Más de 645.495 contratos se habían firmado hasta marzo de este año desde que entró en vigencia la Ley de Garantías, que el presidente Duque logró modificar en el Congreso para darle vía libre a los contratos interadministrativos. "Se dispara la contratación de manera inimaginable. Es un mil por ciento antes, lo que se dispara antes de Ley de Garantías, y se forma un cuello de botella gigantesco en las entidades y ahí se puede ir mucha cosita”, advirtió en su momento el contralor Carlos Felipe Córdoba.
Esa modificación le permitía a los alcaldes y gobernadores suscribir convenios interadministrativos durante los cuatro meses anteriores a la elección presidencial, pero llegó el palo en la rueda a la feria de contratos. Con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, la misma que en su momento fue la única en dar el Sí a favor de la Ley para la despenalización del aborto en las primeras rondas de discuciones, la corte le llamó la atención al Congreso y le dio efectos retroactivos a su decisión a partir de la expedición de la ley por lo que, al no existir el fundamento legal, los convenios interadministrativos que se suscribieron mientras esta reforma estuvo vigente, deben ser liquidados.
En total eran 52 billones de pesos los que estaban en la lupa de la Contraloría y en especial en los contratos de convenios interadministrativos, que son los que más se utilizan a nivel estatal para saltarse la ley 80 que vigila la contratación en el país. A la contratación le metieron el acelerador justo antes de que entrara a regir la ley y casos como Antioquia, donde se entregaron 1.1 billones en 972 contratos, de los cuales 616.000 millones se le dieron de forma directa a un solo contratista, eran prioridad para la Contraloría.
La demanda la presentó el representante a la cámara de Cambio Radical José Daniel López y el senador electo David Luna. La votación fue casi unánime: 8-1 . El único que se opuso fue el magistrado Antonio José Lizarazo por no estar de acuerdo con los efectos retroactivos de la decisión. La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó "que se configuró una violación flagrante de la reserva de ley estatutaria".
La misma procuradora Margarita Cabello aseguró que no se podría haber hecho esa modificación: “Debido a la especial fuerza que caracteriza a las normas estatutarias (como lo es la Ley de Garantías Electorales), no es posible constitucionalmente su modificación por medio de una disposición contenida en una ley anual de presupuesto”.
Antes de que el Congreso modificara la Ley de Garantías se había advertido que ese era el mecanismo para evitar que los contratos determinaran las votaciones en elecciones legislativas y presidenciales, pero nada fue posible hacer y la plata alcanzó a correr a raudales en las regiones.