¡No a la justicia a puerta cerrada!

¡No a la justicia a puerta cerrada!

Un texto a propósito de la indagatoria realizada por la Corte Suprema de Justicia al expresidente Uribe por presunto soborno y fraude procesal

Por: Eduardo Mackenzie
octubre 16, 2019
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¡No a la justicia a puerta cerrada!
Foto: Las2orillas

¿Qué ocurrió durante la audiencia de indagatoria del expresidente Álvaro Uribe en la Corte Suprema de Justicia? Una semana después de ese evento, los colombianos no sabemos nada. O muy poco. La prensa dijo, cuando terminó el acto, que este había durado siete horas y que el expresidente había quedado “formalmente vinculado al proceso”. Para el expresidente fueron, en realidad, 18 horas de intensa concentración. Finalizada la audiencia, el infatigable líder habló durante 90 minutos, en la sede del Centro Democrático. Evocó épocas de su viva al servicio de Colombia y recopiló, como escribió Remberto Burgos de la Espriella, “la cronología del proceso y cómo se fue articulando el juicio en su contra”. Recordó las peores arbitrariedades cometidas por operadores de extrema izquierda y por un exmagistrado quien solía ufanarse, con propósitos desestabilizadores, durante la pasada campaña presidencial, que iba “a capturar” al exmandatario. Uribe no dijo nada de la audiencia en sí y solo señaló, para concluir, que no tenía queja del magistrado que lo interrogó, César Augusto Reyes.

Álvaro Uribe es el primer expresidente de Colombia que es llevado, de manera bastante arbitraria y tortuosa, a una “indagatoria” de la CSJ. Uribe es el dirigente político más destacado y popular del país. Los colombianos tenemos el derecho a saber lo que ocurrió ese día y lo que acontece al respecto en esa Corte.

Uribe es un gran estadista y un gran combatiente de la democracia reconocido como tal no sólo por sus seguidores sino también por sus adversarios. Entre éstos hay gente que cultiva la ojeriza más abyecta contra él y contra el sistema de libertades “burguesas”. Esos ciudadanos que no logran salir de ese mundo paralelo de odio irracional también quieren saber obviamente qué ocurrió ese 8 de octubre.

La audiencia fue a puerta cerrada o peor, como dijo El Espectador, fue un acto “hermético”. En castellano esa palabra equivale a oculto, impenetrable, reservado, incomprensible e inescrutable. Cada uno de esos sinónimos es aplicable a lo del 8 de octubre. Este fue, en efecto, un evento judicial extraño por su falta total de transparencia.

Quienes diseñaron esa audiencia creen poder escudarse tras la ley 600 de 2000. El código de procedimiento penal no es, desde luego, un modelo de estilo, ni de ortografía, ni de claridad conceptual. Ese texto tiene reglas para dos tipos de justiciables: los particulares y los presidentes de la República. No dice nada sobre el procedimiento a seguir en el caso de un expresidente. A Uribe lo convocaron en su calidad de senador en ejercicio. Pero Uribe no es solo un congresista. Es un expresidente.

Su indagatoria no hace parte de un proceso ordinario. Es, a todas luces, un proceso político. Los jueces tuvieron que improvisar y optaron por el secretismo más rudo descartando un principio fundamental: el de la favorabilidad. El artículo 426 de la ley 600 dice: “Cuando se refiera al Presidente de la República o quien haga sus veces, el expediente será público, así como las deliberaciones de la comisión de investigación y acusaciones, y la plenaria de la Cámara”. “La investigación que se adelante ante la Cámara de Representantes será reservada”. ¿Por qué no adoptaron el modelo favorable de audiencias públicas?

El artículo 14 de la ley 600 de 2000 retoma el principio de la publicidad del proceso. Dice: “Dentro del proceso penal el juicio es público”, salvo “las excepciones previstas en este código”. Pero sobre ese tema ese código nada exceptúa.

Desde hace años existe en Colombia un consenso: los procesos de personas con fuero, como en el caso de un congresista, deben ser públicos. Pues, como decía un importante penalista en un matutino bogotano, “no se trata propiamente de juicios contra particulares o contra servidores públicos en condiciones normales”.

