobernador al conocer que fue aceptada por el Consejo de Estado una demanda de p+erdida de Investidura, radicada en contra de los legisladores que le donaron, pues muy bien analizado está, por parte del demandante, el abogado Carlos Mario Patiño, ningún congresista puede tener contratos con el Estado, ni siquiera, si son a título gratuito, es decir, sin esperar nada a cambio.
Claro, es de esperarse un salto mortal de la gobernación para decir que esas donaciones no configuran un contrato, pero resulta que, al respecto, existen jurisprudencias del Consejo de Estado y de la Corte Suprema de Justicia, así como, conceptos de la Superintendencia de Notariado y Registro que afirman, de forma pacífica y reiterada, que la donación no solo es un simple acto entre vivos, es un contrato que establece condiciones como las que se exhiben en la página de la gobernación: Aceptación de las voluntades, que sea irrevocable, que sea gratuito y que se disponga con un fin, las 4G.
La cosa no le resultará fácil al gobernador, pues tampoco ha recibido del gobierno el dominio y control sobre las vías que pretende pagar con los recursos que recauda, por lo que, la advertencia sobre la captación masiva e ilegal sigue latente, porque recolecta para brindar un servicio como es, el de la movilidad con las vías, a pesar de que no tiene competencia sobre ellas.
Me pregunto: ¿por qué el gobernador es capaz de anunciar la devolución de unos aportes o donaciones que son irrevocables de acuerdo con el Art 1440 del código civil, para sanear la transacción imprudente de los congresistas que le aportaron y en cambio, no hace lo mismo, con los recursos de la persona que públicamente fue expuesta como el encargado de consignar recursos del Clan del Golfo, ¿acaso ya garantizó que dichos dineros depositados no provenían de fuente ilícita?
¿Por qué la procuradora general de la Nación, Margarita Cabello Blanco, tan sermoneada en estos días por sus derroches, no ha intervenido para revisar la vaca conformada con dineros del público con destino a pagar obras sobre las que el gobernador no puede disponer?, ¿será que ella solo tiene ojos para los funcionarios públicos del gobierno y no para los servidores de la oposición?
@hombrejurista