Uno de los conceptos más utilizados y menos comprendidos en las Universidades Públicas es de la Autonomía Universitaria. Por ejemplo, se esgrime como argumento de defensa si la Fuerza Pública “viola” una extraterritorialidad que supuestamente le otorga la Autonomía Universitaria a los campus.
La Autonomía no es eso, no es el derecho a que las Universidades sean Repúblicas Independientes pero si es un derecho a darse un Gobierno Universitario propio que es algo completamente diferente. Obviamente las instituciones educativas de Educación superior deben estar regidas por el marco de la Ley y la Constitución Colombinas pero eso no excluye que como entidades complejas que son puedan gobernarse a sí mismas.
En este momento el Ministerio de Educación pretende pasar por encima de un fuero institucional que está consagrado explícitamente en el artículo 69 de la Constitución Nacional:
“Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley. La ley establecerá un régimen especial para las universidades del Estado.”
Ninguna Ley ni mucho menos la Constitución le da un poder supremo a ningun Gobierno de nombrar un “Ministro ad-hoc” para que le ordene al Consejo Superior de la Universidad Nacional deshacer las elecciones que este ente ha realizado.
Evidentemente, hay una situación de controversia jurídica con respecto a la elección y su resultado así como al modo en que se posesionó el Rector José Ismael Peña pero no es el Ministerio de Educación forzando al Consejo Superior el que debe dirimir esa controversia.
Que el Gobierno de Gustavo Petro actué de esta manera es una flagrante violación al artículo 69 de la Constitución así lo apoye en este caso una mayoría desinformada que no entiende plenamente el concepto de Autonomía Universitaria.