Ley de Habeas Data

Ley de Habeas Data

Por: Farit Alberto Chamat García
junio 20, 2013
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Definitivamente, cuando el Maestro Darío Echandía Olaya, llamado también la "conciencia jurídica de la nación¨, sentenció: ¨este es un país de cafres¨, pareciera que vislumbrara las más absurdas situaciones, con tendencia a desquiciarlo, a las que desprevenidamente se podría ver abocado cualquier compatriota, por muy precavido y cauteloso que éste fuera.

Un sinnúmero de leyes que se fraguan, a veces a marchas forzadas, en el Congreso y que salen a la luz pública para su implementación inmediata, parece que solamente sirven para engrosar la cifra de normas que regulan los derechos y deberes de los colombianos y para adornar algunos anaqueles, pues por su efectiva y rigurosa aplicación, muy poco o casi nada se hace, excepto los singulares y esporádicos esfuerzos de quienes, por error, aparecen involucrados en algún embrollo fantasioso, originado en una fraudulenta utilización de su información reservada.

De esta manera, es ahora rutinario, que cualquier ciudadano desprovisto de mecanismos inmediatos que le sirvan de garantes a los derechos al debido proceso y al buen nombre, otorgados por la Constitución, sea sometido al avasallamiento de automatizadas empresas de bases de datos, por lo general particulares. Tales entidades, no obstante de que hay preceptos vigentes sobre el tema, hacen de las suyas y como si ellas y sus fuentes de información fueran poseedoras de una irrefutable verdad, usurpando los papeles de Fiscal y Juez, terminan imponiendo sus malignas determinaciones desde su posición ventajosa, en contra de su víctima, que ingenuamente se consideraba usuario.

Lo que aquí se viene exponiendo, surge a raíz de una errada interpretación que entidades particulares de telefonía celular o fija, de televisión por cable o satelital y de manejo de bases de datos con fines financieros y crediticios, hacen de las normas que les atañen, cuyos intríngulis parecen ser desconocidos por invisibles funcionarios que a través de teléfono o de comunicación por internet, o ¨chat¨, supuestamente cumplen tareas de asesoría a los suscriptores, cuando lo que hacen, a veces, es realmente enredar o confundir más al reclamante, con unas respuestas y sugerencias prefabricadas.
La bien intencionada Ley de Habeas Data, busca entre otras cosas, meter en cintura a las siguientes entidades: 1) de información económica personal de millones de colombianos, 2) bancarias, 3) telefónicas, 4) de televisión y 5) de servicios públicos. Las cuatro últimas son la fuente de información que nutre a las primeras, para generar un perfil crediticio de quien se vea en la necesidad de acudir a una de esas redes que lo copan todo en este país.
Pero como las leyes por sí solas no son ni buenas ni malas, sino que todo depende de su aplicación correcta o incorrecta, resulta, en el caso aquí comentado, que quienes están arriba, desde su posición dominante, manejan a su antojo a los que están sometidos a su subordinación, que son todos sus usuarios, y de esta manera, sin hacer ningún tipo de indagación rigurosa con los simples dígitos de la cédula de ciudadanía, van a la ¨topa tolondra¨ abriendo suscripciones e instalando servicios por toda la geografía nacional a donde llegan sus excelentes, buenos, regulares, malos o pésimos servicios a unos costos y con unas restricciones insólitas. Todo esto, con la máxima laxitud en la exigencia de documentos de identificación y con el absoluto desconocimiento de su víctima.

Se puede estar o no de acuerdo con los plausibles propósitos de las Leyes 1266 de 2008 o de Habeas Data y 1581 de 2012, que tienen que ver con el manejo y la protección de los datos personales, pero de una u otra forma hay que cumplirlas. En este sentido, es imperativo que las entidades estatales de control y, en especial, la Rama Judicial estén vigilantes ante los frecuentes y crecientes abusos a muchos suscriptores, quienes en su posición desventajosa, son apabullados por las determinaciones unilaterales de esos pulpos de: a) las comunicaciones, b) la banca, y c) las centrales de información financiera.
Aquí, nadie puede decir: ¨de esta agua no beberé¨, porque cuando menos se piensa, salta la liebre y le aparece un servicio y cobro falaz, bien sea en La Guajira o por qué no, en el Amazonas. Al fin y al cabo, en las entidades prestadoras de servicios públicos o privados, existen montones de fotocopias de otras fotocopias de cédulas de ciudadanía, con las que, así no sean autenticadas ante Notario, basta para que las usen y reutilicen abriendo cuentas aquí, allá, y tal vez hasta en Cafarnaúm. Vaya usted a saber.

Para concluir, frente a lo aquí expuesto, algo tendrá que hacer la sociedad en general y los usuarios de esos servicios en particular, para que el mal no siga agrandándose y que a la postre no sean unos pocos, sino ya una miríada, los afectados por razones ficticias. Es tiempo pues, de que el Estado evalúe de qué manera esas mega-empresas están manejando la delicada información que atañe a la vida personal y financiera de cada uno. No está por demás, cuestionar, por otra parte, la desfachatez e indolencia con que actúan algunas de las empresas que monopolizan este campo, pues sus procederes lindan con el irrespeto hacia los usuarios, quienes tienen que verse sometidos a sus absurdos tejemanejes. Tocará entonces, confiar en las Instituciones pertinentes, para que el ciudadano de a pie no sea sometido al vilipendio que, en no pocas ocasiones, recibe de los que tienen la ¨sartén por el mango¨ en estos campos tan sensibles en la cotidianidad de todos.

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