Petro: sin licencia para operar
Opinión

Petro: sin licencia para operar

Al desconocer los derechos políticos del enorme movimiento de oposición se incumple un compromiso constitucional. ¿Seremos capaces de pasar de la letra de la ley a la transformación del ejercicio de la política?

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septiembre 03, 2018
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La negación de la personería jurídica al movimiento del senador Gustavo Petro atenta contra las bases del proceso de transición política por el que atraviesa Colombia. Al desconocer los derechos políticos del movimiento más importante de oposición, se está incumpliendo de facto un compromiso de nivel constitucional.

Uno de los aspectos más interesantes de la estructura de los acuerdos de paz de La Habana es, que los puntos de la agenda de negociación están atravesados por una serie de principios. Uno de estos principios procura ampliar y profundizar la democracia con el fin de “proscribir la violencia como método de acción política[i]. En otras palabras, los acuerdos trascienden la confrontación con las Farc y reconocen que, para evitar la repetición de la violencia, el sistema mismo debe reformarse profundamente. Con ese fin, el acuerdo ordena la creación de mecanismos para promover el acceso al sistema político de sectores que han sido tradicionalmente criminalizados por representar intereses que se oponen al poder. Vale la pena recordar que los acuerdos, luego de firmados y refrendados por el Congreso, alcanzaron nivel constitucional.

 

Los acuerdos de paz, que alcanzaron nivel constitucional,
ordenaron la creación de mecanismos para promover el acceso al sistema político
de sectores criminalizados por representar intereses que se oponen al poder

 

Precisamente una de las causas principales del conflicto se atribuye al sistema cerrado y excluyente que impidió el acceso de nuevos grupos y partidos por fuera del establecimiento, forzando a sectores disidentes hacia la insurrección violenta. El caso más citado es el de las elecciones presidenciales de 1970, cuando un presunto fraude se convirtió en el detonante de la aparición del M-19. Por estas razones históricas, el presidente Santos gestionó la creación y sanción de los compromisos contenidos en el punto de la reforma política justo antes de finalizar su mandato. En este marco de cosas, resulta inexplicable que el Consejo Nacional Electoral se limite a la lectura más restringida de la ley, desconociendo el momento político y negándole la personería jurídica a un movimiento cuyo representante máximo obtuvo 8.028.033 de votos mediante una propuesta de franca oposición.

Las propuestas de Gustavo Petro pueden y deben despertar serias discusiones, pero lo que no se puede negar, es que han sido formuladas en el marco de la legalidad y los canales de la democracia, que representan a grandes sectores históricamente marginados de la población, y que son indispensables para ejercer control político. La negación de un espacio legítimamente conquistado a un movimiento fundado por un exmilitante del M-19, nos devuelve a la pregunta sobre la viabilidad de la implementación real, y no solo formal, de los acuerdos: ¿seremos capaces de pasar de la letra de la ley a la transformación del ejercicio de la política?

 

 

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