Hace algunos días se hizo viral en redes sociales un video que causó mucha indignación. El hecho ocurrió en el Aeropuerto Internacional El Dorado, donde una agente de tránsito inmovilizó una moto. Todo esto pues la autoridad considero que su moto tenía un "cambio de color". Esto debido a algunos stickers que el conductor había pegado a los costados de su moto. La agente aseguraba que la tarjeta de tránsito decía dos colores y la moto tenía otros más que no habrían sido reportados. Evidentemente el caso causó mucha polémica y muchos discuten que la mujer estaba equivocada y no era legal lo que había hecho.
¡Hoy, en personitas despreciables!pic.twitter.com/ZTxcnhMtHV
— Javier Mejía (@Perroacuadros) October 25, 2023
Ante la controversia, es necesario acudir a la ley para poder saber que dice esta. En este caso debemos dirigirnos al Código Nacional de Transito Terrestre. Si nos dirigimos al artículo 131, nos encontraremos con el numeral B07. Este dice que "No informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o color de un vehículo. En ambos casos, el vehículo será inmovilizado". Viendo esto, muchos podrían asegurar que el color del vehículo no fue modificado. Sin embargo, aquí entra el primer problema respecto a la norma. Y es que, debido a que es un código "viejo", la norma es ambigua.
Es en estos casos donde los agentes de tránsito podrían sacar ventaja para imponer la respectiva sanción. Un creador de contenido inmerso en este mundo, explicó de manera más concreta el tema. Incluso, llegó a comentar de qué manera se pueden llegar a evitar inmovilizaciones en este tipo de caso. Se trata del Señor Bitter. Según comentó, hay infracciones que no son subsanables, mientras que hay otras que sí. Este caso es una infracción subsanable pues el conductor podía quitar las calcomanías y así evitar la inmovilización. Sin embargo, los vacíos legales seguirán siendo un problema y situaciones similares se seguirán presentando.
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