¿Por qué está enredada la Fiscal Zamora?

¿Por qué está enredada la Fiscal Zamora?

Análisis de Elmer Montaña, defensor de Sigifredo

Por: Elmer Montaña
junio 20, 2013
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¿Por qué está enredada la Fiscal Zamora?

Pocas horas después de que el Consejo Superior de la Judicatura notificara el pliego de cargos a la doctora MARTHA LUCIA ZAMORA, fiscal 4 delegada ante la Corte Suprema de Justicia, por sus actuaciones dentro de la investigación que la fiscalía adelantó contra SIGIFREDO LOPEZ TOBON, la funcionaria salió ante los medios de comunicación y ofreció su versión de los hechos, descalificando al magistrado instructor, de quien dijo no había realizado “una real valoración de las pruebas”, advirtiendo de paso que espera que esto no sea una retaliación en su contra por el proceso que adelanta contra la secretaria del Consejo Superior de la Judicatura y no tuvo recato alguno para afirmar que duda de la inocencia de SIGIFREDO, “porque la prueba de voz que se le hizo no fue conclusiva y no se pudo realizar con viva voz que pudiera permitir descartar su responsabilidad penal.” (ver http://www.semana.com/nacion/articulo/espero-esto-no-retaliacion-contra/348058-3)

La entrevista ofrecida a semana.com, constituye una prueba fundamental que el Consejo habrá de tener en cuenta a la hora de tomar una decisión, pues además de contener mentiras fácilmente comprobables, expresa la confesión de la doctora ZAMORA respecto a la injerencia que tuvo en las decisiones adoptadas por el fiscal 38 de derechos humanos, PABLO CESAR GARCIA.

En efecto, no dice la verdad la funcionaria cuando afirma que no se pudo realizar un cotejo “con viva voz” de SIGIFREDO LOPEZ. El país recuerda muy bien que el señor Fiscal General de la Nación aceptó que SIGIFREDO fuera entrevistado en directo por DARIO ARISMENDI de la cadena Caracol y que dicha entrevista fuese enviada a los laboratorios del FBI para el respectivo cotejo con la voz que se escucha en el famoso video donde aparece un insurgente (alias JJ) preparando el secuestro de los diputados a la Asamblea del Valle del Cauca. Esto permitió que el cotejo se hiciera con “viva voz” del ex diputado.

contenido grafico 1 - ¿Por qué está enredada la Fiscal Zamora?Con un desparpajo que raya en la ingenuidad la doctora ZAMORA reconoció en dicha entrevista que intervino directamente en las decisiones adoptadas por el fiscal 38, “Un proceso de esta importancia exigía la revisión de las personas de mayor confianza del señor fiscal. Aquí trabajaron el fiscal general, el vicefiscal, la directora de Derechos Humanos, un fiscal subdirector de esa unidad, y el fiscal del caso, Pablo García, y la directora del CTI. Casi en ninguna de las reuniones estuvieron los investigadores que ahora dicen que yo tomé decisiones arbitrarias. Es decir, quiero resaltar que al fiscal del caso no se le impuso nada y se le respetó todo. Sólo se le sugirieron cambios para enriquecer la decisión.” Con independencia de lo que puedan afirmar el vice fiscal y los demás funcionarios, que según la entrevistada, “trabajaron” en el caso, lo cierto es que la doctora ZAMORA confesó haber injerido en la decisión del fiscal 38, lo cual constituye una falta gravísima al tenor de lo dispuesto en el artículo 5 de la ley 270 de 1996 (ley Estatutaria de la Administración de Justicia), según el cual “Ningún superior jerárquico en el orden administrativo o jurisdiccional podrá insinuar, exigir, determinar o aconsejar a un funcionario judicial para imponerle las decisiones o criterios que deba adoptar en sus providencias.”

Este solo aspecto bastaría para que el Consejo Superior de la Judicatura sancionara con destitución a la funcionaria e inhabilidad para ejercer cargos públicos por un largo periodo. No obstante del pliego de cargos formulado el 18 de junio de este año a la Dra. ZAMORA, se derivan otras faltas gravísimas basadas en las pruebas que de manera juiciosa recaudo el magistrado HENRY VILLARRAGA OLIVEROS, del Consejo Superior de la Judicatura.

Recordemos que esta corporación abrió investigación por el caso de SIGIFREDO LOPEZ a petición de la misma MARTHA LUCIA ZAMORA, con fundamento en las afirmaciones realizadas en su contra por los periodistas MARÍA JIMENA DUZAN y ARMANDO MONTENERGO, en columnas de opinión de la revista SEMANA y el diario ESPECTADOR respectivamente.