Hacer una indagatoria a puerta cerrada fue una falta de los magistrados que crea incertidumbre sobre las posibilidades de un debido proceso. Esa opacidad hace que no sepamos qué ocurrió en lo que el código llama “la investigación previa”. ¿Cuándo esta comenzó exactamente y cuándo y cómo el interesado fue notificado? ¿Al fin de la indagatoria “el imputado” y sus abogados obtuvieron copias de la investigación preliminar?

Como el presidente Uribe acudió a la cita y salió libre, el instigador de ese embrollo, fulminó, despotricó y hasta le dictó la línea a la CSJ: “Ese proceso debe continuar”, exclamó Iván Cepeda para tratar de cerrarle el paso a la posibilidad de que sala de la CSJ, perpleja ante la ilegalidad evidente de las escuchas telefónicas hechas contra Uribe, archive el proceso. Enseguida, sin que nadie de la CSJ hubiera dicho una palabra, el extremista acusó al ex presidente de haber “violado la reserva del sumario” por hablar al salir de la audiencia. El senador marxista simula saber poco de derecho pues confunde derecho de expresión con reserva del sumario. Campeón en el arte de la fabricación de testimonios contra Uribe a cambio de dinero en las cárceles del país, Cepeda quiere ahora cerrarle la boca a todos para él poder intoxicar a sus anchas con sus insinuaciones.

¿Cuál fue el papel de Cepeda en la investigación previa? ¿Por qué esta fue hecha a espaldas del expresidente? ¿Admitió la sala los testimonios inverosímiles de los delincuentes Pablo Hernán Sierra y Juan Guillermo Monsalve Pineda? Nada se sabe con exactitud. ¿El carácter reservado de la indagatoria fue para impedir que la verdad llegue al público? ¿Ese proceso seguirá en semejante opacidad?

Si es parte civil en ese proceso, Cepeda está tan obligado como los otros a respetar la reserva del sumario. ¿Pero lo hace? Esa reserva exige que las partes y, sobre todo, los magistrados, no exfiltren detalles de la fase instructiva, ni documentos, pruebas, autos, etc. del proceso. No obstante, ese es el principio más violado en el medio judicial. Los comentarios libres del justiciable y su abogado son otra cosa.

Los magistrados quisieron que ese acto, tan trascendental para la vida democrática del país, permaneciera vedado a la opinión pública.

La justicia penal no puede ser impartida a espaldas del pueblo. El debido proceso, o proceso equitativo, es contradictorio y público, sobre todo si el imputado es una figura política. Hay un deber de transparencia que la Corte debe respetar. En este caso, los magistrados decidieron que la indagatoria fuera a puerta cerrada y violaron así el principio democrático. Esos son quizás los usos de la justicia “bolivariana”. Pero no se equivoquen. Colombia no es la Venezuela de Maduro. Y jamás lo será a pesar de los efectos devastadores de un aparato de justicia “especial” que protege a jefes terroristas con sangre en las manos y que no quieren responder por sus crímenes.

No podemos ceder ante las ilusiones. La farsa de un proceso por presunta manipulación de testigos va a seguir. La movilización popular debe continuar y ampliarse. Pues no estamos ante la majestad de la justicia. Estamos ante una maquinaria de hostigamiento y humillación, de destrucción de la persona humana. Es un proceso que no se debe siquiera a los Barceló, Montealegre, Santos y Cepeda. Responde a una exigencia de las fuerzas de la subversión continental. Los comunistas quieren compensar la caída por corrupción de una de sus figuras más útiles, Inacio Lula de Silva, del Brasil, con el colapso personal, psicológico y político de Álvaro Uribe, de Colombia. Las cosas de la revolución socialista siempre fueron así: las ofensivas más terribles son decididas fuera, por obscuros y ocultos centros extranjeros. Le defensa de Uribe y de Colombia contra las fuerzas depredadoras hay que pensarlas a escala mundial.

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