Las razones que explican por qué las corridas de toros no se acabarán en Colombia

Las razones que explican por qué las corridas de toros no se acabarán en Colombia

Porque muchos desconocen las leyes a profundidad, omiten que la ley aprobada, cuando sea demandada, no pasará el examen jurídico...

Por: leonardo medina patiño
junio 18, 2024
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Las razones que explican por qué las corridas de toros no se acabarán en Colombia

Con alegría desmedida, se observaba a los animalistas festejar la aprobación del proyecto de ley que prohibirá las corridas de toros en Colombia. Proyecto de ley que aún no ha entrado en vigor, dado que falta conciliación de textos y sanción presidencial, que seguro se dará en pocas semanas.

Sin embargo, y tal vez por la enceguecida animadversión que les invade contra un rito que desconocen a profundidad, omiten que la ley aprobada, cuando sea demandada, no pasará el examen jurídico que debe realizar la corte constitucional, conforme a los dictados del código fundamental de 1991.

Aquí dejo algunas líneas gruesas que asoman, a simple vista, de las carencias de respeto a la norma superior que trae la nueva ley y que podrán ser objeto de examen constitucional para declararla inexequible. Veamos: además de desconocer el precedente jurisprudencial de la corte constitucional, que ha sido respetuosa de la fiesta brava, reconociendo el arraigo que hay en la cultura nuestra, del patrimonio, que son parte de los rasgos distintivos de la colombianidad, hay una serie de desbordamientos de límites de facultades del legislativo, que son incluso causa de reproche disciplinario.

La nueva ley desconoce protuberantemente lo que es el patrimonio inmaterial de la Nación, aforado constitucionalmente en el articulo 72 del código fundamental de 1991, que consagra que al Estado le corresponde su protección; así las cosas, el órgano legislativo omitió ese deber constitucional al querer eliminar del marco jurídico una fiesta protegida por la constitución y la ley, en especial en Manizales, por la ley 1025 de 2006, que “declara como patrimonio cultural de la Nación a la Feria de Manizales y a la Feria Taurina de Manizales, en el departamento de Caldas…”

Así que, es una antinomia jurídica legislar en contra de una norma que ha brindado un aforo patrimonial a un rito cultural como son las corridas de toros en Manizales. Por lo tanto, si la nueva ley, que como todas las leyes tienen efecto “erga omnes”, es decir, aplica para todos, no puede tener excepciones o zonas territoriales en el país donde no aplique. Sobre este particular, ya la corte constitucional tiene copiosa jurisprudencia.

Además, y ya lo ha dicho la corte constitucional en repetidas decisiones judiciales, no se puede vulnerar la escogencia de profesión u oficio y, si en nuestro país plural, libre -que tanto pregona el actual gobierno nacional -, un joven desea ser torero porque le nace de sus entrañas, porque es su motivante humano más especial para su desarrollo de la personalidad, el Estado no puede prohibirle a través de una ley su libre escogencia de oficio, todo porque un puñado de los llamados “animalistas” no quieren aceptar que las corridas de toros no solo son las tardes soleadas o de lluvias en un albero, donde toro y torero “se enfrentan en fiera lid”, como dice la canción de Guayacán orquesta, titulada “torero”, sino que es toda una liturgia que hace parte de la cultura nuestra, iberoamericana incluso, que bien ha sido interpretada por el arte, la música, la pintura, la literatura.

Finalmente, si me asalta con vehemencia y dolor un interrogante: ¿dónde están los llamados animalistas en la protección de monos del Amazonas, que son utilizados en experimentación sin las normas mínimas de investigación y protección animal como lo ha denunciado el periodista Santiago Cruz, en su columna dominical del 9 de junio? Aquí el enlace de la columna:

https://www.elpais.com.co/opinion/columnistas/patarroyo-se-extinguen-los-monos-0816.html
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