En un escrito de 38 páginas y radicado con el número 110010102000201300591 00, el magistrado ponente hizo una valoración de las pruebas que muestra a las luces la dolosa y perversa intervención de la fiscal ZAMORA en la referida investigación y categóricamente señala que se encuentra probado y se “hace evidente que no existió una verdadera autonomía e independencia del Dr. PABLO CESAR GARCÍA LÓPEZ, Fiscal 38 Especializado de la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Cali, quien tenía a su cargo la investigación por el secuestro y homicidio de los diputados de la Asamblea del Valle del Cauca, en la medida en que sus determinaciones fueron impuestas por funcionarios ajenos al decurso investigativo, quiénes presuntamente tomaron, en forma arbitraria, abusiva y conculcatoria de los derechos del procesado, la dirección, el control y supervisión del sumario, vulnerándose así el debido proceso y el derecho de defensa de quien estaba sujeto a investigación, al sugerir las pruebas a practicar; valorar e indicar el mérito que debía otorgarse a las mismas.”

El CSJ pudo establecer que los investigadores del caso fueron orientados no por el fiscal 38, encargado del caso, sino por la Dra ZAMORA, “quien decidió sobre los aspectos a elucidar, las entrevistas que se debían recaudar y las pesquisas a realizar”. Para tal efecto, tal y como lo acreditó la misma fiscalía, el fiscal PAULO CESAR GARCIA LOPEZ, la asistente judicial VERONICA HURTADO PALMA, y los investigadores MARGARITA MARIN RESTREPO y CARLOS EDUARDO JIMENEZ GALLEGO, viajaban constantemente a Bogotá a recibir “instrucciones” de la doctora ZAMORA, sobre el itinerario que debía seguir la investigación contra SIGIFREDO LOPEZ.

La falta de autonomía del fiscal 38 fue explicada por MARGARITA MARIN al magistrado instructor durante el interrogatorio a que fue sometida la semana pasada, cuando dijo ““yo considero que no hubo libertad por parte del despacho treinta y ocho en ningún momento dado que todo el tiempo fue supervisado, aconsejado, sugerido y ordenado por la Jefatura de la Unidad de Derechos Humanos y por la doctora MARTHA”.

Por su parte VERONICA HURTADO PALMA, aseguró al instructor “que el día 4 de mayo de 2012, fueron convocados –refiriéndose al doctor Paulo Cesar García López en su condición de Fiscal 38 de la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de Cali y a los investigadores Margarita María Marín Restrepo y Carlos Jiménez-, a un comité técnico jurídico a las instalaciones del Bunker de la Fiscalía General de la Nación en la ciudad de Bogotá”. Agregó que en dicha reunión se les indicó “y especialmente al doctor PAULO CESAR, que teniendo en cuenta lo delicado de la información, lo sensible para el país y lo doloroso para las víctimas, siempre íbamos a estar dirigidos y apoyados tanto por los jefes de la unidad nacional de derechos humanos como por la doctora MARTHA LUCIA ZAMORA”. Según la declarante estas reuniones continuaron en varias oportunidades siempre con presencia de la doctora ZAMORA, algunas veces en su despacho y otras en la oficina de la Dirección General de la DIJIN.

En su momento la defensa de SIGIFREDO LOPEZ pensó que esta disparatada investigación era una respuesta de sectores de extrema derecha por el atentado cometido contra el ex ministro FERNANDO LONDOÑO. El asunto parece quedar confirmado por la asistente VERONICA HURTADO, cuando afirmó bajo juramento que el mismo día del fatídico acto terrorista se llevó a cabo la primera reunión en Bogotá, donde estuvieron presentes “el doctor PAULO CESAR GARCÍA, el General MENA de la DIJIN, tres peritos de la Dijin, dos de fonoaudiología un morfólogo, estaba la doctora MARTHA LUCIA ZAMORA, la doctora MARLEN BARBOSA, MARGARITA MARÍN, CARLOS JIMÉNEZ y yo”.

Lo anterior es corroborado por MARGARITA MARÍA MARÍN RESTREPO quien explicó que el fiscal 38 no estaba en su despacho, sino en las instalaciones de la DIJIN cuando recibió la orden de vincular a SIGIFREDO LOPEZ, privándolo de la libertad, “nos reunimos en la DIJIN, allí estaba el General Mena, un coronel que era como encargado del laboratorio estaban el perito de morfología y dos peritos de acústica la teniente y un civil, la doctora MARTHA LUCÍA, … cuando salimos de esa reunión se le da la orden al doctor PAULO CESAR, que debe vincular a SIGIFREDO, PAULO hace la resolución de vinculación en Bogotá esa resolución fue revisada y supervisada por la doctora MARLEN y todo lo que se hacía iba en consulta con la doctora MARTHA…” En lugar de dirigir todos sus efectivos para encontrar los responsables del atentado contra LONDOÑO, el general MENA y la Doctora ZAMORA se reunieron para ordenar al fiscal PAULO CESAR que capturara a SIGIFREDO LOPEZ. Poco después el Fiscal General EDUARDO MONTEALEGRE dijo en una entrevista en televisión que se daría inicio a la FARC-POLITICA con una decisión que “estremecería al país”, y ciertamente fue ese el efecto que causó la injusta captura de SIGIFREDO LOPEZ.

contenido grafico 2 - ¿Por qué está enredada la Fiscal Zamora?

