Pesca de turismo: ABC sobre el nuevo proyecto de Ley

ABC sobre nuevo proyecto de Ley sobre pesca de turismo: ¿qué hay que saber?

El proyecto de pesca de turismo busca justamente hacer una ponderación y armonización entre los diferentes principios y derechos constitucionales en juego, ¿cuáles?

Por: Alejandro Henao Mesa
diciembre 05, 2024
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ABC sobre nuevo proyecto de Ley sobre pesca de turismo: ¿qué hay que saber?

La pesca deportiva en Colombia fue declarada inconstitucional por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-148 de 2022. Los principales argumentos de la providencia es que los animales son seres sintientes y que la finalidad recreativa de la misma vulnera la prohibición constitucional de maltrato animal derivada de los mandatos de protección al medio ambiente (aplicación del principio de precaución). Igualmente, que, si bien no es posible definir con certeza absoluta las consecuencias nocivas de la pesca deportiva, se deben evitar impactos negativos en estos seres y su entorno.

La Sentencia tuvo siete aclaraciones de voto y un salvamento del voto, lo cual es bastante particular, seguramente porque no se demostró científicamente que los peces sean seres sintientes y al reconocer que considerar a los animales como sintientes es un concepto complejo.

En relación con el principio de precaución aplicado en esta providencia, en ningún momento se demostró de forma clara el riesgo de daño grave o irreversible que la actividad de pesca deportiva pueda causar al ecosistema.

El magistrado Alejandro Linares incluso manifestó que se rebasó y modificó el precedente porque se abandonó demostrar i) Que efectivamente se constituya una forma de maltrato animal, ni ii) Si existía una justificación de orden constitucional para la realización de la actividad que motivara la excepción al deber de protección de los animales.

Finalmente, el magistrado Lizarazo manifestó que se omitió una ponderación con otros derechos afectados, como el derecho al trabajo, y Linares afirmó que resulta indispensable adelantar en cada caso, por parte del juez constitucional, un ejercicio de armonización en concreto en que se pondere el importante deber de protección animal con otros valores, principios, derechos, deberes u otros bienes constitucionales, para determinar si es necesario morigerarlo o limitarlo en determinadas situaciones.

El proyecto de pesca de turismo busca justamente hacer una ponderación y armonización entre los diferentes principios y derechos constitucionales en juego.

La Comisión Quinta del Senado ya aprobó la ponencia de tercer debate del proyecto de ley de turismo, pero la bancada animalista de la Comisión liderada por las Senadoras Isabel Cristina Zuleta, Esmeralda Hernández y Andrea Padilla, trataron de hundir la iniciativa porque afirman que el proyecto de ley le busca hacerle el quite a la Sentencia C-148 de 2022, por razones de protección ecosistémica porque supuestamente se pueden introducir especies invasoras que afecten los econsistemas; porque el maltrato animal tiene una excepciones pero no la de la pesca de turismo porque en nada afecta la subsistencia y el consumo de pescado; y porque se va en contravía del precepto constitucional de protección animal por ser seres sintientes.  

La Corte Constitucional cometió el error de equipar la caza a la pesca deportiva, dos actividades y finalidades totalmente diferentes. Lo que se busca con el proyecto de pesca de turismo, es justamente ponderar diferentes actividades lícitas como el derecho al trabajo que ejercen diferentes comunidades indígenas y campesinas, que viven y necesitan de la actividad de la pesca del turismo, y armonizar diferentes principios con el deber de protección animal, que no es absoluto. Por las razones antes expuestas, la iniciativa en su artículo 4 crea la clasificación de pesca de turismo cuya finalidad es promover actividades culturales y de aprovechamiento sostenible, y en el artículo 8 establece que el Gobierno Nacional reglamentará dicha actividad soportada en estudios previos técnicos que garanticen la no disminución de las especies, las técnicas de pesca que prevengan el maltrato animal y el daño al medio ambiente, las zonas de veda, las temporadas de pesca, y los requisitos para quienes realicen las actividades asociadas a la pesca de turismo.

Esperemos que el proyecto de ley avance en la Comisión Quinta del Senado porque la iniciativa protege a las comunidades campesinas e indígenas que viven y depende de esta actividad, y permite ponderar y armonizar la actividad de pesca de turismo con el principio constitucional de protección animal. Una actividad que hace parte de las costumbres de nuestro país, el Instituto Alexander Von Humboldt reconoce que “la pesca deportiva se práctica en casi todo el territorio nacional. En el 80% de los departamentos del país se pesca deportivamente”, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca-AUNAP- reconoce que actividad deportiva está incrementando en Colombia y resulta ser un gran potencial turístico en varias zonas, no debe prohibirse y mucho menos debe quedar proscrita de nuestro ordenamiento.    

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