Para nadie es un secreto que Colombia necesitaba un nuevo Código de Policía, pues el que nos cobijaba, lo hacía desde hace algo más de 40 años. Evidentemente la sociedad de 1970 no es la misma a la de hoy.
Hace algunos años, por casualidad, tuve la oportunidad de estar presente en la “Marcha del Orgullo Gay” en Bogotá, en la Plaza de Bolivar. Recuerdo que todo transcurría con profunda tranquilidad. Mientras que en una plenaria discutían respecto a la adopción por parte de parejas del mismo sexo, la comunidad LGBTI debatía desde afuera, por medio de afiches y argumentando con su voz al frente del Congreso de la República. Mientras tanto los miembros del ESMAD, con su armadura negra y su escudo, se veían imponentes y temibles.
La marcha pacífica duró alrededor de 30 minutos, yo estaba justo haciendo fila para ingresar al Congreso, cuando en segundos escuché los ecos de un intempestivo fragor, similar al sonido de un tiroteo. En ese momento supe que la marcha pacífica se había enmarañado enseguida se había convertido en una protesta vandálica sin sentido. En un momento pensé en que pudo haber sido una provocación por parte del ESMAD, efectivamente indagando entre la gente, corroboré mi hipótesis.
El abuso de autoridad y el irrespeto, no sólo hacia esa comunidad, sino hacia los ciudadanos es evidente y día a día es denunciada por los colombianos. Aunque los medios a veces quieran inculpar a la multitud y tildarla de ‘vándala’, son sólo ellos, los que asisten a las marchas pacíficas, los que saben que los verdaderos causantes de que las marchas terminen en tragedia, son otros: La Policía del ESMAD
Al revisar el nuevo Código de Policía, me llamó la atención el Artículo 35, parágrafo 1 y 2. Este dice que irrespetar a la Policía o incumplir y desacatar sus órdenes, conlleva a una sanción por parte de estos individuos. Pero, ¿cómo saber cuando un Policía se está extralimitando y, por ende, está abusando de su autoridad? Si bien el artículo 21 habla acerca de los “derechos de prueba”, pues este dice que “todo procedimiento policivo podrá ser grabado mediante cualquier medio de las tecnologías de información, por lo que está prohibido a cualquier persona, salvo las restricciones expresas de la ley, impedir que sean realizadas dichas grabaciones”, esto no le garantiza al ciudadano que se esté llevando a cabo una sanción con transparencia, ni mucho menos que el ente policivo abuse de la facultad que tiene, este puede decir que el ciudadano lo está irrespetando, porque sí, además puede evitar que un ciudadano grabe y se puede ‘pegar’ de que es una “restricción expresa de la ley”.
Si el día de “La Marcha del Orgullo Gay” hubiese estado vigente este nuevo Código de Policía, no me imagino cuántos ciudadanos estarían multados por un supuesto ‘desacato a la autoridad’, pero en este caso, ¿quién provocó?, ¿los ciudadanos o la policía del ESMAD? Ya sabemos la respuesta y la comunidad afirma a gritos que fueron estos personajes, con armadura negra, los causantes y los que empezaron a provocar a empujones, con maltratos físicos y verbales.
Marchas de la comunidad LGBTI y de mucha gente inconforme existirán día a día en nuestro país, pero ya que entró en vigencia este Código, muy cuestionado, ¿qué va a hacer la Policía para no abusar de su autoridad?, y aún peor, ¿qué harán los ciudadanos si se sienten vulnerados por esta gran autoridad colombiana para evitar ser multados injustamente?