Pero la intervención de MARTHA LUCIA ZAMORA fue más allá. De acuerdo con VERONICA HURTADO, asistente del fiscal 38, la decisión de imponerle medida de aseguramiento a SIGIFREDO LOPEZ, fue revisada, corregida y avalada por la doctora ZAMORA, “el doctor PAULO CESAR debía proyectar la resolución de vinculación del señor LÓPEZ TOBÓN y ordenar su captura, dicha resolución fue elaborada y previo a su cumplimiento fue revisada por los jefes de la Unidad por la Dra MARTHA LUCIA ZAMORA AVILA…. Luego de revisada y avalada el doctor PAULO CESAR la firmó”.

Para el CSJ, la intervención de la doctora ZAMORA viola el principio de autonomía de los funcionarios judiciales pues “es claro que, pese a que la estructura jerarquizada de la Fiscalía General de la Nación justifica las relaciones de subordinación que al interior del organismo se tejen a partir de los distintos niveles de dirección, ello no puede traducirse en el quebrantamiento del principio democrático de la autonomía judicial de los funcionarios de la Fiscalía; así, el límite de la supervisión que los superiores jerárquicos, incluido el Fiscal General de la Nación, están facultados a ejercer sobre la labor funcional de sus subordinados, encuentra un inquebrantable límite en el alcance de las funciones jurisdiccionales que corresponden a estos últimos, en razón de las que autónomamente pueden instruir las investigaciones que les son asignadas.”

Esta violación al principio de autonomía de los funcionarios judiciales, representa para el CSJ “una usurpación de las funciones del Fiscal del caso por parte de la investigada, lo que a su vez se traduce en una presunta obstaculización de la investigación integral que ha debido realizar el funcionario de conocimiento”.

contenido grafico 3 - ¿Por qué está enredada la Fiscal Zamora?

El fiscal 38 PAULO CÉSAR GARCÍA LÓPEZ, no se quedó atrás y presentó al magistrado instructor prueba irrefutable de le injerencia de la doctora ZAMORA. En diligencia de declaración que rindió el día 10 de mayo afirmó que la decisión de situación jurídica contra SIGIFREDO LÓPEZ TOBÓN, la cual consistió en medida de aseguramiento de detención preventiva en su lugar de residencia, “no correspondió al proyecto inicialmente realizado por el suscrito en mi calidad de Fiscal 38 Especializado de Derechos Humanos y DIH de Cali”. Para demostrar lo dicho aportó copia de dos proyectos de resolución interlocutoria, una de 65 folios corregida a mano y otra de 124 folios, los cuales contienen la decisión por él proyectada con medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario. EL fiscal 38 había dispuesto que la detención se cumpliera en una guarnición militar, pero una vez revisada, corregida y aprobada la decisión, por parte de MARTHA LUCIA ZAMORA, se le ordenó al fiscal y a su asistente trasladarse a Bogotá, donde le cambiaron la parte resolutiva decretando detención domiciliaria, “por política institucional”.

Con fundamento en estas y otras pruebas, el CSJ encontró que la doctora MARTHA LUCIA ZAMORA había violado 3 artículos de la Constitución Política, 3 artículos de la ley 270 de 1996, 3 artículos del Código de Procedimiento Penal del 2000, además de incurrir en tres delitos consagrados en el Código Penal, y en la violación de 2 artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José. En consecuencia el CSJ le formuló tres cargos por faltas disciplinarias gravísimas, a título de dolo y compulsó copias para que la Corte Suprema de Justicia le inicie investigación penal por los delitos de Prevaricato por Acción, Abuso de Autoridad por Acto Arbitrario o Injusto y Asesoramiento y otras Actuaciones ilegales.

contenido grafico 4 - ¿Por qué está enredada la Fiscal Zamora?

La doctora ZAMORA niega que hubiese influido en la toma de decisiones en el caso de SIGIFREDO LOPEZ, pero las pruebas demuestran que en realidad fue quien dirigió la investigación y permitió que ingresaran los falsos testigos al proceso. Además fue coautora de la providencia de medida de aseguramiento contra el ex diputado, que a todas luces constituye un prevaricato en la medida que se fundamenta en pruebas falsas. No olvidemos que este esperpento jurídico fue revocado posteriormente por el fiscal Gilberto Guerrero, quien, ante semejante abuso cometido por sus colegas, precluyó o archivo la investigación ordenando de paso que la fiscalía y la Dijn presentaran excusas públicas a SIGIFREDO su familia y la familia de los ex diputados, como en efecto se hizo.

El Consejo Superior de la Judicatura ha tomado una decisión histórica que devuelve la esperanza y la credibilidad de los colombianos en la cuestionada administración de justicia. Las decisiones que se adopten en este caso tendrán que servir para que los fiscales, jueces e investigadores entiendan que la verdad y la justicia no tienen color político, ni pueden servir a intereses particulares o a grupos ideológicos o de presión.

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