El sistema integrado de transporte público de Bogotá es un lugar que recibe a miles de ciudadanos diariamente y ya es normal que allí sucedan todo tipo de cosas. Desde personas que se suben a cantar, a vender comida, a pedir dinero o robar a los demás usuarios. Pero hay algo que llama bastante la atención, aquellos que llevan grandes objetos para trastearlos, como sillas, televisores, colchones, entre otros. Nadie sabe que esta conducta está incluida dentro de las multas en Transmilenio.
A través de redes sociales la empresa Transmilenio subió fotos de algunas personas con sus trasteos en las estaciones o articulados “Los has visto? ¿Crees que esto es correcto? Deja tu exceso de carga. La carga que llevas hace la diferencia. #TransMi”, es lo que dicen en su campaña. Incluso retratan la historia de ‘Juan Carga Masa’ un usuario que es multado por el exceso de carga que lleva en su viaje.
La Ley 1801 de 29 de julio de 2016 expuesta en el Código Nacional de Policía y Convivencia en su artículo III enfatiza los comportamientos y medidas correctivas para los usuarios que incurran en diferentes comportamientos inadecuados. “Multa tipo 2- 8 salarios mínimos diarios legales vigentes a quien obstaculice o impida la movilidad o el flujo de usuarios en el Sistema”, indica el Artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia.
Es decir, que si usted comete esta infracción y lo descubre la policía, le pueden hacer una multa de aproximadamente $618.666 pesos.
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