Dejé reposar un poco la noticia, adrede, para ver qué manejo le iban a dar en los medios de comunicación. Casi un mes después no he encontrado cosa distinta a que el coronel en retiro del Ejército Luis Alfonso Plazas Vega fue absuelto por el tema de los supuestos desaparecidos durante la retoma del Palacio de Justicia, en noviembre de 1985.
Hice el ejercicio y leí las 358 páginas de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia –ponencia del magistrado Luis Guillermo Salazar– mediante la cual se exoneró a Plazas de los infames señalamientos que en principio le endilgó la fiscal Ángela María Buitrago y que después confirmaron la jueza María Stella Jara y dos magistrados del Tribunal Superior de Bogotá, Fernando Pareja y Alberto Poveda.
Lo primero que llama la atención es la rigurosidad con que Salazar asumió el caso. En un país como Colombia, donde la justicia y la prensa están politizadas desde hace siglos, lo más fácil hubiera sido confirmar los 30 años de condena a Plazas y casi todo el mundo contento, menos –desde luego– la infatigable doña Thania Vega y todos sus familiares, quienes tuvieron que padecer la palabra injusticia durante ocho años y cinco meses.
Pero no, Salazar –supongo yo– se sentó días y noches a desenredar esa locura de expediente que montaron la señora Buitrago y compañía para mantener a un inocente en la cárcel, mientras que los verdaderos responsables de los hechos del Palacio de Justicia –léase M-19– no pagaron un día de cárcel y, por el contrario, terminaron haciéndose a los mejores cargos que la democracia colombiana ofrece.
Pues bien, la sentencia habla de que quienes tuvieron a Plazas tras las rejas, mutilaron, cercenaron y alteraron pruebas y declaraciones de testigos para poder mantener en pie la villanía. Adicionalmente, el fallo de la CSJ prueba en infinidad de oportunidades que no fue Plazas quien comandó la retoma del Palacio de Justicia. Incluso se insinúa que el hecho de que el coronel tuviese ansias de protagonismo ante la prensa, como cuando pronunció la famosa frase para “mantener la democracia, maestro” –en alusión al porqué del operativo militar–, no lo convierte ni en jefe del operativo y mucho menos en un criminal.
Importante también destacar la vaciada que la CSJ les metió a los magistrados Pareja y Poveda cuando en la providencia condenatoria de segunda instancia se atrevieron a decir que “la información militar no puede ser tenida en cuenta” como prueba en el proceso porque “trata de ocultar la verdad”.
Al respecto, Salazar hizo hincapié en que “la Sala reitera que la regla enunciada es inadmisible, peligrosa y contraria a derecho. Como cualquier medio de prueba, el documento no solo debe ser apreciado junto con las demás pruebas, sino sometido en su valoración a las reglas de la sana crítica o de la persuasión racional” porque, entre otros motivos, “los documentos provenientes de los militares mientras no sean desvirtuados por prueba legal, regular y oportunamente allegada a la actuación, deben ser apreciados como cualquier otro medio de prueba; en ese sentido, la presunción de mendacidad establecida en el fallo (de Pareja y Poveda) carece de justificación alguna”.
Ni qué decir de la agudeza de Salazar para desmontar
la historia aquella de que un testigo
le oyó decir a Plazas la frase “cuelguen esos hijueputas”
Y ni qué decir de la agudeza de Salazar para desmontar la historia aquella de que un testigo le oyó decir a Plazas la frase “cuelguen esos hijueputas”, en aparente referencia a las personas que salieron vivas del Palacio y que luego fueron desaparecidas. El declarante habría dicho que escuchó de Plazas ese comentario en la aciaga mañana del 7 de noviembre de 1985, es decir, en el amanecer del segundo día de la toma del Palacio. Si se da como un hecho que Plazas escupió esas palabras –que no creo–, lo hizo en momentos en que los que más adelante serían reportados como desaparecidos aún estaban en el interior de la sede judicial. Entonces, ¿quiénes eran los “hijueputas” para colgar? Desde luego que nadie porque esa frase jamás salió de la boca de Plazas.
En los últimos párrafos de la sentencia, la CSJ llamó la atención respecto de “la tergiversación de los hechos, encaminada a obtener a toda costa la condena del procesado” Plazas. Por eso trajo a colación los dichos de un declarante que dijo tener información de que Plazas encendió a trompadas a uno de los desaparecidos, luego lo asesinó –no sin antes torturarlo– y finalmente dio la orden de inhumarlo en alguna parte del bogotano Cantón Norte. No obstante el declarante advirtió que sus afirmaciones “son relaciones de averiguaciones, no que yo viera eso”.
Ese tipo de atestaciones, para Salazar, “son el reflejo de un propósito de inducir a la condena del procesado, del sesgo con el cual se han presentado los hechos, de ahí los cambios de versiones de varios testigos muchos años después de su ocurrencia”.
Finalmente, por fortuna, la CSJ corrigió el exabrupto que se manejó a lo largo del proceso en el sentido de que durante la retoma del Palacio de Justicia el Ejército terminó convertido en una empresa criminal. Si bien algunos uniformados –a título personal– a lo mejor se desviaron de sus obligaciones legales, “no hay prueba de que el Ejército se hubiera constituido en un aparato organizado con fines criminales” aquellos 6 y 7 de 1985, concluyó el alto tribunal.
P.D.: Coronel Plazas: Usted, doña Thania y sus hijos han sufrido mucho en la última década por culpa de unos ‘politiqueros’ que se vistieron de jueces. Pese a eso y enhorabuena, bienvenido a la libertad, Maestro