En una reunión la semana pasada con los congresistas de la Comisiones Segundas, para exponer el articulado de la Fuerza Pública en el Proyecto de Ley del Plan Nacional de Desarrollo, el ministro de Defensa Iván Velázquez aseguró por segunda vez que no es prioridad del Gobierno Nacional trasladar de Ministerio a la Policía -lo reveló el año pasado en la Comisión II, ante una pronunciamiento del Senador José Vicente Carreño en contra de esa iniciativa- lo que de alguna manera se confirma en un no tan claro Artículo 50 del entrante Plan de Desarrollo.
Este Artículo delega al Gobierno Nacional –en cabeza de los Ministerios de Defensa y de Justicia- promover “una nueva arquitectura institucional de la Policía Nacional”, pero más adelante se refiere a la “revisión” de “su traslado a un ministerio que garantice el fortalecimiento de su carácter civil”, lo que en otras palabras significa que en este Plan no se ordena el traslado del Ministerio, sino simplemente una “revisión” de esta posibilidad, aunque de todos modos esa “nueva arquitectura” y “revisión” necesita del trámite y aprobación de un proyecto de ley, o dado caso que el Congreso le entregue facultades al Ejecutivo para transformar la naturaleza jurídica de la Policía.
Esa posibilidad estaría dentro de las facultades que entrega el Plan de Desarrollo al Presidente Petro, cuando en el Artículo 150, le delega “crear, escindir, fusionar, suprimir, integrar, o modificar la naturaleza jurídica, de entidades de la rama ejecutiva”, lo que impediría una discusión incluyente y participativa de todos los sectores, sin la intervención del Congreso –afectando la separación de poderes- y sujeta a la concepción unilateral del Gobierno, desconociendo propuestas como la del Senador José Vicente Carreño, en el sentido de adicionar al Ministerio de Defensa Nacional el término “y de Seguridad Pública”, lo que adecuaría este Ministerio a las necesidades de la “convivencia ciudadana”, impidiendo que se traslade la Policía a otro Ministerio, manteniendo esa tradición jurídica, administrativa y operativa de esta institución, que es reconocida y consultada por el resto del mundo.
Los demás artículos de la Fuerza Pública no contienen ninguna reforma sustancial, y se reduce a medidas como incrementar del 3 al 4 por ciento de la nómina anual para el subsidio de vivienda, delegar funciones de tránsito a la Policía en zonas donde las autoridades territoriales no tienen cobertura, y entregar subvenciones para mejorar el servicio de SATENA, “en las regiones de difícil acceso y conectividad”, a lo que Carreño propone que esta subvención permita tarifas económicas de los tiquetes aéreos, y que no sobrepasen el promedio de las tarifas comerciales.
En esta reunión con el Ministro Velázquez, nueve congresistas respaldaron y suscribieron una proposición del Senador Carreño -incluido el Presidente de la Cámara David Racero- para que en un plazo no mayor a tres meses de expedido el Plan Nacional de Desarrollo, el Gobierno Nacional radique “un proyecto de ley para sensibilizar, prevenir y contrarrestar el acoso laboral en las Fuerzas Militares y de Policía Nacional, que salvaguarde la integridad física, mental y emocional de sus miembros”, que fue concertada el año pasado con una Mesa de Trabajo de Mujeres reservistas, quienes explicaron que el acoso laboral tiene condiciones diferenciales y específicas en la Fuerza Pública.
Coletilla: Esta semana, una delegación de la Federación de Asociaciones de Pensionados y Jubilados de la Fuerza Pública (FERPOL), expone en el Ministerio de Defensa y el Congreso de la República, una proposición de artículo nuevo para el Plan Nacional de Desarrollo, que busca superar el actual déficit de salud en la Fuerza Pública, que consiste en crear un Fondo de Solidaridad Económica del Ministerio de Defensa, en donde se cubre las UPC que no alcanza a cubrir las contribuciones parafiscales del empleador y el empleado.
(Foto: Este Columnista explicando al ministro de Defensa Iván Velázquez, el pliego de modificaciones del Senador Carreño al Plan de Desarrollo, incluido elevar a “subsidio” la bonificación para la asistencia familiar del Nivel Ejecutivo y Patrulleros de Policía en servicio activo, que sea igualmente reconocido como factor salarial, y en consecuencia como variable para liquidar la pensión).
*** Asesor Legislativo – Escritor.