El artículo 125 de la Constitución Política de Colombia señala que, con excepción de los cargos de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley, los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera y que los funcionarios cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley serán nombrados por concurso público.
En desarrollo de estos principios constitucionales el artículo 105 de la ley 115 de 1994 o Ley General de Educación dice que “Únicamente podrán ser nombrados como educadores o funcionarios administrativos de la educación estatal, dentro de la planta de personal, quienes previo concurso, hayan sido seleccionados y acrediten los requisitos legales”.
Posteriormente, el artículo 7° del decreto 1278 de 2002 estableció que “para ingresar al servicio educativo estatal se requiere acreditar título de licenciado o profesional expedido por una institución de educación superior debidamente reconocida por el Estado o título de normalista superior y, en ambos casos, superar el concurso de méritos que se cite para tal fin, debiendo ejercer la docencia en el nivel educativo y en el área de conocimiento de su formación”.
A partir del año 2004, cumpliendo el mandato constitucional, se promulgó la Comisión Nacional del Servicio Civil como encargada de la administración y vigilancia de la carrera administrativa, que tiene dentro de sus funciones la convocatoria de los procesos de selección de las personas que habrán de ocupar los cargos disponibles en los órganos y entidades del Estado.
Para el caso del magisterio, desde el año 2016, es decir desde hace seis años, no se había hecho una convocatoria a concurso para llenar vacantes de docentes y directivos docentes.
Después de varios aplazamientos, finalmente en el mes de mayo de este año la CNSC concretó el llamado a concursar para ocupar algo más de 37 mil plazas de docentes y directivos docentes de todas las entidades territoriales del país; nos presentamos más de 400 mil aspirantes (las plazas vacantes suman menos del 10% del total de aspirantes a llenarlas, una muestra palpable de la dura situación que se presenta en materia de empleo, sólo en el sector educativo) y la prueba escrita se llevó a cabo el día 25 de septiembre.
A partir del 3 de noviembre pudimos conocer los resultados de la prueba escrita, que tiene carácter eliminatorio, es decir, que quienes logramos superarla seguimos en el proceso del concurso docente, hasta agotar las restantes etapas, que tienen carácter clasificatorio y determinan entonces el orden en que deberán ser nombrados los docentes en las plazas vacantes y establecen las listas de elegibles que serán conformadas por quienes no lograron clasificar para una vacante en forma inmediata pero tienen la oportunidad de acceder a las vacantes que se presenten a lo largo de los siguientes dos años luego de conformadas tales listas.
Las etapas posteriores a los resultados de la prueba escrita suelen ser un prolongado proceso que se inicia con las reclamaciones de quienes se declaren insatisfechos con los resultados; el tiempo de una semana para presentar por escrito esas reclamaciones terminó recientemente y quienes las presentaron están a la espera de ser convocados para hacer la revisión física de sus pruebas y concretar las respuestas sobre cuya calificación piden modificación.
Concluida esta etapa y publicados los resultados definitivos de la prueba, se inicia la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para ocupar las plazas vacantes; en esta etapa pueden perder su aprobación aquellos aspirantes que no hayan allegado en el período de inscripción un título que corresponda a los que la convocatoria estableció para la plaza a la que están aspirando, o si en la verificación se evidencia que el título presentado es falso o fue expedido por una institución educativa no acreditada legalmente.
La lista de aspirantes que quede al final de esta etapa será entonces definitiva y restarán dos etapas clasificatorias: la de valoración de antecedentes, que incluye los títulos académicos, cursos realizados y experiencia que otorgan unos puntajes para efectos clasificatorios y la entrevista, que se aplicará solamente a los empleos clasificados como no rurales.
Al finalizar cada una de estas etapas, tanto la verificación de requisitos, como la valoración de antecedentes y la entrevista, se publicarán las listas clasificatorias que de ellas resulten; quienes no se encuentren satisfechos con los puntajes obtenidos en estas etapas pueden presentar reclamaciones dentro de los cinco días siguientes a la publicación de los resultados correspondientes.
