La finalidad de la revocatoria es castigar al gobernante que no cumple con el programa de gobierno, para sustituirlo por un nuevo mandatario, en elecciones atípicas, que lo reemplace, hasta terminar el período de gobierno. La revocatoria está fundamentada en la Ley 131/94.
Durante los 23 años de vigencia de la referenciada ley usada como mecanismo democrático, todavía no ha destronado el primer alcalde o gobernador en los territorios donde se ha celebrado por convocatoria de la Registraduría Nacional del Estado Civil, por solicitud de impulsores y promotores, quienes primero deben recolectar y validar un número determinado de firmas para que la autoridad electoral disponga fecha en un término de dos a tres meses.
Los resultados electorales de revocatoria de alcaldes y gobernadores no han logrado llegar al tope mínimo estipulado en la norma legal. Esta consiste en que deben sufragar los ciudadanos que hubiesen participado en las elecciones, inmediatamente anteriores, correspondientes al mismo período en tránsito de elección del titular. No hay nuevas inscripciones, ni figura en el censo de su fragantes, registran los ciudadanos que se abstuvieron de votar. El total requerido (umbral) en los resultados de la revocatoria debe superar el 60% de los ciudadanos que votaron en las pasadas elecciones y para ganar se requiere obtener el 60% del total de los votos válidos.
¿Por qué no prosperan las revocatorias? Por falta de organización política. Los partidos de las bancadas políticas son inoperativos y carecen de los registros de militantes y antecedentes, de hechos y acciones, al igual que no disponen de planes y proyecciones programadas. Hace muchísimo rato (años) no se llega alcanzar una votación global del 60%. Ni mucho menos elegir alcalde, gobernadores, con votaciones que superen el 60 % de una elección general popular, aún cuando ocurran el mismo día y de manera simultáneas varias elecciones, tales como: gobernador, alcalde, asamblea, concejos y ediles de comunas.
En elección para Congreso, Cámara, Senado y para Presidencia, la abstención es todavía mayor, cerca del 60%. Cuando se trata de un solo hecho o acto elegible se torna más difícil la concurrencia ciudadana para alcanzar el mínimo vital exigido para materializar y reconocer la revocatoria popular y solicitar al gobernador o presidente el cambio de gobernante. Para ser más equitativo y consecuente en la equidad democrática también debe establecerse como causal de revocatoria cuando los mandatarios no logren el 10% sobre el total de una votación global del 35% de los ciudadanos que cumplieron con el deber de votar en la consulta de revocatoria
La política que practicamos en los diferentes niveles, gira y circula, alrededor del manejo clientelista. Las operaciones electorales tienen costos logísticos en promoción y convencimiento, apoyadas por equipos humanos de trabajo. Las apatías e indiferencias de los ciudadanos a participar voluntariamente de la revocatoria popular y el juego de intereses personales son las causas y factores que contribuyen a los fracasos y frustraciones de las consultas de revocatorias de alcaldes y gobernadores.
Los electores en más del 50% en las provincias votan por un compromiso o una contraprestación, siendo lo más común las compraventas de electores con pagos en dinero y especie. Además, por motivo contractual, burocrático, favores y solvencias económicas. En el supuesto de que logren los dos 60 % requerido en la Ley 131/94 se tendría que convocar a elecciones atípicas, implicando nuevos costos, tanto a los directores, financiadores y líderes políticos, como también para la Registraduría. ¿Qué garantiza la revocatoria después de tumbar al gobernante?, ¿por qué no calcular la confianza e idoneidad de quienes nos gobiernan y evitar reiteraciones de equivocaciones de los mismos con las mismas?
Es más fácil hoy en día ganarse un baloto que coronar una revocatoria de mandato en cualquier lugar del territorio nacional, aún cuando sobren intenciones emociones, ilusiones, euforia, capricho y sueños maravillosos y fantásticos que terminan en pesadilla, tristeza, amargura, apasionamientos y odios, originados por las derrotas. Las 2 últimas revocatorias celebradas en los municipios del Copey (Cesar) y Ocaña (Norte Santander9, el domingo 21 de mayo, fracasaron por no lograr el umbral en la votación global. En el Copey se requerían 5.839 votos y sufragaron 3.821, obteniendo el Sí el 88.54%. En Ocaña se requerían 18.418 votos y sufragaron 17.457, obteniendo el Sí 95.79%. A la primera le faltaron dos mil y al segundo mil.