Nada más que populismo punitivo...

Nada más que populismo punitivo...

Una perspectiva a propósito del proyecto de ley que busca la cadena perpetua para violadores de niños

Por: Sebastián Ospina Vallecilla
noviembre 28, 2019
Este es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2orillas.
Nada más que populismo punitivo...
Foto: Pixabay

Con gran preocupación vi en los últimos días un tuit de la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, donde señalaba que se había aprobado, en tercer debate, el proyecto de ley que busca la aplicación de la pena de cadena perpetua a los violadores de niños. Es evidente, a la luz de la Constitución y del Código Penal, que dicha ley, en caso de llegar a ser promulgada, constituye un serio caso de inconstitucionalidad, además de ir en clara contravía de los principios rectores de la ley penal en Colombia.

En primer lugar, el artículo 1º de la Constitución señala que “Colombia es un Estado social de derecho (…) fundada en el respeto de la dignidad humana (…)” y es claro que dicho proyecto atenta abiertamente contra este principio. Cabe resaltar que, si bien existe el interés superior del menor y los niños son sujetos de especial protección constitucional, este aspecto choca con el hecho de que existen otros mecanismos de protección a los menores, los cuales no llegan a los extremos de pretender “erradicar” a una persona de la sociedad, por más malo que haya sido su actuar. Pensemos mejor en la máxima pena y una exclusión más férrea de los subrogados penales. Hay que recordar a Kant cuando señalaba que el hombre no es un medio, sino un fin en sí mismo. Claramente lo que pretenden los autores de la ley es generar una prevención general negativa mucho más fuerte, pero esto no puede ser óbice para desconocer las demás funciones de la pena. Además, el artículo 34 del mismo texto constitucional, prohibe, expresamente, las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación (esta última con una excepción).

Respecto a las demás funciones de la pena, el artículo 4 del Código Penal establece, dentro de las funciones de la pena, la reinserción social. Es evidente que, al aplicar la cadena perpetua, se está desechando este principio tan importante. Es por esto que se debe mirar más a la política social, parte fundamental de la política criminal, antes que pretender aplicar sanciones tan gravosas.

Es claro que los niños deben ser protegidos íntegramente, pero existen otros mecanismos que se deben profundizar; la legislación debería estar más concentrada en esto: mejorar el sistema del ICBF y eliminar tanta burocracia innecesaria podría ser un comienzo.

El gobierno y el Congreso, al momento de establecer la ley penal, deberían escuchar más a la tan olvidada Comisión Asesora de Política Criminal. Es hora de dejar a un lado el populismo punitivo y las intenciones políticas disfrazadas de falsa política criminal.

Sigue a Las2orillas.co en Google News
-.
0
Nota Ciudadana
Los perros calientes que usted debe probar en Valledupar

Los perros calientes que usted debe probar en Valledupar

Nota Ciudadana
Comerciantes: cinco recomendaciones financieras para vender más en la temporada navideña

Comerciantes: cinco recomendaciones financieras para vender más en la temporada navideña

Los comentarios son realizados por los usuarios del portal y no representan la opinión ni el pensamiento de Las2Orillas.CO
Lo invitamos a leer y a debatir de forma respetuosa.
-
comments powered by Disqus
--Publicidad--