Los excomandantes de la Farc sacan las uñas contra la JEP por las acusaciones de secuestro

Los excomandantes de las Farc sacan las uñas contra la JEP por las acusaciones de secuestro

Seis excomandantes, con Timochencho y Lozada a la cabeza, le hicieron llegar una carta a Petro en la que cuestionan el rol de la entidad creada en el acuerdo de paz

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febrero 20, 2024
Los excomandantes de las Farc sacan las uñas contra la JEP por las acusaciones de secuestro

Al cierre de 2023, el magistrado Roberto Vidal, presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), emprendió una gira de medios para presentarle a la opinión pública el que sería el mayor hito de la JEP de cara al primer semestre del 2024: la activación del Sistema Restaurativo.

Según Vidal, en 2024 el país conocería las conclusiones en dos de los principales macrocasos que desde 2018 lleva esa jurisdicción (secuestros y falsos positivos). De igual forma, este sería el momento para conocer las sanciones propias con obras y actividades con sentido reparador-restaurativo de quienes se hallen responsables, luego del estudio de esos mismos casos.

Pero algo imprevisto sucedió, generando un terremoto de grandes proporciones cuyo epicentro ha sido una carta que (como si fuera un memorial de agravios) los voceros del extinto secretariado de las Farc-ep le enviaron al presidente Petro. Es una carta demoledora que los firmantes decidieron publicar en Twitter.

Se trata de una misiva firmada por la plana mayor de las extintas Farc y hoy todos miembros del Partido Comunes: Rodrigo Londoño, Pastor Alape, Rodrigo Granda, Julián Gallo, Pablo Catatumbo, Joaquín Gómez y Jaime Alberto Parra.

Pero fue el magistrado Roberto Vidal, visiblemente compungido y atribulado, quien, a las pocas horas de publicada la carta (la cual como era de esperarse no fue respondida por el presidente), organizó una rueda de prensa en la cual echó por el suelo las pretensiones de los firmantes al afirmar con contundencia que: “no les corresponde emitir órdenes ni orientaciones”, y además, hizo un llamado para: “rodear el Acuerdo Final de Paz y velar por el respeto y autonomía de la JEP”.

Aunque este pulso entre los exFarc y la JEP cogió por sorpresa a buena parte de la opinión pública (más enfocada en el asunto de la elección del nuevo fiscal) era algo que se veía venir. Primero, porque las diferencias de los excomandantes de la extinta guerrilla con los procedimientos internos y la jurisprudencia de la JEP se venían acrecentando en los últimos años; y segundo, porque hasta el canciller Álvaro Leyva (convencido en su rol de “canciller de la paz” que debe velar por la “integridad” de un modelo de justicia que ayudó a diseñar) ya había anticipado una serie de críticas al desempeño de la JEP.

El pretexto para la publicación de la carta no pudo ser el más adecuado: la visita de la misión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

¿Qué implica este duro pulso entre los principales excomandantes farianos y la JEP? Esa es una pregunta que se puede responder a partir de dos dimensiones: la jurídica y la política.

Dimensión jurídica

El pulso se torna enrevesado y complejo; sin embargo, pareciera resolverse a favor de la JEP, pues en la carta se desconoce un principio de la arquitectura institucional: la autonomía judicial. A esto apeló el magistrado Vidal al recordar que la JEP fue: “establecida en la Constitución Política y las leyes de procedimiento y estatutaria”.

En la carta, los firmantes ponen en tela de juicio la naturaleza de la JEP al señalar que: “su empeño por alejarse del espíritu y la letra de lo acordado, haciendo sus propias interpretaciones a un texto que es claro en sus propósitos de paz, dado el carácter político del Acuerdo que firmamos con el Estado, pretendiendo llevarlo a un terreno judicial punitivista, más propio de un sometimiento a la justicia”

De esta forma, cuestionan la autonomía de la JEP y la instan a ceñirse a los compromisos internacionales que asumió el Estado colombiano cuando el presidente Santos logró elevar el Acuerdo de Paz -vía resolución Consejo de Seguridad de la ONU- a la categoría de tratado internacional.

De fondo, esta discusión resulta de suma importancia para comprender hasta dónde llega la negociación y la responsabilidad en la etapa de implementación.

Porque en la negociación de la JEP como modelo de justicia transicional solo participaron, como actores principales y decisivos, las delegaciones de la guerrilla y del gobierno; pero todos los demás (organizaciones de víctimas, cortes o partidos políticos) solo fueron actores de reparto; parte del problema es que iniciada la implementación varios de esos actores secundarios pasaron a ser mirados como principales (con posibilidad de ser juzgados), algo que los firmantes no ven con buenos ojos, pues el acuerdo era claro en centrar su trabajo inicial en los nombres de más alta jerarquía responsables de violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario (DIH).

De lado de la JEP, la respalda su figura en el ordenamiento institucional, pues luego de que la Corte expidió la Sentencia C-674 de 2018 que la JEP cobró vida jurídica propia con autonomía judicial y no condicionada al Gobierno.

De ahí que considere que el reclamo de los exFarc en su carta carezca de fundamento jurídico (solo hay que recordar como en el gobierno Duque antes exigían que se respetara la autonomía e independencia de la jurisdicción), y su llamado a supeditar sus actuaciones a los lineamientos de organismos internacionales solo dé cuenta de la apreciación de la JEP como un tribunal de carácter subsidiario, cuando, sin lugar a discusión, forma parte por mandato del Congreso y la Corte Constitucional del ordenamiento jurídico interno. Algo que la ONU y la Corte Penal Internacional han ratificado a viva voz.

Dimensión política

El pulso se torna mucho más sensible y en la medida de lo posible debería llevar a la moderación entre las partes, ya que, compromete la continuidad en el proceso de paz de miles de firmantes que viven en medio del asedio de los actores armados (muchos de ellos con pista en la Paz Total) y de un exterminio que no da tregua.

Debido a ello, la JEP no debe reducir la cuestión solo a considerar que a los firmantes “no les corresponde emitir órdenes ni orientaciones” algo cierto desde la dimensión jurídica porque la misiva recoge el temor de miles de excombatientes que sienten en vilo su seguridad jurídica.

Ni a los uribistas más recalcitrantes se les hubiera pasado por la cabeza pensar que la JEP se hubiera podido convertir en un factor tendiente a promover el regreso a las armas de firmantes de paz desconfiados de la labor de la JEP (como lo afirma la carta).

Además se suma la constante apertura de macrocasos (a la fecha van once) que conlleva a una sensación generalizada de “entrampamiento” y tira por el suelo el sentido práctico de lo acordado en La Habana sobre la seguridad jurídica de los exguerrilleros de base; más no, del reiterado compromiso a la centralidad de los derechos de las víctimas. Tensión que es el verdadero quid del asunto y que la JEP ha decidido resolver a favor de las víctimas.

Seguramente este pulso seguirá poniendo en vilo los alcances de la justicia transicional en el largo plazo y, en lo inmediato, servirá como un antecedente en los procesos de la Paz Total. Procesos de diálogo que más temprano que tarde deberán llegar al “espinoso” tema de la justicia transicional.

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