Piedad Córdoba y Alonso Salazar, dos pesos pesados que se la ganaron a Ordóñez

Piedad Córdoba y Alonso Salazar, dos pesos pesados que se la ganaron a Ordóñez

El Consejo de Estado tumbó la decisión del exprocurador de inhabilitar a la exsenadora, como ocurrió con el exalcalde de Medellín

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octubre 11, 2016
Piedad Córdoba y Alonso Salazar, dos pesos pesados que se la ganaron a Ordóñez

La exsenadora Piedad Córdoba y una de las principales dirigentes de Marcha Patriótica podrá aspirar a cualquier cargo de elección, desde la Presidencia hasta una alcaldía municipal. La Sección Segunda del Consejo de Estado tumbó la sanción disciplinaria emitida por la Procuraduría General en contra de la exsenadora Piedad Córdoba Ruiz. La excongresista había sido destituida e inhabitada por un periodo de 14 años para ejercer cargos públicos por participación indebida en política, dentro de la llamada Farc-política.

Con el mismo argumento de participación en política en la campaña en donde resultó electo alcalde Aníbal Gaviria, el procurador Ordóñez había inhabilitado por 12 años a Alonso Salazar. Hace 2 años el Consejo de Estado había anulado esta decisión.

Este es el comunicado del consejo de Estado:

 El Consejo de Estado declaró la nulidad de la sanción impuesta por la Procuraduría General de la Nación a la exsenadora Piedad Córdoba Ruiz, decisión que la había destituido e inhabilitado por 14 años para ejercer cargos públicos.

Según el Ministerio Público, la excongresista incurrió en falta gravísima a título de dolo porque supuestamente había contribuido económicamente a la campaña del entonces candidato a la Cámara de Representantes, Ricardo Antonio Montenegro Velásquez, en el 2010.

La Sección Segunda, con ponencia de la magistrada Sandra Lisset Ibarra Vélez, estudió el caso y encontró que dentro del proceso no existían pruebas que demostraran una violación a la ley disciplinaria.

La Sala concluyó que la investigación de la Procuraduría General de la Nación se basó en conjeturas e indicios que no fueron demostrados y que no constituyen medios de prueba a la luz del Código Disciplinario.

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