La Reforma Tributaria de 2022 en Colombia ha sido objeto de un acalorado debate en el que se han planteado importantes preocupaciones relacionadas con el sector minero del país. Uno de los puntos más relevantes de esta discusión constitucional se centra en que la reforma desconoce la noción constitucional de la regalía como “contraprestación” y por lo tanto, su condición de costo vinculado a la explotación del recurso mineral.
Sobre este punto, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (asesor del Gobierno en esta materia) y que ha emitido su concepto a la Corte, ha señalado que las regalías son un costo de la operación y que como tal procede su deducción. En la misma línea el Comité Autónomo de la Regla Fiscal – CARF destacó en la pasada Audiencia Pública del 4 de agosto, que las regalías deberían ser deducibles al ser esto coherente con el hecho económico del impuesto a la renta. Similar postura tuvo el Instituto Colombiano de Derecho Tributario.
Básicamente por cuenta de esta norma el sector minero debe soportar la carga fiscal de un recurso que no es de su propiedad, sino que es de propiedad del Estado. Esto también implicaría un trato discriminatorio, respecto a la generalidad de contribuyentes que sí pueden deducir los costos para efectos del impuesto sobre la renta, así como un trato doblemente inequitativo respecto a aquellos contribuyentes que pagan tarifas o contraprestaciones por el uso o explotación de bienes o recursos públicos.
Pero, además, esta medida podría llevar a la inviabilidad del sector. Según varios expertos economistas convocados por la Corte, el Gobierno midió erradamente la Tasa Efectiva de Tributación del sector minero, para imponer una carga fiscal que a todas luces sobrepasa la capacidad contributiva de las empresas. Según lo señalado por la Asociación Colombiana de Minería, el artículo demandado lleva la Tasa Efectiva de Tributación del sector a niveles superiores al 100%, con posibilidades que llegue incluso al 142%, en algunos escenarios de precios. Esto significa que el Estado absorbería la totalidad de las utilidades de la industria, teniendo consecuencias devastadoras en términos de empleo, inversión y economía a nivel nacional y regional.
La no deducibilidad de las regalías en la reforma tributaria representa una amenaza significativa para proyectos mineros, pero no sólo eso, también para la exploración de nuevos minerales necesarios para la transición energética, el empleo, las contribuciones ambientales y las inversiones sociales, y disminuye el recaudo a largo plazo. Además, incentiva la minería ilegal, aquella que no contribuye a las finanzas públicas ni a la sociedad y que causa contaminación sin control. Esta medida va en contra de las prácticas internacionales. Colombia se convertiría en el único país en el mundo en el que no se permite la deducción de las regalías, lo que podría ser perjudicial para la inversión extranjera y los proyectos de transición energética que dependen de que el país siga explorando y explotando minerales. Expertos en la materia han señalado que estas medidas amenazan los derechos adquiridos y la confianza legítima de las empresas que han basado sus inversiones y operaciones en reglas claras que permiten la deducción de las regalías.
Por su parte, uno de los principales argumentos sobre los que el Gobierno ha establecido la conveniencia de la no deducibilidad de las regalías es la necesidad que tiene el Estado de incrementar su presupuesto para la inversión social. Sin embargo, el sector minero ha afirmado que la contribución que realiza en época de precios altos, como la actual, supera por mucho las expectativas de recaudo del Estado gracias a la condición progresiva del aporte de un sector que con la condición tributaria establecida hasta 2022 le permite un aporte adicional en época de precios altos y la protección de la industria en época de precios bajos o promedio.
Este medio se dio a la tarea de revisar este importante punto de la discusión, concluyendo que en tan solo 9 meses de aportes al Sistema General de Regalías (SGR) de 2023 el sector minero ya aportó la meta establecida para el bienio 2023 - 2024. Según datos publicados por la ANM, entre enero y septiembre de 2023, los aportes que la minería ha realizado al SGR han sido de 7,27 billones de pesos, un valor superior al que estableció la Ley 2279 de 2022 para la minería dentro del presupuesto general del SGR para 2023 y 2024 por 7,25 billones de pesos.
Esto significa que solo en 2023 el Estado recibirá más de 2 billones por encima de lo presupuestado únicamente por regalías - un valor superior al recaudo esperado por la no deducibilidad de las regalías mineras (1,5 billones de pesos)- sin contar el mayor recaudo por renta y compensación de precios altos. Adicionalmente, todo el ingreso asociado a las regalías mineras durante 2024 - valor que puede superar 5 billones de pesos -, son desde ya ingresos adicionales al presupuestado para el Estado. Es decir, un valor que supera en cinco veces el “impacto fiscal” de la no deducibilidad de regalías mineras en 2024 (0,996 billones de pesos).
Ahora, la pregunta que queda es si el Estado incrementa su recaudo por encima del presupuestado en época de precios altos, ¿Es necesario llevarlo a la quiebra en época de precios promedio?
Este es un debate que no sólo incumbe al sector, sino también a todos los colombianos, pues los recursos de regalías que genera esta industria son la fuente principal del Sistema General de Regalías. A medida que se acerca la decisión de la Corte, la expectativa crece, así como la preocupación de que esta problemática sea tratada con cuidado, procurando la permanencia de la minería en Colombia y la sostenibilidad de los aportes públicos.
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