Después de concluidas todas las etapas y sus respectivos periodos de reclamaciones y de respuesta a éstas, se publicarán los resultados de la clasificación definitiva de la lista de aspirantes elegibles, de las cuales deberán salir, en riguroso orden, los nombramientos para las plazas vacantes, que de acuerdo con el decreto 1278 de 2002 se harán para un periodo de prueba al final del cual se realizará una evaluación para determinar si el docente en prueba puede ser nombrado en propiedad.
Este es un proceso que no tiene marcha atrás y sobre el cual no tiene jurisdicción ni facultad legal alguna para modificarlo ninguna autoridad administrativa del orden nacional o regional, ni siquiera el presidente de la república, mucho menos el ministro de educación, por cuanto la Comisión Nacional del Servicio Civil es “un organismo autónomo de carácter permanente del nivel nacional, independiente de las ramas y órganos del poder público, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio”.
Hechas estas consideraciones es importante advertir que desde los despachos del ministro y el viceministro de educación se han venido haciendo propuestas y afirmaciones relacionadas con la carrera docente que van definitivamente en contravía de las normas que hemos resumido en forma sumaria en este escrito.
El ministro Alejandro Gaviria ha propuesto, por ejemplo, convocar estudiantes universitarios para que asuman en forma “voluntaria” las plazas de docentes, algo que no sólo está completamente por fuera de las normas mencionadas, sino que arrasa con claros derechos de la profesión y el ejercicio de la docencia en Colombia.
Pero además viene insistiendo en que la matricula está cayendo porque supuestamente hay una disminución en la población en edad escolar y lo usa como argumento para justificar la reducción de plazas docentes, el cierre de las vacantes en la plataforma Sistema Maestro, el despido de maestros provisionales y la imposición de los programas de Escuela Nueva y Post-primaria en zonas urbanas; esto conspira contra el concurso porque con ese argumento peregrino pueden intentar disminuir las plazas que fueron ofertadas.
Y el viceministro ha dicho que se debe discutir la expedición de un nuevo estatuto docente reuniendo a un grupo de expertos en el tema, con lo cual desconoce por completo los acuerdos que Fecode logró con dos gobiernos anteriores en el sentido de realizar un proceso de negociación del estatuto docente único en una instancia tripartita integrada por Gobierno, Congreso y Fecode.
Para muchos aspirantes que obtuvieron resultados aprobatorios y en particular para quienes desde su condición de docentes en ejercicio, como provisionales o en propiedad, participaron en este concurso docente de 2022, ha resultado muy extraño que la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación no se haya pronunciado en defensa del derecho que adquirieron por haber pasado satisfactoriamente la prueba escrita, en un proceso que se ha desarrollado en concordancia con normas constitucionales y legales.
Sirva este escrito para hacer un llamado a todos los aspirantes que obtuvieron resultados aprobatorios de la prueba escrita y continúan en el proceso de selección para optar a un empleo docente o directivo docente en el sector estatal, a que nos unamos en el propósito de defender el actual concurso docente y que iniciemos una campaña encaminada a no permitir que ninguna de las plazas reportadas como vacantes definitivas desaparezca de la oferta ni tampoco las que se presenten durante los dos años de vigencia que tendrán las listas de docentes elegibles que resulten de este proceso.
Para absolver dudas en relación con las etapas que siguen y para organizarnos en defensa de nuestro derecho adquirido en el proceso de selección, realizaremos una reunión virtual el próximo jueves 24 de noviembre a partir de las 7 p. m. vía Zoom, a la cual se podrá acceder, previa inscripción, a través del siguiente vínculo
📲 Unirse a la reunión Zoom
https://us02web.zoom.us/j/89827799713?pwd=a1JTclBiNStzUDZZRERWai9od3huZz09
📅 24 noviembre 2022
🕰️ 07:00 pm