La oposición irracional, retardataria y perversa, de la extrema derecha, al mando del uribismo y de los gremios económicos y tradicionales dueños y usufructuarios del poder económico-político, son los enemigos de las Reformas Socioeconómicas y la justicia social. El dominio del poder político-económico, por más de 200 años, les impide reconocer derechos sociales básicos, de los ciudadanos y esa la causa de evitar a toda costa, el desarrollo socioeconómico nacional.
La decisión y acciones de oposición al desarrollo nacional, responde al convencimiento de que el contenido de las Reformas Socioeconómicas e Institucionales, del nuevo gobierno, les reducen las prebendas que les garantiza el dominio del poder público.
El actual gobierno, debe ser absolutamente consciente de la peligrosidad de esa oposición y de los desafíos que debe asumir y pragmático para tomar prontas, profundas y radicales decisiones al respecto.
Es inocultable que durante dos siglos de poder político y económico, ejercido por la derecha y extrema derecha y de cogobierno con los gremios económicos, financieros, industriales y terratenientes, lo único que se cimentó, prosperó y prevalece en Colombia es la inequidad socioeconómica, la pobreza, la desigualdad, la corrupción, la concentración de la riqueza y el capital, la criminalidad, la impunidad y el subdesarrollo socioeconómico, cultural, académico y científico.
Sin profundas, radicales e integrales reformas de toda la normatividad institucional vigente, incluidas drásticas normas legales y procedimentales, para contener y erradicar la corrupción, la criminalidad y el colapso ético y moral del poder, erradicar la politiquería, el clientelismos y la impunidad, en todos los niveles de la administración pública colombiana, es imposible la reconstrucción integral nacional que requiere Colombia.
Ante la irracional y perversa oposición de la extrema derecha, representada en el Congreso por el diabólico uribismo, enemigos confesos del desarrollo nacional y de la equidad socioeconómica, el gobierno del Sr. Petro, debe recurrir a las mayorías nacionales, al pueblo en general que requieren esas reformas, para que el pueblo, como Constituyente Primario, utilice los recursos constitucionales, consagrados en la Constitución de 1991 y de esa manera, el Constituyente Primario, logre la aprobación de las inaplazables, Reformas Socioeconómicas que el Congreso, obstinada e irracionalmente, boicotea y niega su aprobación.
Con fundamento en las anteriores consideraciones, el actual gobierno y organizaciones sociales, pueden y deben lograr la aprobación de las Reformas Socioeconómicas e Institucionales, mediante la aplicación del ordenamiento legal para la Participación Ciudadana, como el Referendo y la participación masiva del Constituyente Primario.
De acuerdo con lo que esta demostrando el Congreso y la posición de los Gremios Económicos, industriales y Financieros, es el único recurso legal con el que se puede lograr que la Reformas presentadas por el actual gobierno, se conviertan en políticas de Estado y que el mismo Constituyente Primario, determine el contenido y alcance de esas reformas.
A través de esos recursos legales, es ampliamente posible, lograr la aprobación de todas las Reformas que requiere el desarrollo nacional y la reconstrucción de la nación colombiana, si el Congreso impide y niega su aprobación.
Las reformas, socioeconómicas, presentadas y las anunciadas por el gobierno presente, son imperativos morales y sociales e imprescindibles para garantizar el cumplimiento de las obligaciones y deberes sociales y políticos del Estado.
El análisis crítico, de la lamentable y caótica situación general de la nación, indican que, son imprescindibles e inaplazables, entre otras, las siguientes Reformas:
- -Reforma Salarial y Pensional, en un solo Referendo, pero más a fondo.
2. -Reforma al Sistema Nacional de Salud. De más alcances y más precisiones.
3. -Reforma al sistema nacional Académico-Educativo. Integral y constructivo.
4. -Refrorma Integral al Sistema Nacional de Contratación Pública. Es la vera rota del fisco, nacional, departamental y municipal.
5. -Reforma integral al Sistema Judicial. Es piedra angular contra la corrupción, la mediocridad y la politiquería, que se tomaron esa Rama del Poder Público.
La Reforma Pensional y Laboral es piedra angular de Reforma Socioeconómica y mensaje específico a las llamadas Altas Cortes, hoy al servicio de las élites.
El constituyente primario, en la Reforma Pensional y Laboral, mediante el uso de recursos constitucionales, debe ordenar que:
1.1. -Establecer que, en Colombia, en el sector público, a partir de la aprobación del Referendo, por concepto de salario y complementarios, ninguna entidad pública o mixta, puede pagar a trabajador o prestador de servicios, por concepto de salarios y complementarios, 10 salarios mínimos mensuales.
1.2 -Ordenar que en Colombia, en el sector público Oficial, a partir de la aprobación del Referendo, a nadie pueden pagar más de 8 salarios mínimos mensuales, por concepto de pensión y complementarios y en todos los casos, la liquidación de pensión tiene que hacerse con base en el salario básico mensual, únicamente.
1.3 -Ordenar que todo colombiano en estado de invalidez económica y/o abandono familiar, a partir de los 65 años, tiene derecho a recibir del Estado, una pensión mensual permanente de medio salario mínimo mensual, sin derecho a sucesión pensional.
1.4. -Ordenar que el Salario Mínimo, a partir del primero de enero de 2023, se tiene que incrementar porcentualmente, en partes iguales, durante los cuatro años siguientes, a la declaratoria de vigencia, del presente ordenamiento del Constituyente Primario, hasta alcanzar el valor de la Canasta Básica Familiar Oficial. Del cuarto año de vigencia del presente ordenamiento y a partir de ese monto, el salario mínimo tiene que incrementarse anualmente, en igual porcentaje al del crecimiento de la Canasta Básica Familiar Oficial, de cada año.
1.5.- Ordenar que el ingreso a la función pública, como funcionario del estado de nómina o por contrato de servicios, siempre corresponda a selección por concurso público de conocimientos y que para poder concursar, debe demostrar que su formación académica es directamente afín con las funciones que debe desarrollar o ejercer, en el cargo para el cual concursa. Siempre debe seleccionarse, estrictamente en orden descendente.
1.6.- La selección de funcionarios de libre nombramiento y remoción, como ministros, jefes de dependencia y similares, en lo nacional, departamental y municipal, tiene que hacerse siempre acatando el criterio de que el candidato y/o seleccionado, debe demostrar que su formación académica tiene que ser directamente afín con las funciones del cargo para el cual es nombrado.
1.7.- Todo lo ordenado en las precedentes decisiones aprobadas, solo pueden derogarse o modificarse mediante consulta directa, al constituyente primario.
Todo ciudadano con sentido de responsabilidad social y honestidad, debe reconocer y entender que el presidente Petro dispone de vocación de servicio humanitario y afinidad humanística. Que como humano, comete errores, pero los objetivos que trata de lograr, son estrictamente humanitarios, que buscan mejorar las condiciones socioeconómicas de las mayorías, desplazadas de las oportunidades y derechos sociales.