La solidaridad, la igualdad, la protección del bien primario de la salud, la seguridad de los trabajadores y los ciudadanos más débiles son los principios rectores que deben orientar las acciones útiles del Estado no solo para hacer frente a la emergencia que se ha apoderado del país, sino también para orientar la extraordinaria oportunidad de rediseñar un futuro que tiene en su centro la dignidad de la persona, en sus diversas formas, en primer lugar, la del derecho a la salud pública, enunciado en el preámbulo de la constitución de la OMS.
El gobierno debe demostrar su disposición a hacerse cargo de la defensa colectiva de un bien primario como es la salud, mejorar la salud pública, evitar las enfermedades y eliminar las fuentes de peligro para la salud con el objetivo de luchar contra la morbilidad del COVID-19 y la mortalidad prematura, y que la situación sea conforme con las directivas pertinentes sobre las normas básicas de seguridad. En cualquier situación es preciso evitar poner en peligro la vida y la salud de las personas por motivos políticos.
La valoración del peligro es conocer los peligros que acarrea un paro general para la salud pública antes de que los problemas se agraven, valorar sus posibles efectos para la salud humana y determinar, en la medida de lo posible, los niveles umbrales de exposición que se consideran seguros. Cualquier explosión del contagio, por la subestimación del riesgo, sería un golpe a la economía y al trabajo, una bofetada al sufrimiento de la gente y la memoria de las víctimas.
El paro nacional representa un peligro para la salud y la vida no solo de las personas que participan en las protestas, sino también para muchos habitantes de las ciudades y las zonas rurales; la mortalidad y el riesgo de contagio de esta enfermedad es inaceptablemente alta. Existe el peligro de generar una situación de peligro objetivo para la salud y seguridad de los trabajadores. La proclamación de una huelga de protesta general no puede desconocer la obligación de garantizar a los trabajadores expuestos a un riesgo real para su salud, y requiere precauciones especiales en relación con sus métodos de implementación, dependiendo del contexto en el que se ubica; precauciones como ausencia de riesgo de contagio de la enfermedad para los trabajadores y por ende, que sea capaz de incrementar este riesgo para la comunidad, independientemente de su nivel de riesgo sospechado o de la presencia o ausencia de síntomas.
¿De qué modo puede amenazarnos un paro general nacional llevado a cabo sobre la base fundamental del criterio de peligro para la salud y la sociedad, incluida la que conlleva efectivamente una situación de riesgo para los trabajadores? Se trata de una situación muy incierta que pone en peligro la salud de millones de personas. Dada la gravedad de la situación y la consecuente persistencia del riesgo inminente para la seguridad y salud de los trabajadores y ciudadanos y la omnipresencia del riesgo-contagio en todo el tejido social, nadie puede dudar de las nefastas implicancias que acarrea para la salud y la vida de cientos de miles de seres humanos.
En nuestra opinión, el paro se efectúa en violación de las normas fundamentales relativas al estado de emergencia epidemiológica declarado en el territorio nacional por la propagación de la cepa viral COVID-19, con un agravamiento para las instituciones implicadas en la prevención y contención de la transmisión del virus. La huelga además de inapropiada ayuda a generar una sensación de inseguridad generalizada y produce un daño incalculable a la comunidad, provocando una carga inaceptable para las instituciones y / o empresas involucradas en la prevención de la pandemia, [y] los riesgos de anular las acciones de contención a las que se refieren las recientes medidas gubernamentales. Mientras la enfermedad, la muerte y el miedo son rampantes, un paro nacional constituye un peligro para la salud pública y la fuente más significativa de trasmisión de la enfermedad.
Los mensajes con prioridad urgente se transmiten cuando la vida o la seguridad de una comunidad se encuentra en situación de peligro inmediato y cuando este tiene proporciones catastróficas, con el principal objetivo de proteger a los grupos en situación de riesgo. Se puede deducir, de hecho, que corresponde siempre (y únicamente) a la autoridad ministerial ordenar a los trabajadores que se abstengan de la huelga durante el estado de emergencia, si se considera indispensable para garantizar las actividades de utilidad pública. Huelga decir que debería imponerse en definitiva el sentido común si existen motivos para pensar que un paro general podría servir de arma de cañón. Amén.