Peritos determinan que en SaludCoop no hubo desviación de recursos

Peritos determinan que en SaludCoop no hubo desviación de recursos

'De acuerdo con los soportes contables, estos se invirtieron en el Sistema de Seguridad Social en Salud'

Por: Ernesto Urdaneta
noviembre 28, 2015
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Peritos determinan que en SaludCoop no hubo desviación de recursos
Foto: tomada de semana.com

El pasado 12 de junio la firma de auditoría y consultoría Crowe Horwath CO S.A. entregó un extenso informe técnico, tras haber sido contratada por la última interventoría de SaludCoop EPS, para determinar si esta incurrió en desvío de recursos en los periodos comprendidos entre el 1º de enero de 1998 y el 31 de diciembre de 2010.

Lo anterior, con base en un estudio y análisis del fallo con responsabilidad fiscal proferido por la Contraloría General de la República en el proceso ip-010 de 2011 y de la documentación suministrada por Saludcoop EPS en intervención.

Tras la investigación, que contó con la revisión de estados financieros certificados y dictaminados con sus respectivas notas de revelación, informes de opinión de Revisoría Fiscal, libros oficiales de mayor y balances del periodo correspondiente, entre otros, se determinó que era permitido por la Ley (artículo 64 del Decreto 2649 de 1993) incrementar el valor del activo a través de las mejoras y reparaciones. Razón por la cual, las mejoras realizadas con vías a alargar la vida útil de los activos, no son consideradas como desvío.

Para Crowe Horwath CO S.A., Saludcoop EPS realizó gastos financieros propios de la operación, en cuantía de $ 281.380 millones de pesos, los cuales fueron cargados al ejercicio económico. Teniendo en cuenta que este gasto se genera con base en la necesidad de atender el pago de los servicios de salud a los prestadores, no es posible considerar que estos pagos constituyan desvío de recursos, pues no había para la fecha disposición alguna que limitara o prohibiera realizar estas operaciones.

Y concluye, en cuanto a la prohibición de afectar o comprometer los recursos del sistema, que razonablemente la destinación específica de los recursos en cuestión se cumplió, puesto que fueron recursos que de acuerdo con los soportes contables se invirtieron en el Sistema de Seguridad Social en Salud, en forma de gasto administrativo y a través de la adquisición de bienes, habiendo incluso recursos que actualmente se encuentran prestando servicio al Sistema y que al contrario de generar afectación patrimonial, han generado valor. Por tanto, se observó, contablemente, que no se afectaron ni comprometieron los recursos propios del sistema.

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