No cabe ninguna duda de que vivimos en un mundo que se ha transformado profundamente a causa de una "doble mundialización": la de las tecnologías y la de las conciencias (UNESCO). Esto ha repercutido de manera directa en muchos de los derechos, principios y libertades humanas tradicionales, que son un componente vital de una sociedad abierta y democrática basada en la dignidad humana, la igualdad y la libertad.
Cada vez es más evidente que la compleja y cambiante relación entre los principios de los derechos humanos y las libertades públicas nos obliga a adoptar una visión más amplia de los grandes retos que se nos presentan y de las posibles soluciones para resolverlas, y a su implementación en la vida diaria como actores sociales /ciudadanos, portadores de derechos y obligaciones. Desde que se adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) han nacido paralelamente dentro del régimen general de derechos humanos un modelo de derechos nuevos y libertades de la persona humana, sorprendentes e inspiradores, que nos entretienen, ilusionan y nos hacen soñar.
Esto nos ha abierto nuevos horizontes y nuevas oportunidades para el contacto humano y nos ha aportado una enorme riqueza de diversidad cultural para nuestras vidas cotidianas y los posibles escenarios futuros. Ya no es posible (ni productivo) centrarse de forma demasiado limitada en los viejos y anticuados sistemas cerrados de protección de los derechos humanos. En lugar de ello hemos de intentar tener en cuenta una amplia gama de factores que actúan entre sí, como el impacto de la tecnología de la información y de la comunicación en nuestros derechos humanos básicos, la naturaleza y sensibilidad de la información en la sociedad y los derechos fundamentales, incluidas la relación entre la dignidad y las libertades, la ciudadanía y la justicia social, que resultan esenciales para comprender el desarrollo y el futuro de los nuevos derechos humanos fantásticos que nos ayudan a entender mejor el mundo en toda su diversidad y a descubrir soluciones únicas.
Estos nuevos derechos humanos en blanco provocarán el despertar de las conciencias dormidas y las incitará a juzgar más inteligentemente. Se trata de derechos fundamentales sui generis o de derechos conexos y expectativas de derechos profundamente arraigados en nuestra cultura que dilatan el alma y hacen soñar un futuro mejor, todavía no admitidos o consagrados en todas nuestras cartas constitucionales originales o fundamentales de los Estados. Depende ahora de nosotros reivindicar esos nuevos derechos humanos y deberes de manera responsable. Se trata, en particular, de los siguientes derechos del individuo de carácter personal y en sus relaciones con el mundo exterior:
- El derecho a una televisión y otros medios de comunicación social más dignos de crédito y a una información que no criminalice a nadie. El derecho del público a disponer de un instrumento que le permita orientarse y a tomar las decisiones adecuadas en una sociedad caracterizada por el desacuerdo social. Esto solo podrá conseguirse cuando se garantiza un elevado nivel de calidad de la información y altos niveles de confianza en los medios de comunicación de masas. Un servicio público que no explota las personas y trampean a los usuarios con las noticias; que no caiga ni en la superficialidad ni en la vulgaridad; que sepa distinguir entre lo real y lo virtual y, en particular, dispuestos a echarle una mano y ayudarle a diferenciar la verdad de la ficción, la identidad y el derecho a la diferencia. Un servicio público autónomo que no esté dispuesto a pactar con el poder, que identifique el espectador con el ciudadano, etc. (AMMIRATI)
- El derecho a la felicidad y a la pasión por la política.
- El derecho a una capacitación y reeducación humana de manera adecuada y continua a todas las edades.
- El derecho al paisaje. El paisaje no será y no puede ser considerado una mercancía o un servicio comercial porque es el signo más alto de los pueblos, el más bello regalo de la vida, no porque sea intrínsecamente un bien, sino porque está vinculado al espíritu de la identidad nacional. Los recursos históricos y naturales a disposición de la humanidad es uno de los derechos humanos fundamentales (BUITONI)
- El derecho al olvido (o derecho de cancelación) en una sociedad cada vez más tecnológica y digital. El derecho de ignorar y permanecer en silencio en relación con su propia dinámica interna que incluye también el derecho a no conocer hechos y opiniones, crónicas, fotos y mensajes del pasado y pensar en el futuro y crear proyectos. El respeto de ese derecho, así como el derecho de la interrupción o suspensión o caducidad de la circulación de las noticias y la información o incluso las solicitudes de protección, las declaraciones de objeción, las solicitudes de modificación y las peticiones de cancelación de las noticias, el derecho al retiro de la vida pública etc.
- El derecho a la dignidad económica y moral del hombre en el trabajo
- El derecho a transmitir las emociones o a emocionarse. El derecho a vivir las emociones complejas que son imposibles de entender, pero también son el signo distintivo de la mujer y del hombre en la sociedad. El derecho a vivirlas de una manera personal y única, sin homologaciones. El derecho a expresarlas libremente o con plena libertad porque, también las subestructuras son parte del alma especial de ese ser humano. El derecho a poseerlas porque la cultura de cada uno también representa una expresión fundamental de su naturaleza.
- El derecho a la lectura (En una sociedad, donde, cada vez más, se lee poco).
- El derecho a la movilidad social.
- El derecho a la diversidad.
- El derecho a comprender el arte del teatro.
- El derecho a la música.
- El derecho a la memoria.
- El derecho a comer bien.
- El derecho a salas de cine que proyectan películas de calidad.
- El derecho a ganar / vencer participando libremente y sin interferencia o discriminación.
- El derecho a beber bien (¡el vino!).
- El derecho a hacer feliz y ayudar a los demás.
- El derecho a la comunicación.
- El derecho a la belleza. La belleza tiene en sí algo tan profundo que la ciencia y la razón no pueden dar.
- El derecho a sonreír.
- El derecho a la poesía.
- El derecho a internet (no el acceso a la red). La autoridad debe ofrecer instrumentos útiles para la comprensión del impacto de la tecnología y del cambio de visión del mundo exterior que contribuyen a un entorno de alta calidad y que son lugares en los que las personas desean vivir. Este último puede ser calificado como un metaderecho (ROSSI).
- El derecho a la indignación.
Muchas gracias por su atención.
Para una profundización sobre el tema véase el Manuale dei diritti fondamentali e desiderabili (Paola Severini Melograni (Mondadori, 2013).